Zusammenfassung der Ressource
Relación Laboral
- No es relación laboral ni contrato de trabajo
el contrato de prestación de servicios
- ¿Que es un contrato de
prestación de servicios?
- "El contrato de prestación de servicios es de carácter civil y no laboral, por lo tanto no está sujeto
a la legislación de trabajo y no es considerado un contrato con vinculo laboral al no haber relación
directa entre empleador y trabajador, por ello, no cuenta con período de prueba y no genera para
el contratante la obligación de pagar prestaciones sociales."
- Partes
- Empleador
- Artículo 34 del Código Sustantivo de Trabajo, en donde se define al contratista independiente como “(…) las
personas naturales o jurídicas que contraten la ejecución de una o varias obras o la prestación de servicios
en beneficios de terceros, por un precio determinado, asumiendo todos los riesgos, para realizarlos con sus
propios medios y con libertad y autonomía técnica y directiva.”
- "El contratante deberá verificar la afiliación y pago de los aportes correspondientes que realice el
contratista independiente, que deberá ser en todos los casos sobre el 40% del valor mensualizado del
contrato"(3)
- La persona o entidad, de cualquier clase que fuere, por cuenta u orden de la cual se
ejecuta la obra o a quien se presta el servicio, se denomina empresario o empleador.
- Trabajador
- La persona que se obliga a la prestación del servicio o a la ejecución de
la obra se denomina trabajador y puede ser empleado u obrero.
- "La legislación laboral colombiana no define ni reglamenta los contratos de prestación de
servicios, toda vez que éstos se rigen por disposiciones comerciales y civiles, cuando se
suscriben con personas de derecho privado, bien sean naturales o jurídicas."