Prestación por maternidad y paternidad

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Mindmap am Prestación por maternidad y paternidad, erstellt von Alexis San Miguel am 01/06/2017.
Alexis San Miguel
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Prestación por maternidad y paternidad
  1. Prestación por maternidad
    1. ¿Qué es?
      1. Es un subsidio que se reconoce a los trabajadores, durante los periodos de descanso legalmente establecidos , en los supuestos de maternidad , adopción, acogimiento familiar y tutela.
      2. ¿Qué evita?
        1. Esta prestación es económica que trata de cubrir la pérdida de rentas o ingresos que sufren los trabajadores cuando se suspende el contrato o se interrumpe su actividad para disfrutar de los periodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento y tutela, legalmente establecidos.
        2. ¿Cuando se inicia?¿Cuando finaliza?
          1. se inicia
            1. El derecho a la prestación nace a partir del día del parto o desde el inicio del descanso, de ser éste anterior; en los casos de adopción y tutela, a partir de la resolución judicial y en los casos de acogimiento, a partir de la decisión administrativa o judicial.
            2. finaliza
              1. Transcurridas las semanas de descanso legalmente establecidas.
            3. ¿Quien se encarga de reconocer y pagar la prestación?
              1. Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o Instituto Social de la Marina (ISM) (Entidades gestoras competentes)
              2. Requisitos
                1. Estar afiliados y en alta o en situación asimilada de alta
                  1. Tener cubierto un periodo de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del parto o al inicio del descanso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
                2. Prestación por paternidad
                  1. ¿Qué es?
                    1. La prestación por paternidad protege el derecho del trabajador a percibir un subsidio durante los días de suspensión del contrato de trabajo, o cese en la actividad, en caso de nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento.
                    2. ¿Qué trámites se deben realizar?
                      1. La solicitud en los modelos normalizados establecidos por la Administración de la Seguridad Social.
                        1. La documentación personal y específica, de acuerdo con cada caso, tal y como se informa en el modelo de solicitud.
                        2. ¿Qué evita?
                          1. La prestación por paternidad protege el derecho del trabajador a percibir un subsidio durante los días de suspensión del contrato de trabajo, o cese en la actividad, en caso de nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento.
                          2. ¿Cuando se inicia esta prestación? ¿Y finaliza?
                            1. hasta
                              1. que finalice el descanso por maternidad o inmediatamente después de éste, siempre que se disfrute del descanso correspondiente
                              2. se inicia
                                1. Desde la finalización del permiso retribuido por nacimiento del hijo, o desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción, o a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento, adopción o acogimiento
                              3. ¿Quien se encarga de reconocer y pagar la prestación?
                                1. Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o Instituto Social de la Marina (ISM) (Entidades gestoras competentes)
                                2. Requisitos
                                  1. Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta.
                                    1. Tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del período de suspensión o del permiso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a la mencionada fecha.
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