Zusammenfassung der Ressource
ASPECTOS DISCIPLINARIOS
- FINALIDAD DE LA FUNCION DICIPLINARIA
- En la Universidad Nacional de
Colombia la función disciplinaria
está encaminada al fomento de la
honestidad, la buena fe y el
respeto entre los miembros de la
Comunidad Universitaria y entre
ésta y la Institución.
- FUNDAMENTOS
- 1. Se impondrá sanción al estudiante que cometa alguna de las conductas violatorias del régimen
disciplinario de la Universidad. Esta sólo se podrá imponer si están descritas con anterioridad y una
vez agotado el debido proceso a través de las autoridades previamente establecidas.
- 2. En consonancia con los principios, la Universidad
propiciará el desarrollo de la creatividad estudiantil y estimulará las potencialidades de los
estudiantes de pregrado y postgrado, para prevenir la ocurrencia y reincidencia de hechos que
afecten el logro de los fines de la universidad y el cumplimiento de sus funciones.
- 3. El régimen disciplinario de la Universidad se aplicará sin perjuicio de los demás
ordenamientos jurídicos aplicables.
- CONDUCTAS
- CONDUCTAS QUE VULNERAN EL ORDEN ACADEMICO
- 1. Hacer uso de fuentes bibliográficas sin mencionarlas.
- 2. Sustraer, anexar o modificar documentos que sean soporte para la elaboración de las
evaluaciones.
- 3. Suplantación de otro estudiante en la presentación de una actividad académica o permitir ser
sustituido en ella.
- 4. Emplear ayudas no autorizadas durante los exámenes (material de clases, anotaciones,
calculadoras, teléfonos móviles, agendas electrónicas, entre otros).
- 5. Presentar como propios trabajos o investigaciones que han sido comprados, prestados, o
adquiridos.
- CONDUCTAS QUE VULNERAN EL BIENESTAR COLECTIVO E INDIVIDUAL,EL ORDEN
INSTITUCIONAL Y LOS BIENES DE LA UNIVERSIDAD
- 1. Amenazar, coaccionar, injuriar o agredir a visitantes, autoridades universitarias, profesores,
estudiantes, empleados y demás personas vinculadas a la institución.
- 2. La falsificación de documentos públicos o privados, y documentos relacionados con exámenes o
calificaciones.
- 3. Hacer uso de documentos falsos para el cobro de servicios que la Universidad presta
gratuitamente, para beneficio propio o ajeno.
- 4. Atentar contra la seguridad individual o colectiva de los integrantes de la comunidad universitaria.
- 5. Impedir la libertad de cátedra mediante coacción.
- JERSSON GIOVANNY BARRERA GARAY
GRUPO COLABORATIVO N°4
- CALIFICACION DE FALTAS
- Las conductas descritas en el artículo anterior constituyen faltas disciplinarias que en el ámbito de la
Universidad serán calificadas como leves, graves o especialmente graves, de acuerdo con su
naturaleza, sus efectos, las modalidades y circunstancias del hecho.
- CIRCUSTANCIAS AGRAVANTES
- 1. Reincidir en la comisión de faltas de la misma naturaleza.
- 2. Realizar el hecho en complicidad con estudiantes u otros servidores de la universidad o
de fuera de ella.
- 3. Cometer la falta aprovechando la confianza depositada.
- 4. Cometer la falta para ocultar otra.
- 5. Cuando con la misma acción u omisión, infrinja varias disposiciones del presente Estatuto.
- CIRCUSTANCIAS ATENUANTES
- 1. Buena conducta anterior.
- 2. No tener antecedentes disciplinarios.
- 3. Haber sido inducido por otro a cometer la falta, o la influencia de situaciones o circunstancias
determinantes en la realización de la conducta.
- 4. La aceptación de la falta evitando la injusta investigación de otra persona.
- 5. Evitar la consumación del hecho.
- TIPOS DE SANCIONES
- 1.IMPOSICION DE LA NOTA MINIMA:Es la anulación de una prueba o un trabajo de carácter académico,
que será calificado con nota cero punto cero (0.0).
- 2.AMONESTACION PRIVADA:Es la recriminación pública que le hace la autoridad al estudiante, explicando el
contenido violatorio del régimen disciplinario de su conducta y generando un espacio de reflexión colectivo
para los estudiantes.
- 3.MATRICULA A CONDICION: Debe cumplir con una conducta determinada por un periodo de tiempo
definido, no superior a un (1) periodo académico.
- 4.SUSPENCION:Es la exclusión temporal del estudiante de los programas regulares de la universidad hasta
por dos (2) periodos académicos, que empezarán a cumplirse una vez impuesta la sanción. Copia de esta
sanción se registrará en la hoja académica del estudiante.
- 5.EXPULCION.Es la cancelación definitiva de la matrícula y la consecuente imposibilidad para el
estudiante de volver a ingresar a cualquiera de los programas académicos regulares o no regulares
que ofrece la Universidad.