Zusammenfassung der Ressource
EVALUACIÓN Y REGISTRO DEL PROCESO ACADÉMICO
(CAPITULO VI)
- ART. 47 EVALUACIÓN
- la evaluación es un proceso
integral de la formación del
estudiante , cuyo objetivo es
promover el aprendizaje
- ART. 51 REGISTRO DE
CALIFICACIONES
- para el registro de calificaciones en toda la faculta al
docente se le asignara una herramienta para tener
porcentajes evaluativas de todas las actividades
realizadas en su asignatura en el periodo
- ART. 53 HOMOLOGACIÓN
- Es el proceso por el cual la
universidad verifica los cursos
aprobados en la misma institución o
en otra entidad de educación
superior
- ART. 52 PROCESO DE MODIFICACIÓN DE
CALIFICACIONES
- Para la modificación de una
calificación el docente debe
solicitar corrección a la facultad
o programa para tramitar su
habilitación
- PARÁGRAFO 1. ninguna
modificación podrá hacerse
después de 10 días hábiles de
la fecha de ingreso evaluativo,
si el error es comprobado la
facultad le solicitará al profesor
hacer la corrección
correspondiente
- ART. 60 EL PROMEDIO PONDERADO DEL PERIODO Y DEL PROMEDIO
PONDERADO ACOMULÁDO
- El promedio ponderado de un periodo se obtiene de la multiplicación
de los resultados y división de la sumatoria.El promedio ponderado
acumulado de igual forma
- Ambos promedios se expresan en
unidades y hasta con centésimas de
unidad. Al realizar esta operación no
habrá lugar a aproximación
- ART. 59 REVISIÓN DE LA CALIFICACIÓN
- Este proceso deberá ser por medio de una solicitud
escrita al correo electrónico institucional del profesor,
y debera ser respondida en los siguientes 3 días
hábiles
- ART. 58 CURSOS DIRIGIDOS
- cursos donde el estudiante tiene una
mayor autonomía con una
orientación de un profesor con
autorización del consejo de facultad
- PARÁGRAFO 1 no están
diseñados como competencia y
son solo cursos teóricos que no
superen al 15% de los
correspondientes a este tipo
- PARÁGRAFO 2 no se autorizan
cursos dirigidos para la asignatura
que estén matriculadas para dicha
solicitud
- ART. 56 HABILITACION
- Se le puede realizar al estudiante
cuando no se aprobó siempre y
cuando la calificación definitiva no
sea inferior a (2.0)
- PARÁGRAFO 1 no todas las
asignaturas son habilitables
segun el lineamiento que
fije las decanaturas
nacionales
- PARÁGRAFO 2 las
habilitaciones deben
presentarse en fechas
establecidas
- PARÁGRAFO 3 la calificación
máxima en la habilitación sera
(3.0)
- PARÁGRAFO 4 la calificación
mas alta sera la que se deje
como nota final
- PARÁGRAFO 5 en los planes de
estudio por competencia no
existen cursos objeto de
habilitación
- ART. 55 EXAMEN SUPLEMENTORIO
- Es aquel que remplaza una actividad
evaluativa por fuerza mayor con su
respectiva justificación del cual no
se presento a la fecha establecida
- ART. 54 VALIDACIÓN
- El proceso cuando el estudiante puede
demostrar el conocimiento o las competencias
para acreditar algún curso, para ello de cumplir
los siguientes lineamientos
- 1) Aplicar para cursos
que no hayan sido
matriculados
- 2) las notas deberán ser
igual o mayores a (3.5)
para ser aprobadas
- 3) la validación se
autorizara solo una vez, si
se pierde se deberá cursar
- 4) la calificación validada
sera promediada en el
periodo matriculado
- las pruebas de validación
causará derechos
pecuniarios
- PARÁGRAFO 1 el examen
de validación solo es en
cursos teóricos y solo se
podrá habilitar el 15% de
ellos
- ART. 49 LA CALIFICACIÓN
- expresa en resultado de los
procesos evaluados y registra
en todos lo programas de la
universidad como parte
integral del curso
- PARÁGRAFO 1. Se considera
aprobado un curso cuando
tiene un promedio igual o
superior a (3.0)
- PARÁGRAFO 2. Para posgrados
se considera aprobado solo si
se tiene nota igual o superior
a (3.5)
- PARÁGRAFO 3. Los resultados
de cursos en el extranjero o
de intercambio serán puestos
en concejo de facultad para
un control pertinente
- ART. 48 ACTIVIDADES EVALUATIVAS
- actividades de carácter formativo y
pedagógico de forma individual o grupal
como talleres y trabajos de investigación
entre otras
- PARÁGRAFO 1. Las actividades son
realizadas por el docente o un grupo
de orientación designado por el
responsable del programa
- ART. 57 CURSOS VACACIONALES
- Son los que se realizan en un
calendario especial de manera
intensiva
- ART. 50 EVALUACIÓN DEL PROCESO
ACADÉMICO
- Se realizaran en el trascurso de cada
periodo académico y sera evaluado
el 100% de lo aplicado en el
trascurso del periodo con el
siguiente lineamiento.
- programación de las
actividades evaluativas
- las fechas deben ser
notificadas a la facultad
respectiva
- deben tener 3 cortes con un valor de
- 1). 30%
- 2). 30%
- 3). 40%
- cuando no se justifica el no
presentar una actividad no
evaluativa la nota es (0.0)
- los resultados de
dichas actividades se
les dará a conocer a
los estudiantes para
una oportuna queja
en los siguientes 3
días habiles