Zusammenfassung der Ressource
Principios del estado para trabajar la salud sexual y reproductiva en Colombia
- 1. La sexualidad es una condición humana. La sexualidad
es una condición prioritaria para el desarrollo humano,
por lo tanto, debe ser liberada de carga moral y
observarse desde el ámbito de los derechos y el respeto
por las personas.
- 2. Igualdad y equidad. Es la aceptación de la condición
humana, donde todas las personas al mismo tiempo son
iguales, únicas y diversas, es decir, iguales en la
diferencia.
- 3. Diversidad y no discriminación. Este principio se basa
el concepto de “cero discriminación” por condición de
sexo, género, orientación sexual, identidad de género,
cultura y otros.
- 4. Diferenciación entre sexualidad y reproducción. Todas
las personas tienen el derecho a el disfrute de la
sexualidad al margen de la reproducción o a ejercer su
derecho a la reproducción al margen de la sexualidad.
- 5. Libertad sexual y libertad reproductiva. Es la capacidad
de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos
y la libertad para decidir procrear o no hacerlo, o cuando
y con qué frecuencia.
- 6. Vinculación entre los derechos sexuales y los derechos
reproductivos y el marco normativo. Son las disposiciones
legales de los derechos sexuales y derechos reproductivos de
las personas, son el único limitante al ejercicio de estos
derechos humanos, dentro de un marco ético y de principios
como lo son la autonomía, la beneficencia, la no maleficencia
y la justicia,
- 7. Reconocimiento de las acciones para la
garantía de los derechos. Es la garantía que parte
desde su conocimiento hasta su materialización
o restablecimiento en los casos que son
vulnerados.
- 8. Responsabilidad en los ámbitos de la sexualidad y la
reproducción. Son las responsabilidades individuales y sociales
que deben ser previstas, entendidas e interiorizadas por las
personas y las instituciones a partir de adecuados procesos de
información y garantía.
- 9. Integralidad y no fragmentación para la garantía de los
derechos sexuales y los derechos reproductivos. los
servicios y tecnologías de salud deberán ser
suministrados de manera completa para prevenir, paliar
o curar la enfermedad, con independencia de su origen,
condición de salud, sistema de provisión, cubrimiento o
financiación.
- 10. Armonización. Esta Política potencia, articula,
complementa normas, planes y programas con que
cuenta el país en torno a la sexualidad, los derechos
sexuales y los derechos reproductivos.