Zusammenfassung der Ressource
PERSONA JURIDICA
- POR FUERA DE LAS PERSONAS HUMANAS SOLO EXISTEN PERSONAS JURIDICAS
- ART. 141
Anmerkungen:
- Para el CCC son todos los entes a los cuales el ordenamiento juridico les confiere aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones para el cumplimineto de su objeto y los fines de su creación
- LAS PERSONAS JURIDICAS NACEN COMO
CONSECUENCIA DE LA NECESIDAD DEL HOMBRE
DE ASOCIARSE PARA ALCANZAR LOS OBJETIVOS
QUE POR SÍ SOLO NO LOS ALCANZARÍA
- EL CCC SIENTA DOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
- Establece que exiten
desde el acto constitutivo
Anmerkungen:
- y solo cuando expresamente se requiere la autorización estatal, la personalidad quedará condicionada a ese acto administrativo
- 1
- El principio de
inoponibilidad de la
personalidad
Anmerkungen:
- Establece que podrá imputarse a los socios, asociados, miembros o controlantes directos o indirectos.
- 2
- NATURALEZA JURIDICA
- TEORIA DE LA FICCION
- La persona jurídica es conceptuada como una creacion del
derehco, una ficcion por la cual se la considera como si fuera
persona
Anmerkungen:
- sostienen que asi como el derecho positivo puede negarle personalidad a personas que tienen voluntad, tambien puede dársela a entes que no la tienen por razones de conveniencias
- TEORIAS NEGATORIAS DE LA PERSONALIDAD
- Desechan toda ficcion y concluyen que la
persona jurídica no es un ente distinto de una
realidad que subyace detras de ella
Anmerkungen:
- niegan que se les pueda reconocer personalidad a las personas jurídicas porque sólo tienen personalidad las personas fisicas
- TEORIAS
- T. del sujeto aparente que oculta al real
Anmerkungen:
- en la persona juridica los verdaderos sujetos sos sus miembros, no aquella. Ihering
- T. del patrimonio de afectacion
Anmerkungen:
- no hay un sujetode derecho nuevo, sino tan solo un patrimonio afectado a determinado fines. Brinz
- T. de la propiedad colectiva
Anmerkungen:
- ve tan solo una propiedad colectiva de los miembros de la persona. Planiol
- T. que niega en general al sujeto de derecho
Anmerkungen:
- Niega los derechos subjetivos y por tal los sujetos de derecho. Duguit
- TEORIA DE LA REALIDAD
- Esta postura desecha toda ficcion; niega que sólo el ser humano sea sujeto de
derechos y concluye en la existencia de un ente(real) distinto de los miembros
de la persona jurídica
- TEORIAS
- Teoria Organicista
Anmerkungen:
- El ente esta por encima, pero no fuera de quienes lo integran; posee una voluntad propia; distinta de la de sus miembros individualmente considerados, pero comun a todos ellos.
- Teoría del interes de Ferrara
Anmerkungen:
- la persona juridica no es creada por el ordenamiento jurídico,sino simplemente amoldada
- INDEPENDENCIA DE PERSONALIDAD
- La persona jurídica es un ente ideal que recibe de los miembros que
la componen el sustrato indispensable a fin de poder existir en
aquel carácter
- Art. 143 CCC
Anmerkungen:
- Establece que la persona jurídica tiene una personalidad distinta de la de sus miembros
- CONSECUENCIAS
- Distinta personalidad
Anmerkungen:
- cada entidad es un sujeto de derecho independeinte y titular exclusivo de las relaciones juridicas en que interviene
- Distinto patrimonio
Anmerkungen:
- la persona juridica tiene un patrimonio que no se confunde con los patrimonios de los individuos que concurren a conformar el sustrato material de la entidad
- Fungibilidad de los miembros
Anmerkungen:
- no es indispensable para la existencia de la entidad la permanencia de los miembros originarios
- Disciplina interna
Anmerkungen:
- la posibilidad de relaciones juridicas, de caracter interno, entre la entidad y sus miembros es otra derivacion de la personalidad independiente de aquella con relacion a estos
- INOPONIBILIDAD
- La actuacion que este destina a la consecucion de fines ajenos a la
persona juridica, constituya un recurso para violar la ley,
Anmerkungen:
- Se imputa a quienes a titulo de socios, asociados o miembros, la hicieron posible, quienes responderán solidaria e ilimitadamente por los perjuicios causados
- CLASIFICACION DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
- ART. 145 CCC
- PUBLICAS
- Creadas por acto estatal
- Con el objeto de alcanzar un fin estatal
- El Estado Nacional, las provincias, La ciudad
autonoma, los municipios
- Los Estados extranjeros , las
organizaciones a las que el derecho
internacional público reconozca
personalidad jurídica
Anmerkungen:
- se les reconoce personalidad para actuar en el marco del Derecho Privado a los Estados extranjeros reconocidos por nuestro país y el nuevo Código.
- La iglesia Católica.
- PRIVADAS
- Nacen de la voluntad de sus miembros
- Las sociedades
- Las asociaciones civiles
- las simples asociaciones
- las fundaciones
- las iglesias, confesiones, comunidades
- Las mutuales
- Las cooperativas
- El consorcio de propiedad horizontal
- Toda otra contemplada en disposiciones de este
Código o en otras leyes y cuyo carácter de tal se
establece o resulta de su finalidad y normas de
funcionamiento.