Zusammenfassung der Ressource
COMITÉ DE SUPERVISIÓN BANCARIA BASILEA
- Principios Básicos para una supervisión bancaria eficaz
- Son utilizados en diferentes países como referencia para evaluar la calidad
de sus sistemas supervisores e identificar medidas necesarias para
conseguir un buen nivel de base en cuanto a prácticas de supervisión.
- Han sido utilizados por el FMI y el Banco Mundial en el contexto de su Programa
para la Evaluación del Sector Financiero (PESF) destinado a evaluar los sistemas y
prácticas de supervisión bancaria en diferentes países
- Se entienden como un marco voluntario de normas mínimas sobre mejores
prácticas de supervisión; las autoridades nacionales son libres de aplicar
medidas adicionales que estimen necesarias para la correcta supervisión en
sus jurisdicciones.
- OBJETIVOS, INDEPENDENCIA, POTESTADES, TRANSPARENCIA Y COOPERACIÓN
- PRINCIPIO 1
- Todo sistema eficaz de supervisión bancaria debe contar con
atribuciones y objetivos claros para cada autoridad que participe en
la supervisión de los bancos.
- LICENCIAS Y ESTRUCTURAS
- PRINCIPIO 2
Actividades permitidas
- Definirse claramente las actividades que pueden desarrollar
las entidades autorizadas a operar como bancos
- PRINCIPIO 3 Criterios para la
concesión de licencias
- Tener potestad para fijar criterios y rechazar las solicitudes que no
cumplan con las normas establecidas
- PRINCIPIO 4 Cambio de titularidad de
participaciones significativas
- Potestad para examinar y rechazar propuestas para transferir
participaciones significativas o de control
- PRINCIPIO 5 Adquisiciones
sustanciales
- Potestad para analizar, basándose en criterios prescritos,
las adquisiciones o inversiones sustanciales que realice un
banco
- REGULACIÓN Y REQUISITOS PRIMORDIALES
- PRINCIPIO 6 Suficiencia de capital
- Imponer a los bancos requerimientos mínimos de capital que
reflejen los riesgos que éstos asumen y debe definir los
componentes del capital teniendo en cuenta la capacidad de
éstos para absorber pérdidas
- PRINCIPIO 7 Proceso para la gestión del riesgo
- Proceso integral de gestión de riesgos (que incluya la
vigilancia por el Consejo y la alta dirección) para
identificar, evaluar, vigilar y controlar o mitigar todos
los riesgos sustanciales y para evaluar su suficiencia
de capital global con respecto a su perfil de riesgo
- PRINCIPIO 9 Activos dudosos, provisiones y reservas
- Si se establecen y cumplen políticas, prácticas y
procedimientos adecuados para gestionar activos
dudosos y para evaluar la suficiencia de sus provisiones y
reservas.
- PRINCIPIO 8 Riesgo de crédito
- Proceso para la gestión del riesgo de crédito que
incorpore el perfil de riesgo de la institución, con
políticas y procesos prudenciales para identificar,
calcular, vigilar y controlar el riesgo de crédito
- PRINCIPIO 10 Límites de exposición a grandes riesgos
- Políticas y procesos que permitan a la dirección
identificar y gestionar las concentraciones en el seno
de la cartera
- PRINCIPIO 11 Posiciones con partes vinculadas
- Establecer requisitos para que aquellos bancos que mantienen
posiciones con personas físicas o jurídicas vinculadas lo hagan
con total imparcialidad
- PRINCIPIO 12 Riesgo país y riesgo de transferencia
- Políticas y procesos adecuados para identificar, cuantificar, vigilar y controlar el
riesgo país y el riesgo de transferencia en sus préstamos e inversiones
internacionales,
- PRINCIPIO 13 Riesgos de mercado
- Políticas y procesos para identificar, cuantificar,
vigilar y controlar con precisión los riesgos de
mercado
- PRINCIPIO 14 Riesgo de liquidez
- Estrategia para gestionar el riesgo de liquidez que incorpora el
perfil de crédito de la institución
- PRINCIPIO 15 Riesgo operacional
- Políticas y procesos de gestión de riesgos para identificar, evaluar, vigilar y
controlar/mitigar el riesgo operacional
- PRINCIPIO 16 Riesgo de tipos de interés en la cartera de inversión
- Constancia de que el banco cuenta con sistemas eficaces para
identificar, cuantificar, vigilar y controlar el riesgo de tipos de
interés en la cartera bancaria
- PRINCIPIO 17 Control y auditoría internos
- Controles internos acordes al tamaño y complejidad de su actividad
- PRINCIPIO 18 Utilización abusiva de servicios financieros
- Normas éticas y profesionales de alto nivel en el sector financiero e
impidan que el banco sea utilizado, intencionalmente o no, con fines
delictivos
- MÉTODOS PARA LA SUPERVISIÓN BANCARIA CONTINUA
- PRINCIPIO 19 Enfoque supervisor
- Exige que el supervisor desarrolle y mantenga un
profundo conocimiento sobre las operaciones de los
bancos por separado y de los grupos bancarios,
- PRINCIPIO 20 Técnicas de supervisión
- Supervisión in situ como a distancia, además de contactos
periódicos con la gerencia del banco.
- PRINCIPIO 21 Informes de supervisión
- Obtener, revisar y analizar los informes prudenciales y
estadísticos de los bancos, tanto a título individual como
en base consolidada
- CONTABILIDAD Y DIVULGACIÓN
- PRINCIPIO 22 Contabilidad
y divulgación
- Constancia de que cada banco mantiene registros adecuados
conforme a las políticas y prácticas contables ampliamente
aceptadas internacionalmente
- POTESTADES CORRECTIVAS DEL SUPERVISOR
- PRINCIPIO 24 Supervisión consolidada
- Labor en base consolidada para todo el grupo bancario, realizando
un adecuado seguimiento y, aplicando normas prudenciales a
todos los aspectos de las actividades que el grupo realiza a escala
mundial
- PRINCIPIO 23 Potestades correctivas del supervisor
- Contar con una gama adecuada de herramientas de
supervisión que les permita aplicar medidas correctivas
oportunas.
- SUPERVISIÓN BANCARIA CONSOLIDADA Y TRANSFRONTERIZA
- PRINCIPIO 25 Relación entre el supervisor
de origen y el de destino
- La supervisión transfronteriza consolidada exige la cooperación y el
intercambio de información entre los supervisores del país de origen y
aquellos otros con competencias dentro del grupo bancario,
- Creado en 1975 por los Gobernadores de los bancos centrales del G–10,
está compuesto por altos representantes de autoridades de supervisión
bancaria y de bancos centrales de Alemania, Bélgica, Canadá, España,
Estados Unidos, Francia, Italia, Japón, Luxemburgo, Suecia, Suiza, los Países
Bajos y el Reino Unido.