Zusammenfassung der Ressource
REVOCATORIA AL MANDATO
- DEFINICION
- Derecho politico de
todos los ciudadanos,
por medio del cual dan
por terminado el
mandato que han
conferido a un
gobernador, o alcalde.
- ANTE CUAL AUTORIDAD SE DEBE
SOLICITAR LA REVOCATORIA
- Los ciudadanos
interesados en solicitar
que su alcalde o
gobernador sea retirado
de su cargo, deben acudir a
la registraduria Nacional
Del Estado Civil.
- QUIENES PUEDEN EJERCER EL
DERECHO AL VOTO EN UNA
REVOCATORIA.
- Ciudadano colombiano mayor
de 18 años, que sea habitante
del municipio en el que se va a
realizar la revocatoria.
- LEY QUE LO DEFINE
- Previsto en el
articulo 6 de la ley
134 de 1994. con el
que cuentan los
colombianos para
ejerecre el control y
garantizar la
eficacia de los actos
del estado.
- Objetivo de la ley. articulo 1
- Regula la iniciativa
popular, legislativa y
normativa; el referendo;la
consulta popular; del
orden
nacional;departamental,
distrital, municipal y local;
la revocatoria< del
mandato; el plebiscito y el
cabildo abierto
- FORMA DE UTILIZACION
- 1. SOLICITUD DE
LA REVOCATORIA
LA MANDATO
- Un numero de
ciudadanos no
inferior al 40%
del total de los
votos emitidos
en la eleccion,
debe solicitar
con su firma
ante la
registraduria la
convocatoria a
la votacion.
- 2. REVISION Y
APROVACION DE LAS
FIRMAS
- Se cuanta con el
termino de un
mes, de acuerdo
con el mayor
numero de firmas
que exija el censo
electoral del lugar
- 3. CONVOCATORIA
A LA VOTACION.
- Se convoca a
los
ciudadanos
para la
votacion de la
revocatoria, el
cual debe
efectuarse
dentro de un
termino no
superior a
dos meses.
- 4. APROVACION O
RECHAZO A LA
REVOCATORIA
- Esta aprovada por la
mitad mas uno de los
ciudadanos que
participen. si la
votacion no supera
los votos requeridos
termina su tramite
- 5. ELECCION DEL
MANDATARIO EN
CALIDAD DE ENCARGO
- Se procede a
remover el
gobernador
revocado y se
elije a alguien
del mismo
grupo, para
que ocupe el
cargo ,
mientras
transcurre la
posecion del
nuevo
mandatario.
- 6. NUEVA ELECCION
- Se convoca a elecciones para el
nuevo sucesor
- 7. INSCRIPCION Y ELECCION DEL NUEVO
MANDATARIO
- Se incribe quien
cumpla los
requisitos
necesarios..
luego se
procede a la
eleccion de uno
de los inscritos.