Zusammenfassung der Ressource
Conversión de estados
financieros de moneda
nacional a dólares
americanos
- Las empresas mexicanas han
sufrido cambios latentes en
materia de comercio, debido a
la globalización . De tal
manera que se acude a la
inversión internacional y por
consiguiente al uso de
moneda extranjera
- Normalmente las
empresas informan en la
moneda del país en el cual
tiene su domiciilio.
- si se requiere
una moneda
diferente, es
necesario
explicar la
razón de
porque otra
moneda
- Es menester considerar en
cuenta la NIF-15, que se emplea
para el registro, valuación y
presentación de este tipo de
operaciones
- Al definir su objetivo, el B-15 señala que establece las reglas
contables de valuación y de presentación relativa a las
transacciones efectuadas con monedas extranjeras, así como
también la conversión de los estados financieros de
subsidiarias y asociadas en extranjero que se incluyan en los
estados financieros de las empresas por consolidación o al
aplicar el método de participación.
- En la presente NIF, los siguientes factores
pueden considerarse para determinar la
moneda funcional de una operación
extranjera e identificar cuándo esta
moneda es la misma que la de la entidad
informante
- 1. La realización de las actividades de la
operación extranjera se lleva a cabo como una
extensión de la entidad informante (por
ejemplo, cuando la operación extranjera sólo
vende bienes importados de la entidad
informante y remite a la misma los flujos
obtenidos), en lugar de hacerlo con un grado
significativo de autonomía (por ejemplo,
cuando la operación extranjera obtiene
efectivo y otras partidas monetarias, incurre
en gastos, genera ingresos y toma préstamos
utilizando, sustancialmente, su moneda
local).
- 2. Las operaciones con la entidad
informante constituyen una
proporción elevada de las
actividades de la operación
extranjera.
- 3. Los flujos de efectivo
de la operación
extranjera no son
suficientes para atender
las obligaciones actuales
y esperadas, en su ciclo
normal de operaciones,
por lo que la entidad
informante debe
fondear la operación.
- La conversión de los estados financieros se lleva a cabo cuando la
empresa que informa tiene una operación extranjera integrada, es
decir, que mantiene relación interdependiente con otra empresa en
aspectos financieros y operativos, de manera que los riesgos por las
fluctuaciones en el tipo de cambio se presentan como si afectaran
directamente a la entidad que informa.
- La conversión de activos y pasivos serán
convertidos al tipo de cambio de cierre a la
fecha del balance general. Los ingresos y
gastos serán convertidos al tipo de cambio de
cierre del periodo que se informa. El resultado
de la conversión se debe registrar en el Capital
Contable en una cuenta especial llamada
“Efecto de conversión de entidades extranjeras
- La conversión de las partidas no monetarias se
lleva a cabo por medio del tipo de cambio
vigente al momento de la transacción,
reexpresando a su valor actual de acuerdo al
boletín B-10.
- TIPO DE CAMBIO
- Si están disponibles varias fuentes de tipos de
cambio para convertir las transacciones en
moneda extranjera, debe utilizarse aquélla que
tiene el tipo de cambio con el que los flujos
futuros de efectivo representados por la
transacción o el saldo respectivo pudieron haber
sido realizados como si tales flujos hubieran
ocurrido en la fecha de cierre. Si derivado de un
control de cambios existen temporalmente
restricciones o ausencia de intercambio de
divisas, el tipo de cambio a utilizar debe ser el
primero que se fije en una fecha posterior en la
que puedan negociarse las divisas en condiciones
de mercado.
- Transacciones en moneda extranjera
- Entre las transacciones en moneda extranjera se
incluyen aquellas en que la entidad:
- 1. Compra o vende bienes o
servicios cuyo precio se
denomina en una moneda
extranjera.
- 2. Presta o toma prestados
fondos, si los importes
correspondientes se
establecen a cobrar o pagar
en una moneda extranjera.
- 3. Adquiere o dispone de activos, o
bien, incurre, transfiere o liquida
pasivos, siempre que estas
transacciones se hayan denominado
en moneda extranjera.
- Toda transacción en moneda
extranjera debe reconocerse
inicialmente en la moneda de registro
aplicando el tipo de cambio histórico
a la fecha de la transacción. La
moneda de registro puede ser o no la
moneda funciona
- Reconocimiento Inicial
- Reconocimiento posterior
- Una diferencia en cambios surge cuando se tienen
partidas monetarias como consecuencia de una
transacción en moneda extranjera, y se produce
una variación en el tipo de cambio entre la fecha de
la transacción y la fecha de realización.
- Operación extranjera
- Conforme a las NIF particulares relativas a estados financieros
consolidados y combinados e inversiones permanentes en
acciones, los estados financieros individuales de cada una de las
entidades jurídicas, las cuales pueden existir y operar en
diferentes entornos económicos y con diferentes monedas, se
consolidan, combinan o reconocen con base en el método de
participación, para presentarse formando parte de los estados
financieros de la entidad económica que integran
- Adquisición de una
operación extranjera
- Los ajustes al valor razonable de los activos y pasivos de la
adquirida, como consecuencia de la adquisición de una
operación extranjera, deben tratarse como activos y pasivos
de dicha operación extranjera. Por lo tanto, deben
expresarse en la misma moneda funcional de la operación
extranjera y convertirse al tipo de cambio de los activos y
pasivos correspondientes
- Disposición de una
operación extranjera
- El efecto acumulado por conversión
relacionado con una operación
extranjera, reconocido como una
partida integral del capital contable
- Cumplimiento con
Normas de Información
Financiera
- Los estados financieros que hayan sido
preparados sobre bases diferentes a
Normas de Información Financiera deben
ajustarse a éstas antes de su conversión
y consolidación.
- NORMAS DE PRESENTACIÓN
- Transacciones en moneda extranjera
- Las diferencias en cambios que se originan en la conversión o
realización de partidas monetarias a un tipo de cambio diferente de
aquél al que fueron reconocidas inicialmente o informadas en
estados financieros previos deben presentarse en el estado de
resultados como un componente del resultado integral de
financiamiento (RIF).
- Conversión de la moneda de registro a la funcional
- La ganancia o pérdida en cambios que surge al convertir las partidas en moneda de registro a la
moneda funcional, debe presentarse en el estado de resultados como un componente del resultado
integral de financiamiento (RIF).
- Conversión de la moneda funcional a la de informe
- Si se dispone parcial o totalmente de una operación extranjera, el
efecto acumulado por conversión y su impuesto a la utilidad, que
forman parte de la ganancia o pérdida derivada de la disposición
parcial o total de dicha operación extranjera, deben reciclarse al estado
de resultados en los rubros de otros ingresos y gastos y de impuestos a
la utilidad, respectivamente.