Zusammenfassung der Ressource
CONTRATOS PARA PROFESIONALES DE
INSTRUMENTACIÓN QUIRÚRGICA
- ¿QUÉ ES UN CONTRATO?
- Según
- El código sustantivo del
trabajo
- Es
- Aquel por el cual una persona natural se
obliga a prestar un servicio personal a otra
persona natural o jurídica, bajo la
continuada dependencia o subordinación
de la segunda y mediante remuneración.
- ELEMENTOS
ESENCIALES
- Son
- Prestación personal
- Subordinación
- Remuneración
- FORMAS DE CELEBRAR
EL CONTRATO
- Son
- Verbal
- Cuando empleador y trabajador se han puesto de acuerdo sobre índole
del trabajo, el lugar, la remuneración y la duración del mismo
- Intuito
- Ocurren varios eventos en el mismo
tiempo (siempre el mismo evento)
- Escrito
- Consta en un documento firmado por las partes, en el
cual están incluidas todas las condiciones del mismo
- TIPOS
- TÉRMINO FIJO
- Se clasifica en
- Dos modalidades de contratación
- Modalidad 1: Igual o superior a 1 año
- Debe constar siempre por escrito
- El término de su duración no puede ser superior a tres (3) años, pero
puede ser prorrogable de forma indefinida
- Si hay periodo de prueba debe constar por escrito al inicio del contrato
- Para su terminación no se requiere aviso previo
- Modalidad 2: Inferior a 1 año
- Únicamente pueden prorrogarse hasta por 3 veces, por
periodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el
término de renovación no podrá ser inferior a un 1 año
- Para su terminación no se requiere aviso previo
- Características
- Todas las prestaciones sociales
- En caso de terminación unilateral del contrato
sin justa causa, el empleador deberá pagar al
trabajador una indemnización, en los
términos establecidos en el artículo 28 de la
Ley 789 de 2002
- Para su finalización es necesario un preaviso de 30 días
- Art. 46 del Código
Sustantivo de
Trabajo y Art. 28
de la Ley 789 de
2002
- Es
- Aquel que tiene un límite
temporal especificado de
manera clara
- TÉRMINO INDEFINIDO
- Art. 47 del Código
Sustantivo de Trabajo
- Es
- Aquel que no tiene estipulada una fecha de
terminación de la obligación entre el empleado
y el empleador
- Y
- La duración no está determinada por la de la obra o la
naturaleza de la labor contratada
- Características
- Puede hacerse por escrito o de
forma verbal
- Si se quieren establecer cláusulas específicas para el contrato es
necesario formalizar el contrato a través de un contrato escrito
- El empleador se compromete a pagar prestaciones sociales, prima de servicios, descansos
remunerados y aportes parafiscales.
- En caso de terminación unilateral del contrato sin justa causa, el empleador deberá pagar al
trabajador una indemnización, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 789 de 2002.
- OBRA O LABOR
- Art. 45 del Código Sustantivo de
Trabajo
- Es
- Por una labor específica y termina
en el momento que la labor llegue a
su fin
- Caracteríticas
- Derecho a prestaciones sociales
- El período de pago puede ser diario, semanal, quincenal o como máximo mensual
- No se puede pactar el pago cuando se termine la obra, a no ser que el trabajo se termine en un
tiempo inferior a un mes
- Cuando se dé lugar a un despido sin justa causa el empleador deberá indemnizar al
trabajador por los días faltantes para terminar la obra, si en debido caso no se pueden
determinar los días, la indemnización será igual a 15 días de salario
- CÍVIL POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS
- Características
- La remuneración se acuerda entre las partes
- No obliga a la organización a pagar prestaciones sociales
- Duración en común acuerdo dependiendo del trabajo a realizar
- No genera ningún tipo de dependencia ni subordinación
- No tiene vinculación laboral
- Es
- De manera bilateral entre una empresa y una persona
(natural o jurídica) especializada en alguna labor específica