Es una reforma a diez
artículos, siete de
ellos en materia
penal [16 al 22] para
evitar escenarios de
corrupción, mediante
el uso de nuevos
mecanismos y figuras
procesales; sujetos a
los principios de
publicidad,
inmediación,
contradicción,
continuidad y
concentración.
Ventajas:
-Mayor transparencia y
eficiencia.
-Menor costo en
recursos públicos,
tiempo y carga para
las partes
implicadas en el
conflicto penal.
- La investigación de los delitos le
compete al Ministerio Publico y a
las Policías,
Principio
de
presunción
de
inocencia
A través de los
mecanismos alternativos
de solución de conflictos
se prioriza la reparación
del daño.
Los jueces a estarán
presentes durante el
desarrollo de todas las
audiencias.
Las audiencias son
preponderantemente orales y
cualquier persona puede
presenciarlas; bueno hay audiencias
que son privadas. Como cuándo
están involucrados menores de
edad en delitos sexuales y
delincuencia organizada.
Retos:
Modificar la
mentalidad
inquisitiva de los
sujetos
involucrados en el
proceso.
Profesionalizarse el
MP y las policías
mediante suficientes
capacitaciones
impartidas por
personal experto en
el tema.
Impartir cursos y
pláticas
informativas a los
cuidadanos para
que comprendan el
fin de la reforma.
Erradicar las prácticas corruptas que se
presentan en el desarrollo del proceso.
Falta de los recursos y
transformaciones necesarios para
que en todo el país se lleve acabo
esta nueva práctica de impartición
de justicia.
Deberán existir
laboratorios de
criminología con los
elementos operativos
necesarios
Tener el querer como el hacer de
llevar acabo como dicta la reforma la
impartición de justicia en nuestro
país.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.