Zusammenfassung der Ressource
VÍA ALTERNA GASODUCTO
- DEFINIFICIÓN
- LEY AGRARIA
- TITULO QUINTO DE LA PEQUEÑA
PROPIEDAD INDIVIDUAL DE
TIERRAS AGRICOLAS,
GANADERAS Y FORESTALES
- Artículo 116.-I. Tierras agrícolas: los
suelos utilizados para el cultivo de
vegetales. II. Tierras ganaderas: los
suelos utilizados para la
reproducción y cría de animales
mediante el uso de su vegetación,
sea ésta natural o inducida.
- REGLAMENTO DE GAS NATURAL
- Capítulo I.- Disposiciones Generales
- Artículo 2.- Definiciones. --VIII.
Ductos: Las tuberías e
instalaciones para la conducción
de gas;-- IX. Gas o gas natural: La
mezcla de hidrocarburos
compuesta primordialmente por
metano; --XVI. Transporte: La
actividad de recibir, conducir y
entregar gas por medio de ductos
a personas que no sean usuarios
finales localizados dentro de una
zona geográfica
- Oupación de Terreno
- LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 27
CONSTITUCIONAL EN EL RAMO DEL
PETRÓLEO
- ARTICULO 10.- La industria petrolera es de utilidad pública,
preferente sobre cualquier aprovechamiento de la superficie
y del subsuelo de los terrenos, incluso sobre la tenencia de
los ejidos o comunidades y procederá la ocupación
provisional, la definitiva o la expropiación de los mismos...
- LEY AGRARIA
- Capítulo IV De la
Expropiación de Bienes
Ejidales y Comunales
- Artículo 93.- Los bienes ejidales y comunales podrán ser
expropiados por alguna o algunas de las siguientes causas de
utilidad pública: IV. Explotación del petróleo, su
procesamiento y conducción, la explotación de otros
elementos naturales pertenecientes a la Nación y la
instalación de plantas de beneficio asociadas a dichas
explotaciones
- Artículo 94.- La expropiación deberá tramitarse
ante la Secretaría de la Reforma Agraria...
- LIITACIÓN
- INDEMNIZACIÓN