Zusammenfassung der Ressource
aportes sobre el origen del conflicto armado en Colombia su
persistencia y sus impactos.
- democracia y
rebelión:
- La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de la Revolución Francesa ha sido referente fundamental de la
cosmovisión política imperante desde hace más de dos siglos.
- Esencia y alcances del
Derecho a la Rebelión:
- “No hay remedio para la violación del derecho a la rebelión, a menos,
quizás, que una rebelión posterior triunfe donde la anterior fracasó. La
rebelión es la última sanción por la violación de otros derechos, pero
rebelarse es jugarse la última carta. Si el rebelde fracasa, puede
argumentar que tenía justificación para actuar así; puede apelar a la
simpatía para con su discurso; pero no existe un ulterior derecho remedial
al cual se pueda acoger.”
- Uno de los analistas más finos de este
derecho, el Profesor de la Universidad de
Oxford, Anthony Maurice Honoré ,
conceptúa que este derecho debe tenerse
como un derecho “secundario”, pues se
activa como un “remedio” cuando los
demás derechos han sido violados. Pero
su importancia la subraya al aducir que si
no existiera el Derecho a la Rebelión, los
demás derechos tampoco existirían
- Transfiguración de la
Rebelión en Terrorismo:
- Si bien el Derecho a la Rebelión tiene perfiles muy definidos en el
derecho internacional, hace varias décadas se ha tratado de
calificar a los movimientos y organizaciones rebeldes como
“terroristas”. Nadie niega que actos de violencia política han
afectado a personas no combatientes y jurídicamente protegidas,
pero el salto de la calificación de hechos a la calificación de
movimientos, organizaciones o países sólo se apoya en la
emotividad irracional de los conflictos bélicos.
- La experta argentina Silvia Fernández de Gurmendi,
quien presidió desde 1994 la Comisión Sexta de la
Asamblea General de la ONU, a la cual se le asignó el
estudio del Terrorismo, denunció las presiones de
Estados poderosos para que se considerara el
terrorismo como una violación de los derechos
humanos, pero siempre defendió que en la
concepción de la ONU eran los Estados los que
protegían y violaban los derechos humanos.
- VÍNCULOS ENTRE EL ESTADO COLOMBIANO Y LOS CIUDADANOS QUE LO
INTEGRAN Y SU DISOLUCIÓN
- La satisfacción de las
necesidades básicas de los
asociados
- Hay una gran convergencia entre los historiadores
en ubicar los comienzos del conflicto armado que
aún afecta a Colombia, en las décadas de 1920 a
1960, con una intensificación entre los años 40s y
los 50s hasta desembocar en 1964 en la
conformación de las FARC, el ELN y el EPL.
- Construir y mantener elementales condiciones de justicia en las
relaciones de convivencia entre los ciudadanos y de éstos con el
Estado
- La segunda obligación básica de un Estado frente a sus ciudadanos, la que permitiría que Estado y
ciudadanos se consideren, en el nivel más elemental, como integrantes de una empresa común, se centra
en las relaciones de justicia, o sea en la creación y mantenimiento de condiciones que impidan que un
grupo de ciudadanos excluya a otros del goce de sus derechos a la participación, a la información y a la
protección, como niveles esenciales de una convivencia pacífica, democrática y humana.