Prescripción de la obligación tributaria

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Prescripción de la obligación tributaria
Andrea Olson luna
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Andrea Olson luna
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Prescripción de la obligación tributaria
  1. Prescripción extraordinaria
    1. 6 años
      1. 1.- Cuando la declaración no se hubiera presentado. 2.- Habiendose presentado esta es maliciosamente falsa.
        1. Estos plazos aumentan
          1. 1.- En tres meses desde que se cite al contribuyente de conformidad al Artículo 63. 2.- En un mes al plazo de prescripción para dar contestación a la citación. Conclusión: El plazo de prescripción de tres o de seis años se entenderá aumentado en los tres meses ya señalados y, además, en el término en que se haya prorrogado el plazo de citación al contribuyente.
            1. Estos plazos se pueden interrumpir o suspender
              1. Suspende
                1. Detención del cómputo del plazo de la prescripción durante el tiempo que persista la causa suspensiva; pero, desaparecida ésta, el plazo de prescripción continúa contándose de forma tal que al período anterior al acaecimiento de la causa suspensiva, se agrega el posterior a la cesación de la misma, de manera que el único tiempo que no se computa es el transcurrido mientras existió la causa de la suspensión.
                  1. 1.- Que el servicio no pueda girar los impuestos (art. 124 C. tributario). 2.- Por la perdida o inutilidad de los libros de contabilidad. En este caso el contribuyente tiene dos cargas: a.- Dar aviso al servicio dentro de 10 días. b.- reconstituir la contabilidad. 3.- La Ausencia del contribuyente del territorio nacional (art. 103 ley de impuesto a la renta).
                    1. Motivos de suspensión
                    2. Interrumpe
                      1. La interrupción tienen el efecto de hacer perder el tiempo corrido, por lo que debe empezar a computarse un nuevo período de prescripción
                        1. 1. Desde que intervenga reconocimiento u obligación por escrito. 2. Desde que intervenga notificación administrativa de un giro o liquidación. 3. Desde que intervenga requerimiento judicial (Ejemplos art 161 y 165 del C. tributario..
                          1. Motivos de interrupción (Art. 201)
                2. Prescripción ordinaria
                  1. 3 años
                      1. En el mismo plazo prescribirá la acción del Servicio para perseguir las sanciones pecuniarias.
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