(ART15) . El médico no expondrá a su paciente a riesgos injustificados.
Pedirá su consentimiento para aplicar los tratamientos médicos, y
quirúrgicos.
LEY 911-2004 PRINCIPIOS Y VALORES ETICOS, DEL ACTO DE CUIDADO DE
ENFERMERIA.
El profesional de enfermería deberá informar y solicitar el consentimiento
a la persona, a la familia, previa realizació n de las intervenciones de
cuidado de enfermería
Es deber del profesional de
enfermería respetar y proteger el
derecho a la vida de los seres
humanos, desde la concepción
hasta la muerte.
El profesional de enfermería guardará el secreto
profesional en todo momento El profesional de
enfermería se abstendrá de censurar o
descalificar las actuaciones de sus colegas y
demás profesionales de la salud en presencia de
terceros.
RESOLUCION 1995/1999 Normas del manejo de la historia clinica
La historia clinica es un documento que solo puede ser conocido por terceros con autorizacion del paciente y
en los casos previos por la ley.
El estado de salud del paciente se registran datos e informes que pueden incidir en la salud del
usuario.
El equipo de salud son profesionales que realizan la atencion al usuario.
caracteristicas de la historia clinica
integridad, secuencialidad,racionalidad disponibilidad y oportunidad
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.