Es el acuerdo de dos o más voluntades para crear y/o transferir
derechos y obligaciones. El contrato es una especie del convenio y,
éste, a su vez, del acto jurídico en general.
CONVENIO
Acuerdo de dos o más
voluntades para crear,
transferir, modificar o extinguir
derechos y obligaciones.
FUENTE PRINCIPAL
DE OBLIGACIONES
ELEMENTOS DE
EXISTENCIA
CONSENTIMIENTO
Instantáneo
Progresivo
Expreso
Tácito
OBJETO
Debe existir en la naturaleza
Ser determinado o determinable
Estar en el comercio
SOLEMNIDAD
ELEMENTOS
DE VALIDEZ
CAPACIDAD
AUSENCIA DE VICIOS EN
EL CONSENTIMIENTOS
LICITUD EN EL OBJETO
FORMA
IMPORTANCIA
Es la principal fuente de las obligaciones
por su constante celebración en la vida
diaria de cualquier sociedad.
EFECTOS
El efecto del contrato es crear,
modificar, transferir o extinguir
obligaciones, tanto civiles como
comerciales.
Si está válidamente
constituido sus
efectos son:
OBLIGATORIEDAD
Las partes tienen el
deber de cumplirlo.
RELATIVIDAD
La obligatoriedad sólo se produce
entre las partes contratantes pero
no afecta a los terceros.
EXCEPCIONES
Contrato
Colectivo
Contrato a favor
de terceros
IRREVOCABILIDAD
Ninguna de las partes puede por sí
sola desistir del contrato, ya que
esto atentaría a la seguridad jurídica
RECISIÓN
Sólo por común acuerdo
de las partes y sólo de
forma excepcional puede
extinguirse por voluntad
unilateral.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.