Zusammenfassung der Ressource
PROGRAMA DE FORMACION DEL TLC CON ESTADOS UNIDOS
UNIDAD 1
- Trato Nacional y Acceso a mercados
- Capacidad de penetrar un mercado especifico al amparo o no de acuerdos
comerciales. En virtud de esta disposicion, se establece un trato igual para los bienes
tanto nacionales como extranjeros, lo que garantiza que las mercancias iimportadas y
las producidas en el pais reciben el mismo tratamiento.
- 1. Eliminación Arancelaria
- El Acuerdo de Promoción Comercial entre Colombia y
Estados Unidos determina que ninguna de las partes podrá
incrementar un arancel ya definido y mucho menos crear
nuevos aranceles a las mercancías originarias de las partes.
- 2. Admisión temporal de mercancías
- Se admitirá la liberación de aranceles aduaneros, de forma temporal, sin tener en
cuenta el origen, a los equipos propios de su arte u oficio de las personas que ingresen
de forma temporal, a las mercancías destinadas a demostración o exhibición, muestras
comerciales, películas, grabaciones publicitarias y mercancías para propósitos deportivos.
- 3. Comercio Fronterizo
- Cada parte permitirá que los vehículos o contenedores que traspasen sus fronteras,
provenientes del país miembro del acuerdo, salga de su territorio por la ruta o vía
que más le convenga desde el punto de vista económico y del factor tiempo.
- 4. Mercancías reimportadas
- Las mercancías exportadas, de cualquiera de las partes involucradas en el acuerdo, para
ser modificadas, reparadas o mejoradas y que posteriormente sean objeto de reimportación,
no pagaran ningún tipo de arancel aduanero a su ingreso en el país de origen.
- 5. Restricciones a la
importación y a la exportación
- Colombia y Estados Unidos se comprometen a eliminar las restricciones
y a no imponer nuevas restricciones al ingreso a salida de mercancías
entre los países integrantes del Acuerdo de Promoción Comercial.
- 6. Licencias de Importación
- Con la entrada en vigor del Acuerdo, se deben notificar los procedimientos de licencias de
importación existentes. Si se llegase a modificar dichos procedimientos ya notificados o se crea
algún nuevo procedimiento, se debe notificar 60 días antes de entrar en vigencia dichos cambios.
- 7. Comité de comercio de mercancías
- El comité de Comercio de Mercancías, tendrá representación de las dos
partes y se reunirá según convocatoria de por lo menos una de ellas
- 8. Administración e implementación de contingentes
- Colombia y Estados Unidos implementarán y controlarán los contingentes
arancelarios para productos agrícolas, según las normas establecidas
- 9. Subsidios a la exportación agrícola
- Tanto Colombia como Estados Unidos se encuentran trabajando en la organización
mundial del comercio en la eliminación multilateral de subsidios de productos agrícolas y
no podrán mantener o crear subsidios a las mercancías a comercializarse entre ellos
- 10. Medidas de salvaguardia agrícola
- Las medidas de salvaguardia agrícola .son los derechos adicionales impuestos por un estado
para garantizar estabilidad interna de precios o de cantidad de mercancía de mercados externos
- 11. Administración del acuerdo
- La comisión de libre comercio está integrada por
representantes de nivel ministerial de cada una de las partes
- 12. Coordinadores del Acuerdo
- Cada uno de los participantes del Acuerdo designará un Coordinador, quienes tendrán a su cargo
la logística y la implementación de las reuniones, el cumplimiento de las agendas de las
comisiones y los escenarios democráticos para la solución de controversias, así como también
establecer veedurías y seguimiento al cumplimiento de las decisiones de los comités conformados
- 13. Fortalecimiento de capacidades comerciales
- Se creará una comisión que tendrá la responsabilidad del impulso
y crecimiento de las capacidades comerciales de los países
- Reglas de origen
- Las reglas de origen establecen criterios y condiciones para determinar la nacionalidad de
una mercancía. El cumplimiento de dichos criterios y condiciones permite la
comercialización transfronteriza de una mercancía beneficiándose de las preferencias
derivadas dentro de la zona de libre comercio que se forma bajo los acuerdos comerciales
- Existen dos tipos de reglas de origen
- Las Reglas de Origen No preferenciales
- utilizadas para determinar el país de origen
de una mercancía, en caso necesario de
realizar la aplicación de medidas de
defensa comercial o de contingentes
arancelarios u otros mecanismos para
proteger la economía de los países.
- Las Reglas de Origen Preferenciales,
- necesarias para determinar el país de origen de una
mercancía con el fin de aplicarle un trato preferencial
arancelario, en el marco de un acuerdo o convenio
- Acuerdo de Promocion Comercial
- El Acuerdo de Promoción Comercial con Estados Unidos define las mercancías
originarias, guardando similitud con las normas de la Organización Mundial de Comercio
- Garantizan el ingreso mas facil de nuestros productos a
otros paises sin tener que pagar los impuestos que ellos
cobran por las mercancias que no producen
- Procedimientos de origen
- Como uno de los mayores avances para facilidad de los procesos de importación y exportación, el
Acuerdo de Promocion Comercial entre Colombia y los Estados Unidos establece la posibilidad que
el exportador, importador o productor emita la certificacion de origen de las mercancias, dando así un
voto de confianza en la informacion que entrega el importador que los bienes son originarios
- Acuerdos Comerciales
- 1. Acuerdos de integración económica
- Acuerdos bilaterales: Tratados entre dos países, por lo general son
acuerdos económicos que incluye la participación de los mismos.
- Acuerdos multilaterales: Los acuerdos
concertados dentro del marco jurídico
institucional de la Organización Mundial del
Comercio son aceptados y de carácter obligatorio
para todos los países miembros de este
organismo multilateral, estos acuerdos son los
pilares sobre los que se basa la Organización
- Acuerdos de alcance Regional: Son Acuerdos en los que participan todos los países de una región
geográfica determinada , según su grado de desarrollo Integración económica , los cuales implican reducir
tarifas y barreras a la libre circulación de mercancías y servicios, así como de factores de la producción
- Acuerdos de Alcance Parcial: Tipo de acuerdo con unos
cuantos o con un solo miembro del acuerdo regional
- Acuerdos de complementación económica: Son acuerdos que contraen los
países para abrir recíprocamente sus mercados a las mercancías, se inscriben en
el marco jurídico de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).
- Tratado de Montevideo
- incita a las partes contratantes a continuar con el proceso de integración, dirigido
a fomentar el crecimiento económico, social, armónico y estable de la región.
- tiene como objetivo un mercado común latinoamericano establecido a largo plazo en forma evolucionada
- 2. Integración económica
- Preferencias comerciales: Instrumento idóneo para impulsar la expansión del comercio
internacional y propiciar la participación equitativa de los países en desarrollo.
- Áreas de Libre Comercio. Es un acuerdo entre países que busca el desmonte de las barreras
al comercio con el fin de dar libertad al movimiento de mercancías en la zona, en esta área los
países miembros del acuerdo mantienen las barreras de comercio con el resto de los países.
- Uniones aduaneras: Integración económica en la que se transforman dos o más territorios aduaneros
en uno solo, dentro del cual los aranceles u otras restricciones al comercio son eliminados; se
aplican, en general, idénticos aranceles y regulaciones al comercio con terceros países
- Tratados de Libre Comercio: Es un acuerdo mediante el cual dos o más países
reglamentan sus relaciones comerciales con el fin de incrementar los flujos de
comercio e inversión y su nivel de desarrollo económico y social
- TLC Colombia - Estados Unidos
- Ver Anexo A
- Mercado Común: Es el área económica en la cual como consecuencia de la
eliminación total de los controles aduaneros internos y el levantamiento de las barreras
no arancelarias, existente libre movimiento de mercancías y factores de producción