Zusammenfassung der Ressource
Mecanismos de Participación Ciudadana
- Participación Ciudadana Formal
- El Voto:
- El voto es un derecho y un deber de todo ciudadano. Por una parte, la
Constitución le garantiza a todo colombiano mayor de 18 años, a excepción de los
integrantes de la fuerza pública, la facultad de participar en las elecciones por
medio del sufragio. Es la manera en la que la sociedad puede manifestar su
opinión tiene la oportunidad de aprobar o rechazar una medida, elegir a una
persona o partido.
- Plebiscito
(Artículo 7, Ley
134 de 1994)
- Es un
procedimiento
jurídico por el que
se somete a
votación popular
una ley o un
asunto de especial
importancia para
el Estado. de esta
menera se se
obtendra o no el
Apoyo masivo de
un pueblo a una
determinada causa
- Referendo
(Artículo 3, Ley
134 de 1994).
- Es la convocatoria que se hace al pueblo para que
apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica
o derogue o no una norma ya vigente.El referendo
puede ser nacional, regional, departamental,
municipal o local.
- Referendo derogatorio: Un
referendo derogatorio es el
sometimiento de un acto
legislativo, de una ley, de una
ordenanza, de un acuerdo o
de una resolución local en
alguna de sus partes o en su
integridad, a consideración
del pueblo para que éste
decida si lo deroga o no,
Siempre y cuando la
convocatoria a plebiscito que
haga el Presidente de la
República, satisfaga los
requisitos previstos en el
artículo 104 de la
Constitución Política.
[Sentencia C-180 de 1994].
- Referendo aprobatorio: Un
referendo aprobatorio es el
sometimiento de un
proyecto de acto legislativo,
de una ley, de una
ordenanza, de acuerdo o de
una resolución local, de
iniciativa popular que no
haya sido adoptado por la
corporación pública
correspondiente, a
consideración del pueblo
para que éste decida si lo
aprueba o lo rechaza, total o
parcialmente.7 Siempre y
cuando la convocatoria a
plebiscito que haga el
Presidente de la República,
satisfaga los requisitos
previstos en el artículo 104
de la Constitución Política.
[Sentencia C-180 de 1994].
- Elección Popular
- La elección popular tiene lugar
cuando el ciudadano otorga su
voto a un candidato para que
desempeñe un cargo en la
administración pública municipal,
departamental o nacional, así
como en las legislaturas locales y
nacionales. En colombia, los cargos
de elección popular en el ámbito de
la administración pública son:
Junta de accion comunal, Consejo,
Alcaldias, gobernador y Presidente
de la República. En el ámbito
legislativo son: congreso, camara
de representantes así como
senadores de la República.
- Cabildo Abierto
(Artículo 9, Ley 134 de
1994).
- "El cabildo abierto es la reunión
pública de los Concejos distritales,
municipales o de las juntas
administradoras locales, en la cual
los habitantes pueden participar
directamente con el fin de discutir
asuntos de interés para la
comunidad". (Artículo 9, Ley 134
de 1994).
- Iniciativa Popular
(artículo 2 Ley 134
de 1994).
- "La iniciativa popular legislativa y
normativa ante las corporaciones
públicas es el derecho político de un
grupo de ciudadanos de presentar
proyectos de acto legislativo y de ley
ante el Congreso de la República, de
ordenanza ante las asambleas
departamentales, de acuerdo ante
los concejos municipales o
distritales y de resolución ante las
juntas administradoras locales, y
demás resoluciones de las
corporaciones de las entidades
territoriales, de acuerdo con las
leyes que las reglamentan, según el
caso, para que sean debatidos y
posteriormente aprobados,
modificados o negados por la
corporación pública
correspondiente" (artículo 2 Ley 134
de 1994).
- Revocatoria del mandato
(Artículo 6, Ley 134 de
1994)
- "La revocatoria del mandato es un derecho
político, por medio del cual los ciudadanos
dan por terminado el mandato que le han
conferido a un gobernador o a un alcalde".
- Participación Ciudadana No-Formal
- Veeduria Ciudadana
Ley 850 del 2003
- Se entiende por Veeduría Ciudadana el mecanismo
democrático de representación que le permite a los
ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias,
ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las
autoridades, administrativas, políticas, judiciales, electorales,
legislativas y órganos de control, así como de las entidades
públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de
carácter nacional o internacional que operen en el país,
encargadas de la ejecución de un programa, proyecto,
contrato o de la prestación de un servicio público.
- Recoleccion de firmas
articulo 25 ley 134 del
1994
- Cuando se realicen
procesos de participación
ciudadana en el ámbito de
las entidades territoriales o
de las comunas,
corregimientos o
localidades, sólo podrán
consignar su apoyo quienes
residan en la respectiva
entidad territorial, comuna,
corregimiento o localidad
además de estar inscritos
en el correspondiente
censo electoral
- Manifestacion
- Se entiende por manifestación el
agrupamiento de numerosas personas en la
vía pública las cuales disponen de un objetivo
en común y por caso disponen de un mensaje
más o menos definido en orden a conseguirlo
o promoverlo. También es común que las
personas se reúnan de esta manera con la
intención de reivindicar algún derecho. Sin
lugar a dudas, la manifestación es una de las
expresiones colectivas populares más
importantes que disponen las personas
ordinarias para manifestarse en aquellos
aspectos que se consideran de interés
general. Motivación de la manifestación Estas
demostraciones del poder popular pueden
ser espontáneas ante determinados hechos
de injusticia o excepcionales, como también
pueden ser cuidadosamente planeadas y
organizadas con fecha, horario y mucho
tiempo de anticipación. En todos los casos, la
manifestación pública busca hacer llegar un
mensaje específico a un destinatario
particular también y es por esto que son una
de las formas más claras y accesibles de
- Paro civico
- Es aquella medida que toma un grupo de
habitantes, para cesar todo tipos de
actividades, sean comercial, estudiantil,
hasta que sean que sean suplidas las
necesidad que alli se manifiesten.
- comite civico
- Los comités cívicos electorales son
organizaciones creadas
especialmente para proponer
candidaturas a alcalde y
corporaciones ediles, como una
alternativa a los partidos políticos,
ya que facilitan la participación
política de los ciudadanos. La
iniciativa de reforma a la Ley
Electoral y de Partidos Políticos
propuesta por el Tribunal
Supremo Electoral (TSE) plantea
que estas instancias también
puedan proponer candidatos a
diputados distritales y para una
eventual Asamblea Nacional
Constituyente, pero la actuación
del Congreso impidió que este
cambio se diera para las
elecciones generales de este año.