Zusammenfassung der Ressource
Política Nacional de Sexualidad,
Derechos Sexuales y Derechos
Reproductivos
- La sexualidad como condición humana
- Se entiende a la sexualidad como aspecto fundamental para el desarrollo de la persona como tal,
dejando de lado el ámbito moral y tomando al sujeto desde el punto de vista de un ser con derechos
y sobre el cual giran las políticas en el marco de una sociedad laica. En este sentido, el Estado a
través de sus instituciones debe propiciar, facilitar y proveer las condiciones necesarias y favorables
para el disfrute de la sexualidad, el libre y responsable ejercicio de los derechos sexuales y los
derechos reproductivos que de ella se originen.
- Igualdad y equidad
- Se desarrollan como principios a partir de la igualdad reconocida como
cualidad primordial de las personas. Es la aceptación de la condición
humana, donde todas las personas al mismo tiempo son iguales, únicas y
diversas
- Diversidad y no
discriminación
- Cada persona es diferente y por lo tanto cuenta con una identidad íntimamente vinculada con la
dignidad humana lo cual obliga a que en la garantía de los derechos de igualdad y libertad, se
reconozca que no debe haber discriminación en razón a la vivencia de ninguna particularidad en el
sentido de lo humano.
- Sexualidad y
reproducción
- la construcción social ha posibilitado que a todas las personas
les asista el disfrute de la sexualidad al margen de la
reproducción o a ejercer su derecho a la reproducción al margen
de la sexualidad.
- Libertad sexual y libertada reproductiva
- Este principio afirma la independencia entre sexualidad y reproducción,
desde la autodeterminación sexual y la autodeterminación
reproductiva, cuyo núcleo de realización es la anticoncepción y cuya
expresión más formal es el respeto a la dignidad humana. Por ello, la
libertad sexual y la libertad reproductiva se materializan a través de las
decisiones personales como máxima expresión de la libertad individual
y ciudadana en los contextos laicos.
- Vinculación entre los derechos sexuales y los
derechos reproductivos y el marco normativo
- Las disposiciones legales, interpretadas a la luz del contexto o caso
concreto y los derechos sexuales y derechos reproductivos de las otras
personas, son el único limitante al ejercicio de estos derechos humanos,
dentro de un marco ético y de principios como la autonomía, la
beneficencia, la no maleficencia y la justicia, propios de una sociedad
democrática que garantiza la libertad, igualdad y respeto por las
diferencias. El límite para el ejercicio de algunos de los derechos
sexuales, también está determinado por el momento evolutivo de niñas
y niños, cuyo acceso es gradual según la madurez física y mental, su
empoderamiento y autonomía.
- Reconocimiento de las acciones
para la garantía de derechos
- La promoción, respeto, protección, exigibilidad y
reivindicación de los derechos sexuales y los derechos
reproductivos es un continuum para asegurar la
garantía que parte desde su conocimiento hasta su
materialización o restablecimiento en los casos que son
vulnerados.
- Responsabilidad en los ámbitos de la
sexualidad y la reprodución
- El ejercicio libre de los derechos conlleva responsabilidades individuales y sociales que deben ser
previstas, entendidas e interiorizadas por las personas y las instituciones a partir de adecuados
procesos de información y garantía de tales libertades. Este principio también implica
corresponsabilidad y la necesidad de concurrencia del Estado, las familias y la sociedad, para el logro
de los objetivos y propósitos de la PNSDSDR.
- Integralidad y no fragmentación para la garantía
de los derechos sexuales y reproductivos
- la Ley Estatutaria en Salud señala que los servicios y tecnologías de salud deberán ser suministrados
de manera completa para prevenir, paliar o curar la enfermedad, con independencia de su origen,
condición de salud, sistema de provisión, cubrimiento o financiación definido por el legislador. No
podrá fragmentarse la responsabilidad en la prestación de un servicio de salud específico en
desmedro de la salud del usuario
- Armonización
- Esta Política potencia, articula, complementa y hace sinergias con los
demás desarrollos contenidos en instrumentos nacionales e
internacionales, normas, planes y programas con que cuenta el país en
torno a la sexualidad, los derechos sexuales y los derechos reproductivos,
no entra en contradicción con ellos y procura el logro de los objetivos
comunes.