SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA PRINCIPIOS
DE ACCION DEL ESTADO
1. Sexualidad como condición Humana
El Estado a través de sus instituciones debe propiciar,
facilitar y proveer las condiciones necesarias y favorables
para el disfrute de la sexualidad, el libre y responsable
ejercicio de los derechos sexuales y los derechos
reproductivos que de ella se originen, ya que la sexualidad
así entendida, comporta un especial contenido y alcance
trascendente, por lo cual los espacios tradicionales de
socialización, esto es, la familia y la escuela, están
llamadas a desempeñar roles de especial significado e
impacto.
2. Igualdad y
equidad
En este sentido, la Ley Estatutaria en Salud
afirma que el Estado debe adoptar políticas
públicas dirigidas específicamente al
mejoramiento de la salud de personas de
escasos recursos, de los grupos en contexto
de vulnerabilidad y de los sujetos de especial
protección.
3.Diversidad y No discriminación
Cada persona es diferente y por lo tanto cuenta
con una identidad íntimamente vinculada con la
dignidad humana; Los derechos sexuales y los
derechos reproductivos, como cualquier derecho
50 Política Nacional de Sexualidad, Derechos
Sexuales y Derechos Reproductivos Colombia
humano, son inherentes a cada persona desde su
diversidad y están asociados al derecho a la
intimidad y respeto a la confidencialidad, lo cual se
encuentra especialmente regulado desde la Ley
Estatutaria, donde se garantiza la confidencialidad
de toda la información que sea suministrada en el
ámbito del acceso a los servicios de salud y de las
condiciones de salud y enfermedad de la persona.
4.Diferenciación entre sexualidad y reproducción
La sexualidad y la reproducción son dos realidades y
conceptos que aunque están muy ligados representan
dos ámbitos diferentes en la vida humana, por lo tanto,
los derechos sexuales son independientes de los
derechos reproductivos
5. Libertad sexual y reproductiva
La salud sexual y la salud reproductiva entrañan a su
vez, la capacidad de disfrutar de una vida sexual
satisfactoria y sin riesgos y la libertad para decidir
procrear o no hacerlo, o cuando y con qué frecuencia
6. Vinculación entre los derechos
sexuales y los derechos
reproductivos y el marco normativo
Las disposiciones legales, interpretadas
a la luz del contexto o caso concreto y
los derechos sexuales y derechos
reproductivos de las otras personas, son
el único limitante al ejercicio de estos
derechos humanos, dentro de un marco
ético y de principios como la autonomía,
la beneficencia, la no maleficencia y la
justicia, propios de una sociedad
democrática que garantiza la libertad,
igualdad y respeto por las diferencias.
7. Reconocimiento de las acciones para
la garantia de los derechos
La promoción, respeto, protección,
exigibilidad y reivindicación de los
derechos sexuales y los derechos
reproductivos es un continuum para
asegurar la garantía que parte desde su
conocimiento hasta su materialización o
restablecimiento en los casos que son
vulnerados.
8. Responsabilidad en los ambitos de la
sexualidad y la reproducción
El ejercicio libre de los derechos conlleva
responsabilidades individuales y sociales que deben ser
previstas, entendidas e interiorizadas por las personas y
las instituciones a partir de adecuados procesos de
información y garantía de tales libertades. Este principio
también implica corresponsabilidad y la necesidad de
concurrencia del Estado, las familias y la sociedad,
9. Integralidad y no fragmentación para la garantía de
los derechos sexuales y los derechos reproductivos
En este sentido, la Ley Estatutaria en Salud señala
que los servicios y tecnologías de salud deberán ser
suministrados de manera completa para prevenir,
paliar o curar la enfermedad, con independencia de
su origen, condición de salud, sistema de provisión,
cubrimiento o financiación definido por el legislador.
No podrá fragmentarse la responsabilidad en la
prestación de un servicio de salud específico en
desmedro de la salud del usuario.
10. Armonización
Esta Política potencia, articula, complementa y hace
sinergias con los demás desarrollos contenidos en
instrumentos nacionales e internacionales, normas, planes y
programas con que cuenta el país en torno a la sexualidad,
los derechos sexuales y los derechos reproductivos, no entra
en contradicción con ellos y procura el logro de los objetivos
comunes