Zusammenfassung der Ressource
Tema 3 -
Parte 3
- C.E. define a los Estatutos de Autonomía como la norma institucional básica de cada CC.AA., en el que el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su Ordenamiento Jurídico
- TITULO PRELIMINAR (1-11)
- Art. 1. Andalucía como nacionalidad
histórica, valores del Estatuto y poderes
- unidad conforme al art. 2 de C.E.
- valores
- libertad
- justicia
- igualdad
- pluralismo político
- igualdad + solidaridad con todas CC.AA.
- los poderes
emanan de:
- C.E.
- pueblo andaluz
- Art. 2.
Territorio
- 8 provincias
- Disposición adicional 1ª: Gibraltar -->"la ampliación de la CC.AA. a territorios históricos no integrados en otra CC.AA. se resolverá por las Cortes, previo
acuerdo de las partes interesadas y sin que suponga reforma del presente Estatuto, una vez que los territorios hayan vuelto a la soberanía española"
- Art. 3. Símbolos
- bandera de Andalucía: aprobada en Asamblea de Ronda 1918
- escudo: aprobado por Ley de su Parlamento. Leyenda "Andalucía por sí, para España y la Humanidad". Acuerdo de Asamblea de Ronda 1918
- himno: aprobado por Ley - Parlamento. De acuerdo con publicación de la Junta Liberalista de Andalucía 1933
- Ley 3/1982, de 21 de diciembre: aprobación de Escudo e Himno
- Día de Andalucía, 28 de febrero
- Protección: la misma que corresponde a los símbolos del Estado
- Art. 4. Capitalidad y
sedes
- Capital: Sevilla
- sede del Parlamento
- sede de la Presidencia de la Junta
- estas instituciones puede celebrar sesiones en otros lugares de
Andalucía si lo establecen el Reglamento del Parlamento y la Ley
- sede del Consejo de Gobierno
- sede Tribunal Superior de Justicia: Granada: pueden ubicarse algunas salas en otras ciudaddes
- por Ley del Parlamento andaluz: sedes de organismos o instituciones de la CC.AA. en distintas ciudades de Andalucía
- Art. 5.
Condición
de andaluz o
andaluza
- condición política de andaluces: ciudadanos españoles que, de acuerdo con Leyes generales Estado, tengan vecindad administrativa en cualquier municipio andaluz
- con derechos políticos definidos en el Estatuto:
- ciudadanos residentes en el extranjero que hayan tenido vecindad administrativa en Andalucía
- lo acrediten en el Consulado
- sus descendientes inscritos como españoles si lo solicitan y como determine la Ley del Estado
- Art. 6. Andaluces
en el Exterior
- andaluces y comunidades andaluzas en exterior: derecho a participar en la vida del pueblo andaluz y compartirla
- comunidades podrán solicitar reconocimiento de la identidad andaluza, con los efectos que dispongan las Leyes
- para fomentar y fortalecer vínculos en el exterior
- + prestarles asistencia
- + garantizar ejercicio y defensa de sus derechos e intereses
- = CC.AA. formalizar acuerdo con instituciones públicas y privadas de los territorios
y países o suscripción de tratados internacionales sobre estas materias
- Art. 7. Eficacia
territorial de las
normas
autonómicas
- Leyes y normas solo eficacia en territorio andaluz
- eficacia extraterritorial cuando se deduzca de su naturaleza
y según ordenamiento constitucional
- Art. 8.
Derecho
propio de
Andalucía
- constituido por Leyes y normas reguladoras de las materias donde la CC.AA. tiene competencias
- Art. 9. Derechos
- todos gozan de derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos
- CC.AA. garantiza pleno respeto a las minorías que residan en Andalucía
- Art. 10.
Objetivos
básicos
- 1. consecución de pleno empleo estable y de calidad en todos los sectores. Seguridad y salud laboral. Conciliación vida familiar y laboral. Garantía de
puestos para mujeres y jóvenes generaciones
- 2. acceso a todos a una educación permanente y de calidad
- 3. identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüistico
- 4. defensa, promoción, estudio y prestigio de la modalidad lingüística andaluza
- 5. aprovechamiento y potenciación de los recursos naturales y económicos
- 6. creación de condiciones indispensables para el retorno de los andaluces en el exterior
- 7. mejora de la calidad de vida, mediante protección de la naturaleza y medio ambiente, gestión del agua, infraestructuras modernas
- 8. consecución de cohesión territorial, solidaridad y convergencia entre los territorios de Andalucía. Superación de desequilibrios económicos,
sociales y culturales. Equiparar riqueza y bienestar
- 9. convergencia con el resto del Estado y de la unión Europea, promoviendo y manteniendo las relaciones de colaboración
- 10. sistema eficaz de comunicaciones, intercambios humanos, culturales y económicos. Vías de alta capacidad y red ferroviaria de alta velocidad
- 11. desarrollo industrial y tecnológico: innovación, investigación científica, iniciativas emprendedoras, suficiencia energética, evaluación de calidad
- 12. incorporación del pueblo andaluz a la sociedad del conocimiento
- 13. modernización, planificación y desarrollo integral del medio rural. Reforma agraria, favorecer crecimiento, pleno empleo, desarrollo de
estructuras agrarias y corrección de desequilibrios territoriales. impulsar competitividad de nuestra agricultura en europa y el extranjero
- 14. cohesión social, eficaz sistema de bienestar público, colectivo y de zonas más desfavorecidos social y económicamente. Facilitar integración
- 15. especial atención a personas en situación de dependencia
- 16. integración social, económica y laboral de personas con discapacidad
- 17. integración social, económica, laboral y cultural de inmigrantes
- 18. expresión del pluralismo político, social y cultural a través de los medios de comunicación
- 19. participación ciudadana en la elaboración, prestación y evaluación de las políticas públicas
- 20. diálogo y concertación social de organizaciones sindicales y empresariales
- 21. promoción de condiciones necesarias para plena integración de las minorías y de la comunidad gitana para su plena incorporación social
- 22. fomento de cultura de paz y diálogo entre los pueblos
- 23. cooperación internacional para contribuir al desarrollo solidario de los pueblos
- 24. poderes públicos velarán por salvaguarda, conocimiento y difusión de la historia de lucha del pueblo andaluz por sus derechos y libertades
- Art. 11. Promoción de los valores
democráticos y ciudadanos
- poderes públicos: desarrollo de conciencia ciudadana y democrática justa
fundamentada en los valores constitucionales y principios y objetivos del Estatuto
- medidas para enseñanza y conocimiento de la C.E. y el Estatuto de Autonomía