Zusammenfassung der Ressource
Consideraciones éticas de la
evaluacióny Código Ético del psicólogo.
- Capítulo V: de las pruebas y los instrumentos de evaluación
- Art.53.
- Considerar que las pruebas psicológicas son instrumentos auxiliares de
trabajo y que por sí solas no bastan para formular un diagnóstico.
- Art.54
- Colaborar en el control profesional y comercial
de material psicológico, evitar su difusión
generalizada y limitar su distribución a quienes
estén debidamente acreditados.
- Art.55
- Usar las pruebas e instrumentos en proceso de validación sólo con
fines de investigación o docencia, previa aclaración al respecto y
con las debidas reservas.
- Art.56
- Evitar la comercialización y distribución generalizada de pruebas en fase
experimental. En lugar adecuado deberá señalarse su carácter experimental, así
como la fecha de impresión y la autorización correspondiente.
- Art.57
- Elaborar las pruebas disponibles para uso profesional, incluyendo
manuales o información que expresen sus motivos o fines, su
desarrollo, su validez, y el nivel de entrenamiento necesario para
usarlas e interpretarlas. Código Etico del Psicólogo
- Art.52.
- Vigilar que el uso de las pruebas e instrumentos psicológicos sea reservado
exclusivamente a quienes tengan la preparación profesional adecuada y hayan
aceptado las obligaciones y consecuencias inherentes a su empleo.
- Código Ético del Psicologo
- Art. 1.
- Los servicios, la enseñanza, y la investigación que realiza el
psicólogo se basan necesariamente en un cuerpo de
conocimientos válido y confiable, sustentado en la investigación
científica, por lo que el trabajo que desempeña debe corresponder
directamente con la educación, formación experiencia
supervisada o profesional que haya recibido formalmente.
- Art. 8.
- El psicólogo es responsable de la conducción ética de la investigación que realiza o la de otras
personas bajo su supervisión o control. El psicólogo permite a los investigadores y ayudantes a
desempeñar sólo aquellas tareas para las cuales hayan recibido la capacitación y preparación
apropiadas.
- Como parte del proceso de desarrollo e implementación de proyectos de investigación, el psicólogo
consulta con expertos respecto a cualquier población especial, como personas perteneciente a
culturas distintas a la suya propia
- Art. 12.
- El psicólogo toma las medidas razonables para evitar
dañar a sus pacientes o clientes, participantes en
investigación, estudiantes, y otros con quienes trabaje, y
para minimizar el daño cuando éste sea previsible e
inevitable.
- Art. 15.
- Las valoraciones, recomendaciones, informes, y diagnósticos
psicológicos o enunciados evaluativos del psicólogo se basan
estrictamente en información y técnicas (incluyendo entrevistas
personales al individuo cuando es apropiado) suficientes y actuales
para proporcionar sustento a sus interpretaciones y
recomendaciones.
- Art. 16.
- El psicólogo que desarrolla y conduce investigación con pruebas y
otras técnicas de valoración utiliza procedimientos científicos y
conocimiento profesional actualizados para su diseño,
estandarización, validación, reducción o eliminación de sesgos y
recomendaciones de uso.
- Art. 47.
- El psicólogo planea y conduce una investigación de manera consistente, tanto con
las leyes federales y estatales como con las regulaciones y normas profesionales
que gobiernan la conducción de la investigación, particularmente, con aquellas
que regulan una investigación donde participen personas y sujetos animales
- Art. 48.
- El psicólogo diseña, conduce e informa sobre la investigación, de acuerdo con las normas
reconocidas de competencia científica e investigación ética. El psicólogo también planea la
investigación de tal forma que minimiza la posibilidad de resultados engañosos.
- Art. 49.
- El psicólogo que conduce una investigación
lo hace de manera competente y con el
respeto debido a la dignidad y bienestar de
los participantes, sean éstos humanos o
animales.