Zusammenfassung der Ressource
MOVILIDAD HUMANA
- MOVILIDAD
HUMANA
Anmerkungen:
- La movilidad humana es un fenómeno social que ha estado presente en la historia de la
humanidad, y desde este reconocimiento los
ordenamientos jurídicos de todos los estados han tratado de regularlo.
- Entendemos por personas en movilidad a quienes por cualquier motivo,
voluntariamente o no, se han desplazado de un lugar a otro, independientemente de las circunstancias en que realicen el desplazamiento,
la distancia que se recorra o el tiempo que permanezcan en el lugar de destino.
- PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
Anmerkungen:
- Con la aprobación de la Constitución del Ecuador en el 2008, se establece un nuevo marco jurídico y de garantía de derechos humanos, tanto para la población extranjera que se encuentra en el Ecuador como la población ecuatoriana que habita
en el exterior.
- ART. 9
Anmerkungen:
- Todo extranjero en nuestro país, así como tendrá los mismos derechos que los nacionales, también deberá cumplir de igual forma las obligaciones
impuestas en la Constitución y la Ley.
- Todo extranjero en el país tendrá los mismos derechos que los nacionales
- ART. 11
Anmerkungen:
- Ninguna persona puede ser discriminada en atención a su nacionalidad, identidad cultural o idioma, por lo que cualquier disposición que atente contra
un derecho, fundamentado en una de estas causales es inconstitucional e ilegal.
- Ninguna persona puede ser discriminada por su nacionalidad, identidad cultural o idioma
- ART. 40
Anmerkungen:
- Ninguna persona puede ser considerada ilegal por su condición migratoria, dicho de otro modo el ingreso o la permanencia irregular en el territorio ecuatoriano no determina que la persona incurra en ilegalidad alguna.
- Ninguna persona puede ser considerada ilegal por su condición migratoria
- Constitución del Ecuador establece un marco jurídico y de garantía de
derechos humanos, tanto para la población extranjera que habita
Ecuador como la población ecuatoriana que habita en el exterior
- PRINCIPIO CIUDADANÍA
UNIVERSAL
Anmerkungen:
- Este principio implica que todas las personas del
planeta tierra deberían ingresar y/o salir de cualquier país; en otras palabras, el
principio de ciudadanía universal implica “borrar las fronteras” existentes entre los
países, pero por supuesto que este principio al estar prescrito únicamente en
nuestra Constitución, la disposición rige solo para el Ecuador; es decir que si un
ciudadano extranjero decide ingresar a nuestro país puede hacerlo sin formalidades
legales, pero si un ecuatoriano necesita ingresar a un Estado que no sea el nuestro deberá someterse a las formalidades legales que ese estado de destino lo exija.
- ART. 416
Anmerkungen:
- Las relaciones del Ecuador con la comunidad internacional
responderán a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendirán cuenta
sus responsables y ejecutores, y en consecuencia:… 6) Propugna el principio de ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los habitantes del planeta y el progresivo fin de la condición de extranjero como elemento transformador de las relaciones desiguales entre los países, especialmente Norte-Sur.
- Propugna el principio de ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los habitantes del planeta
- El principio de ciudadanía universal implica “borrar las fronteras”
existentes entre los países
- DERECHOS LIBERTAD DE TRÁNSITO
Anmerkungen:
- El derecho a la libertad de tránsito es la libertad que tienen todas las personas de movilizarse en todo el territorio
ecuatoriano tomando en cuenta que poseen derechos y obligaciones.
- RESTRICCIONES TÁCITAS A LA LIBERTAD DE
TRÁNSITO
Anmerkungen:
- En todo caso, y no solo en el derecho a la libertad de tránsito, debemos entender
que los derechos y libertades contemplados en la Constitución y los instrumentos
internacionales, no son libertades absolutas sino relativas, por cuanto esas
libertades están limitadas por la misma Constitución, instrumentos internacionales
y leyes internas del país.
- Debemos entender que los derechos y libertades contemplados en la
Constitución, no son libertades absolutas sino relativas, por cuanto esas
libertades están limitadas por la misma Constitución.
- RESTRICCIONES EXPRESAS A LA LIBERTAD DE
TRÁNSITO
Anmerkungen:
- El artículo 165 de la Constitución de la República, señala también límites a la
libertad de tránsito, cuando señala, los derechos que se restringen en los casos de
Estado de Excepción así: “Durante el estado de excepción la Presidenta o
Presidente de la República únicamente podrá suspender o limitar el ejercicio del
derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito, libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución.”.
- El Art. 165 de la Constitución, señala límites a la libertad de tránsito, cuando
señala, los derechos que se restringen en los casos de Estado de Excepción.
- El derecho a la libertad de tránsito es la libertad que tienen las personas de movilizarse en todo el
territorio ecuatoriano.
- REFUGIADOS
- DEFINICIONES
- 1
Anmerkungen:
- En la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (CER), aprobada en 1951, se
dispone que el término "refugiado" se aplica a toda persona que: ... como resultado de acontecimientos ocurridos antes del 1º de enero de 1951 y debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de
nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no
pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él.
- "Refugiado" se aplica a toda persona que: ... como resultado de acontecimientos ocurridos antes del
1º de enero de 1951 y debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión,
nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del
país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección
de tal país
- 2
Anmerkungen:
- El Consejo de Europa, la Organización de la Unidad Africana (OUA), y la
Organización de los Estados Americanos (OEA) han redactado convenciones y
declaraciones acerca de los refugiados.
Comparada con la CER, de 1951, en la Convención de la OUA del 10 de septiembre
de 1969 sobre los Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África, se da una definición más amplia del término "refugiado", tomando en cuenta la mayoría de las causas fundamentales del problema de los refugiados.
- El Consejo de Europa, la Organización de la Unidad Africana (OUA), y la Organización de los Estados
Americanos (OEA) han redactado convenciones y declaraciones acerca de los refugiados, tomando en
cuenta la mayoría de las causas fundamentales del problema de los refugiados.
- 3
Anmerkungen:
- El término "refugiado" también se aplica a toda persona que, debido a agresiones externas, ocupación, dominación extranjera u otros eventos que alteren gravemente
el orden público en una parte o en la totalidad del territorio del país de su origen o
nacionalidad, se vea obligada a huir del lugar donde habitualmente reside para buscar refugio en otro lugar fuera del país de su origen o nacionalidad.
- "Refugiado" también se aplica a toda persona que, debido a agresiones externas, ocupación,
dominación extranjera u otros eventos que alteren gravemente el orden público en una parte o en la
totalidad del territorio del país de su origen o nacionalidad, se vea obligada a huir del lugar donde
habitualmente reside para buscar refugio en otro lugar fuera del país de su origen o nacionalidad.
- DERECHOS DE LOS REFUGIADOS
Anmerkungen:
- Toda persona que reúna las condiciones consignadas en la definición de "refugiado"
según el artículo 1 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (CER)
pueden acogerse a la protección de sus derechos de conformidad con lo estipulado en la Convención.
- Toda persona que reúna las condiciones consignadas en la definición de "refugiado" según el artículo
1 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (CER) pueden acogerse a la protección de sus
derechos de conformidad con lo estipulado en la Convención.
- DESPLAZADOS INTERNOS
- DERECHOS DE LOS DESPLAZADOS INTERNOS
Anmerkungen:
- Los desplazados internos
deben poder disfrutar de todos los derechos humanos y las libertades de que gozaban en su lugar de residencia habitual,
en su país
- Los desplazados internos deben poder disfrutar de
todos los derechos humanos y las libertades de que
gozaban en su lugar de residencia habitual, en su país
- DEFINICIÓN
Anmerkungen:
- Personas o grupos de personas que han sido obligadas a huir de su hogar o de su lugar habitual, de residencia repentina o inopinadamente como resultado de un
conflicto armado, disensiones internas, violaciones sistemáticas de los derechos
humanos o desastres naturales o provocados por el hombre y que no han cruzado
una frontera estatal internacionalmente reconocida
- Personas o grupos de personas que han sido obligadas a huir de su hogar o
de su lugar habitual, de residencia repentina o inopinadamente como
resultado de un conflicto armado, disensiones internas, violaciones
sistemáticas de los derechos humanos o desastres naturales o provocados
por el hombre y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente
reconocida
- ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES
UNIDAS PARA LOS REFUGIADOS
- PROTECCIÓN A REFUGIADOS POR PARTE ACNUR
Anmerkungen:
- Proporcionar protección internacional a los refugiados y buscar soluciones permanentes al
problema de los refugiados, ayudando a los Gobiernos a facilitar la repatriación
voluntaria de los refugiados o su asimilación en nuevas comunidades nacionales. La
labor del Alto Comisionado se califica como "de carácter enteramente apolítico" y
"humanitaria y social" y, por regla general, estará relacionada con grupos y
categorías de refugiados.
- Proporcionar protección internacional a los refugiados y buscar soluciones permanentes
al problema de los refugiados, ayudando a los Gobiernos a facilitar la repatriación
voluntaria de los refugiados o su asimilación en nuevas comunidades nacionales.
- PROTECCIÓN A DESPLAZADOS INTERNOS POR
PARTE ACNUR
Anmerkungen:
- Las actividades del ACNUR en relación con los desplazados internos deben
percibirse desde ese mismo punto de vista. Actualmente, el número real de
desplazados internos supera con creces al de refugiados. Ahora bien, el ACNUR
sólo puede prestar protección y asistencia a los desplazados internos cuando recibe la autorización de la Asamblea General o del Secretario General de la ONU.
- Las actividades del ACNUR en relación con los desplazados internos deben percibirse
desde ese mismo punto de vista. El ACNUR sólo puede prestar protección y asistencia a
los desplazados internos cuando recibe la autorización de la Asamblea General o del
Secretario General de la ONU.
- COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ
ROJA
- PROTECCIÓN REFUGIADOS POR PARTE CICR
Anmerkungen:
- Por regla general, el cometido del CICR respecto de los refugiados está subordinado al del ACNUR. No obstante, el CICR puede intervenir ampliamente en favor de los refugiados
cuando éstos se hallan en una situación de conflicto armado o de disturbios, o
cuando el ACNUR no tiene, o aún no tiene, una presencia operativa. Sea cual fuere
la situación, el CICR ofrece sus servicios para transmitir mensajes (familiares) de
Cruz Roja, buscar a personas desaparecidas y reunir a familias dispersas. El CICR
también ha desarrollado importantes programas de ayuda a los menores no
acompañados.
- El cometido del CICR respecto de los refugiados está subordinado al del
ACNUR. No obstante, el CICR puede intervenir ampliamente en favor de
los refugiados cuando éstos se hallan en una situación de conflicto
armado o de disturbios, o cuando el ACNUR no tiene, o aún no tiene,
una presencia operativa.
- PROTECCIÓN A DESPLAZADOS INTERNOS POR PARTE CICR
Anmerkungen:
- Como víctimas de situaciones de conflicto armado o
de disturbios, los desplazados internos son
destinatarias principales de las actividades del CICR. Son una categoría importante de víctimas a quienes el CICR ofrece protección y asistencia.
La preocupación del CICR es reforzar la protección jurídica de todas las víctimas
mediante el respeto del derecho humanitario por todas las partes en un conflicto armado. Para ello, el CICR emprende gestiones que conciernen directamente a los miembros de las fuerzas armadas y de las fuerzas de policía y de seguridad.
- Como víctimas de situaciones de conflicto
armado o de disturbios, los desplazados internos
son destinatarias principales de las actividades
del CICR.
- La preocupación del CICR es reforzar la
protección jurídica de todas las víctimas
mediante el respeto del derecho humanitario
por todas las partes en un conflicto armado.
- RESPONSABILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER
CUMPLIR LA LEY
- PROCEDIMIENTO LEGAL CON UN REFUGIADO
Anmerkungen:
- A toda persona que se le encuentre
en nuestro país en condición de irregular y que por su
versión dé indicios de que ha huido de su país por las
circunstancias antes anotadas de acuerdo al Decreto
3301, se le facilitará la dirección y de ser posible el
traslado a las oficinas de la Dirección General de Refugiados (DGR) o en su
defecto de la ACNUR y la información de lo que allí deben realizar conforme al
siguiente procedimiento, y posterior el policía realizará un parte al respecto
- A toda persona que se le encuentre en nuestro país en condición de irregular y que por su versión dé
indicios de que ha huido de su país por las circunstancias antes anotadas de acuerdo al Decreto
3301, se le facilitará la dirección y de ser posible el traslado a las oficinas de la Dirección General de
Refugiados (DGR) o en su defecto de la ACNUR y la información de lo que allí deben realizar
conforme al siguiente procedimiento, y posterior el policía realizará un parte al respecto
- REGISTRO DE SOLICITUDES
- Deberá formular la solicitud de reconocimiento de la condición
de refugiado ante el Gobierno ecuatoriano
- CERTIFICADO PROVICIONAL
- Una vez presentada la solicitud el Ministerio de RR.EE, les otorga un certificado de
su condición de solicitantes de refugio, el mismo que tiene una validez de 90 días
- ENTREVISTA
- Luego del Registro inicial, los solicitantes deben ser entrevistados por funcionarios de la DGR del
Ministerio de RR.EE.
- COMISIÓN ELEGIBILIDAD
- Cada solicitud es analizada por la Comisión para determinar la condición de los
Refugiados en el Ecuador, misma que está conformada por dos representantes del
Ministerio de RR.EE. y un representante del Ministerio del Interior, del ACNUR
participa un observador, con voz pero sin voto
- DECISIÓN GOBIERNO
- Si la solicitud es aceptada.- Entonces el solicitante junto a su familia son reconocidos como
refugiados y se les otorga la Visa 12- IV que es indefinida, aunque el documento debe ser renovado
cada año.
- Si la solicitud es negada.- El solicitante será notificado por escrito y dentro de los 30 días posteriores,
tendrá derecho a apelar la decisión ante el Ministerio de RR.EE. Las oficinas del ACNUR podrán
proporcionar información sobre la forma de apelación.
- EMIGRACIÓN
- Es el acto de salir de un Estado con el propósito de
asentarse en otro, temporal o definitivamente.
- INMIGRACIÓN
- Es el proceso por el cual personas no nacionales ingresan
a un país con el fin de radicarse en él, temporal o
definitivamente.
- TRATA DE PERSONAS
- La trata de personas es un acto ilícito que se comete en
contra de las personas y las tienen en situación de
esclavitud.
- TRÁFICO DE MIGRANTES
- tráfico ilícito de migrantes es la facilitación de la entrada
irregular de una persona en un Estado Parte del cual dicha
persona no sea nacional o residente permanente con el fin
de obtener directa o indirectamente, un beneficio
financiero u otro beneficio de orden material