Zusammenfassung der Ressource
SEÑALIZACIÓN
- Concepto
- Normativa
compartida
- JCT
- RGCir
- DG
Carreteras
- Norma 8.1-IC de
Señalización
Vertical
- Conjunto de señales y
órdenes de los agentes de
circulación, señales
circunstanciales y de
balizamiento, semáforos,
señales verticales y marcas
viales, destinadas a los
usuarios de la vía y que
tienen por misión advertir
o informar, ordenar o
reglamentar su
comportamiento con la
necesaria antelación
- Principios
- OBEDIENCIA
- Todos los usuarios de las vías están
obligados a obedecer señales de
circulación que establezcan una
obligación o prohibición y adaptar
su comportamiento al resto de
señales reglamentarias que se
encuentren
- FORMATO
- CATÁLOGO
OFICIAL DE
SEÑALES
- Especifica la forma,
color, dimensiones,
sistemas de
colocación y
significado
- Se debe ajustar a las
recomendaciones
internacionales y a la
regulación de Interior y
Fomento
- APLICACIÓN
- A toda la
anchura de la
calzada
- Podrá limitarse a
uno o mas carriles
mediante marcas
en la calzada
- VISIBILIDAD
- Las señales deben estar
iluminadas o provistas de
elementos dispositivos
reflectantes
- INSCRIPCIONES
- Para facilitar la
comprensión de las
señales se podrá
añadir una inscripción
en un PANEL
COMPLEMENTARIO
rectangular colocado
debajo
- Si la señal está
colocada en un
cartel fijo o PMV
la inscripción
podrá ir junto a
ella
- IDIOMA
- Las indicaciones
escritas figurarán
en castellano y en
la lengua oficial de
la CCAA
- RESPONSABILIDAD
- El titular
de la vía
- Del
MANTEMIENTO
- De la INSTALACIÓN y
CONSERVACIÓN
- De la
AUTORIZACIÓN
previa a la
instalación
- Autoridad
encargada de la
regulación del
tráfico
- Señalización
CIRCUNSTANCIAL
- Organismos y
empresas
adjudicatarias
- Señalización de
OBRAS
- Autorización
previa
- RETIRADA O
SUSITUCIÓN
- Titular de la vía o
autoridad encargada
de la regulación del
tráfico
- Señales
antirreglamentarias,
que han perdido su
objeto o deterioradas
- El el RGCir
- CLASIFICACIÓN
- Señales de
ADVERTENCIA DE
PELIGRO
- Indicar a los usuarios la proximidad
y naturaleza de un peligro para que
se cumplan las normas de
comportamiento que sean
procedentes
- Distancia y
comienzo o
longitud en panel
complementario
- Señales de
REGLAMENTACIÓN
- Indicar a los
usuarios las
obligaciones,
limitaciones o
prohibiciones que
deben observar
- Tipos
- De
prioridad
- Reglas de prioridad
en intersecciones o
pasos estrechos
- De
prohibición
de entrada
- Prohíben el acceso
a vehículos o
usuarios
- De
restricción
de paso
- Prohíben o
limitan el acceso
de vehículos
- De
obligación
- Señalan una
norma de
circulación
obligatoria
- Regirán a partir de la sección
transversal en que estén
colocadas salvo que exista
panel complementario que
indique la distancia
- Colocadas al lado o en la
vertical de una señal que
indique el nombre del
poblado, se aplicarán a todo
el poblado
- Señales de
INDICACIÓN
- Facilitar a los
usuarios de las vías
ciertas indicaciones
que les pueden ser
de utilidad
- Tipos
- De
carriles
- Reglamentación para
uno o más carriles
- De servicios
- Informan de un servicio de
posible utilidad para los
usuarios de la vía
- De
preseñalización
- De indicación de
carreteras
- Por su número o nombre,
encuadradas en
rectángulo o escudo
- De
localización
- Para indicar fronteras,
poblados, ríos,
puertos, etc.
- De confirmación
- Recordar la salida de un
poblado, la dirección de la vía,
etc
- De uso
específico en
poblado
- Por módulos, utilizadas conjunta o
separadamente, comunicar lugares a
alcanzar siguiendo el sentido de la fecha
- Paneles
complementarios
- La clasificación
funcional
marcada por la
convención de
Viena
- RGCir
- Catálogo de
señales
verticales
- Reglas de
prioridad
- 1. Agentes de
circulación
- 2. Señalización
circunstancial
- 3. Semáforos
- 4. Señales
verticales
- 5. Marcas
viales
- RGCir
- Señales de Agentes
de Circulación
- Tipos
- Brazo
levantado
verticalmente
- Obliga a
detenerse a los
todos los
usuarios de la
vía que se
acerquen al
agente
- Brazo extendido
horizontalmente
- Obliga a detenerse a
los todos los
usuarios de la vía
que se acerquen al
agente desde las
direcciones que
corten con la
indicada por los
brazos
- Balanceo
de luz roja
o amarilla
- Obliga a detenerse a los
usuarios de la vía a los
que el agente dirija la luz
- Brazo
extendido
moviéndolo
arriba y
abajo
- Obliga a disminuir la
velocidad a los
vehículos que se
acerquen al agente
por el lado
correspondiente al
brazo que ejecuta la
señal
- Toques de
silbato cortos
y frecuentes
- Toque de
silbato largo
- Obligar la detención
de vehículos -
ordenar la
reanudación de la
marcha
- Cualquier otra
- Como
vehículo
prioritario
- Bandera roja
- A partir del paso del vehículo
que la porta, la calzada queda
temporalmente cerrada a
todos los vehículos o
usuarios, excepto a los
escoltados por los agentes
- Bandera verde
- A partir del paso del vehículo
que la porta, la calzada queda
de nuevo abierta al tráfico
- Bandera
amarilla
- Indica la necesidad de
extremar la precaución o
la proximidad de peligro
- También para personal
habilitado de marchas
ciclistas y otras pruebas
deportivas
- Brazo extendido
hacia abajo
inclinado fijo
- Obligación de
detenerse en el
lado derecho a
aquellos
usuarios a los
que va dirigida
la señal
- Luz roja o
amarilla
destelleante
hacia adelante
- Indica al conductor que le
precede que debe detener
el vehículo en el lado
derecho, delante del
vehículo policial
- Dan órdenes mediante
el uso de megafonía o
cualquier otro medio
- Además podrán regular la
circulación: la POLICÍA MILITAR, el
PERSONAL DE OBRAS, el de
ACOMPAÑAMIIENTO DE TTE
ESPECIAL, las PATRULLAS
ESCOLARES
- En el caso de PRUEBAS
DEPORTIVAS, PROTECCIÓN
CIVIL o el PERSONAL DE LA
ORGANIZACIÓN
- Señalización
vertical
- Norma 8.1-IC
de Señalización
Vertical
- No se refiere a
la señalización
de obras
- No aplica a las vías
urbanas, que tienen
su normativa
específica
- Definición de señal
- Símbolo o leyenda
inscrito sobre una placa,
en su caso, sobre un
dispositivo de
sustentación
- Señalización y
balizamiento
en curvas
- La seguridad en curvas
requiere no sobrepasar
cierta velocidad
- La utilización de balizamiento,
de señales de peligro y de
señales de velocidad
aconsejada pueden ayudar al
conductor
- Sólo se recurrirá a la
limitacion de velocidad
cuando no exista
visibilidad necesaria para
poder reducirla
- Para mejorar la
información sobre la
peligrosidad de la curva se
utilizan paneles
direccionales blancos y
azules con visbilidad
mínima de 100m
- Se utilizarán paneles direccionales a
lo largo de todo el trazado de la
curva
- Se colocarán de forma que el
conductor aprecie como
mínimo 3
- Señalización
de velocidad
máxima
- El RGCir establece
las velocidades
máximas según el
tipo de vehículo y
vía
- Sobre estas velocidades
máximas prodrán
prevalecer
- Las fijadas por
las
correspondientes
señales
- Las fijadas a
determinados
conductores
en función de
sus
circunstancias
personales
- A determinados
vehículos por sus
características o la
naturaleza de su
carga
- Criterios
- Las señales de
velocidad limitada y
recomendada serán
de aplicación a partir
de la sección desde
la que estén
instaladas
- Toda limitación
especifica de
velocidad deberá
anunciar su final con
la señal
correspondiente,
situada en la sección
en la que deje de ser
exigible
- Si existen 2
consecutivas
sólo se pondrá
la de mayor
valor
- La primera señal
deberá ser vista
desde una distancia
tal que permitan
realizar la reducción
- Para reducciones superiores a
40km/h se deberán utilizar
varias señales que se
escalonarán de forma que la
reduccción sea menor al
principio y mayor al final
- Cada señal se
deberá ver desde
la anterior
- En tramos muy largos o de
trazado confuso se
recomienda reiterar la
limitación de velocidad
- Señalización de
adelantamiento
- Según el
tramo
- Tramo de
preaviso
- Marcas viales de
acuerdo a la norma
correspondiente
- Tramo de
adelantamiento
permitido
- Tramos con prohibición
de adelantamiento
- Señales
correspondiente
al inicio y final del
tramo
- Otra
señalización
- Pasos a
nivel
- Perfil
irregular
- Estrechamiento
de calzada
- Viento
transversal
- Cambios de
sentido
- Características
- Dimensiones
- En función de si
deben ser vistas
desde un vehículo en
movimiento y el tipo
de vía
- Según el
anexo de la
norma
- Colores
- Según norma
- Los carteles flecha y de
orientación relacionados con
salidas de una carretera tendrán
los colores de la clase de carretera
a que se dirija la salida, en los
casos
- Los de preseñalización de
salida si la carretera a la
que se accede es de clase
superior
- Los carteles
flecha para
salida inmediata
- Destinos y
localizaciones
- Tramos de
carretera
- Denominación
de la misma
- Cambios
de
sentido
- Catálogo oficial
de señales de
circulación
- Nombres
- En
castellano
- CCAA con otro
idioma oficial
- Nombres
propios
- Topónimo
oficial
- Si no, en
ambos
idiomas
- Nombres
comunes
- Igual que
nombres
propios pero
intentando
sustituirlos por
pictogramas
- Norma
8.1-IC de
Señalización
Vertical
- Criterios de
implantación
- Visibilidad
- Fisiológica
- Máxima distancia a
la que se puede leer
un mensaje
- 800 veces la altura
- Está es la distancia
mínima, si no se debe
incrementar la altura de
la letra o símbolo
- Geométrica
- Máxima distancia, en
la que la visual se
encuentra libre de
obstáculos
- Está es la distancia mínima, si
no se deben tomar medidas:
cambiar el emplazamiento de
la señal, duplicar la señal en
el otro margen, etc.
- Posición
longitudinal
- Peligro
- 150-200 m antes
- Reglamentación
- Donde empiece su
aplicación
reiterándose cada
minuto
- Indicación
- Según el
caso
- Altura y
protecciones
- No a menos
de 5.5m
- Girados
ligeramente
hacia afuera
- Condiciones para
que sean visibles
las señales
- Dónde y cómo poner
las señales