Zusammenfassung der Ressource
Régimen laboral.
- Se divide en
- INDIVIDUAL
- Regula la relaciones
entre el empleador y el
trabajador
- Colectiva
- Regula las relaciones entre
el empleador y las
asociaciones ya sean
sindicales o no
- El contrato
- Es el acuerdo por el cual una persona
se compromete a prestar
determinados servicios personales a
otra (natural o jurídica)
- Tipos de
contrato
- A termino
fijo
- No mayor a tres
años, se puede
prolongar si las
partes están de
acuerdo
- Por duración
de la obra
- Su duración es
proporcional a la
duración de dicha
labor.
- Transitorio
- No mayor de
un (1) mes.
- Término
indefinido
- No se determina
una duración
definida
- trabajadores extranjeros
- Le serán aplicables todas las normas
vigentes, y en particular las laborales, de
seguridad social y tributarias.
- Aprendizaje
- Una persona natural recibe formación teórica en
una entidad de formación autorizada
- Servicios temporales
- Son entidades que terceros pueden contratar para que
les suministren un personal de manera temporal
- Periodo de prueba
- El periodo de prueba no puede
exceder los dos (2) meses.
Corresponde a la etapa inicial del
contrato de trabajo
- El empleador puede
apreciar las capacidades
del trabajador
- El trabajador puede
evaluar las condiciones de
trabajo.
- Jornada Laboral
- No puede exceder el máximo legal de
cuarenta y ocho (48) horas
semanales
- La jornada diurna cubre un periodo
entre 6:00 a.m. y 10:00 p.m. El resto
se entiende jornada nocturna.
- El trabajo por fuera de la jornada
ordinaria se deberá pagar como
trabajo suplementario u horas
extras.
- la jornada laboral flexible
corresponde a un acuerdo
entre el trabajador y el
empleador 36 horas
- Descansos
Obligatorios
- Descanso remunerado
en domingos y festivos
- Si el trabajador labora en domingo de
manera ocasional, se le deberá pagar el
salario con un recargo adicional del 75%
sobre el valor por hora.
- Si lo hace de forma periódica, se le deberá
conceder adicionalmente un día de descanso
remunerado por semana.
- Vacaciones anuales
remuneradas
- Le corresponde a todo trabajador, sin excepción,
gozar de quince (15) días hábiles de vacaciones
remuneradas, por cada año de trabajo.
- Remuneracion
- Es la compensación que recibe el trabajador a
cambio de la prestación de sus servicios personales
- El salario mínimo se encuentra
estimado es de $689.454
- Auxilio de transporte
$77.700
- Ordinario
- Remunera el
trabajo ordinario
- Integral
- El valor de prestaciones sociales, recargos y demás
beneficios laborales, excepto las vacaciones
- Prestaciones
sociales
- Deben ser pagadas por parte del
empleador a todos sus trabajadores que
devengan un salario ordinario
- Auxilio de
cesantias
- Anual
- Intereses de
cesantias
- Anual
- Prima de
servicios
- Semestral
- Auxilio de
transporte
- Mensual
- Indemnizaciones
- Pagos que se derivan de
cualquier incumplimiento
por parte del empleador
- Termino fijo
- Equivalente al tiempo
faltante del término
acordado
- Duración de
la obra
- Equivalente al tiempo faltante para la
terminación de dicha obra, con un mínimo
de quince (15) días.
- Termino
indefinido
- Si el trabajador tiene menos de un (1)
año de servicio continuo, se le pagarán
treinta (30) días de salario
- Si el trabajador tiene menos de un (1) año
de trabajo de servicio continuo, se le
pagarán veinte (20) días de salario
- Aportes al sistema de
seguridad social
- Aporte al Sistema General de
Pensiones.
- 16% del salario mensual del trabajador, de
los cuales el empleador paga un 12% y el
trabajador el restante 4%
- Aporte al Sistema
de Seguridad
Social en Salud.
- 12,5% del salario mensual del trabajador,
de los cuales el empleador paga el 8,5% y el
trabajador el restante 4%.
- Aporte al Sistema de
Riesgos Laborales
- El porcentaje corresponde entre un
0,348% y 8,7% de acuerdo con el
nivel de riesgo de la compañía.
- Aportes Parafiscales
- Son pagos que deben
efectuar los empleadores
que ocupen más de un
trabajador
- ICBF
- 3% de la nómina
mensual de salarios.
- SENA
- 2% de la nómina
mensual de salarios
- Cajas de
compensación
familiar
- 4% de la nómina
mensual de salarios.
- Licencias
- Maternidad
- 14 semanas
- Paternidad
- 8 semanas
- Luto
- 5 días hábiles
- Reglamento
- Trabajo
- Higiene
- Acoso laboral