Zusammenfassung der Ressource
HISTORIA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR
- EPOCA COLONIAL
- 28 DE AGOSTO
DE 1563
- Se crea la Real
Audiencia de
Quito y se amplía
y organiza de
mejor manera la
estructura
- 1731
- Se instituye en
Quito el Juez de
Barrio
- 31 DICIEMBRE
DE 1777
- Se establecen
los alcaldes de
barrio, a
quienes se les
asignó un
distrito
específico en la
ciudad
- 09 DE
AGOSTO
DE 1791
- El Presidente de la Real
Audiencia, Don Luis Muñoz
de Guzmán y Montero de
Espinoza, expidió el primer
reglamento de policía del
que se tiene conocimiento
en nuestra historia
- 31
DICIEMBRE
DE 1799
- Don Luis Francisco Héctor,
Barón de Carondelet, el
Cabildo quiteño formó el
Cuerpo de Serenos,
encargándole
exclusivamente de la
vigilancia nocturna de la
ciudad
- 26 DE JUNIO
DE 1814
- El Presidente de la
Real Audiencia, Don
Toribio Montes,
aprobó un nuevo
Plan de Policía
- 24
SEPTIEMBRE
DE 1818
- Don José Ramírez y Orozco,
expidió otro Plan de Policía,
en el que se dividía a la
ciudad en cuatro sectores o
cuarteles asignándoles al
Oidor la responsabilidad del
control policial nocturno
- 1822
- 27 DE
MARZO
- El Presidente de la Real
Audiencia, Don
Melchor Ay Merich,
expide un Reglamento
provisional de Policía,
según el cual se fija al
Presidente como la
autoridad máxima del
ramo en toda la
Audiencia
- 22 DE DICIEMBRE
- Libertador
Simón Bolívar,
fue expedido el
Reglamento de
Policía de
Colombia
- GRAN COLOMBIA
- 29 DE
MAYO de
1822
- El sistema policial
colonial entró en
decadencia por
efectos de la
transición política
y el nuevo orden
de cosas
- 02 DE
ENERO1830
- Fueron suprimidas
las jefaturas y
establecidas en su
lugar las
Prefecturas de
Policía, con
jurisdicción
provincial
- 02 DE
OCTUBRE
1827
- El congreso Gran
colombiano expidió
un decreto creando
jefaturas de policía
en las principales
ciudades del país y
dispuso la
elaboración de un
Reglamento de
Policía
- EN LA REPÚBLICA
- 1831 QUITO
1833
GUAYAQUIL
- Fueron expedidos los primeros
reglamentos de policía
estructurando a la Policía con
jefe, comisarios y celadores,
todos dependientes del
correspondiente Concejo
Municipal y con jurisdicción
cantonal
- Se estableció la Dirección
General de Policía con sede en
Quito, organismo que tuvo
vigencia hasta 1937, en que se
transformó en Inspección
General de Policía
- SIGLO XX
- 1945 1946
- Establece a la
Policía y las Fuerzas
Armadas como
Fuerza Pública
- 1998
- La Policía Nacional tuvo
como misión fundamental
garantizar la seguridad y el
orden público,
manteniéndose como fuerza
auxiliar de las Fuerzas
Armada
- 1983
- Aprobaron reformas a la
Constitución,
determinando que la
Policía Nacional tuvo por
misión fundamental
garantizar el orden
interno y la seguridad
individual y social, además
constituía una fuerza
auxiliar de las Fuerzas
Armadas
- 09 DE
NOVIEMBRE 1964
- Se elimina la identidad de
Policía Civil y la institución
adopta un nuevo nombre,
Policía Nacional,
estructurándola con los
servicios urbano, rural,
tránsito e investigaciones
- 31 OCTUBRE
DE 1951
- Congreso introduce varias
reformas en las leyes
sustanciales, una de las
cuales sustituye el nombre
de Guardia Civil por la nueva
identidad Policía Civil
Nacional
- 08 DE JULIO
DE 1938
- Ley orgánica, las Fuerzas
de Policía se transforman
en Cuerpo de Carabineros,
manteniendo su carácter
militar, se suprime la
Inspección General de
Policía y se crea en su
reemplazo la Comandancia
General
- 04 DE ENERO
DE 1938
- General Alberto
Enríquez Gallo, Jefe
Supremo de la
República, dicta una
nueva ley orgánica,
por la cual se organiza
militarmente a la
institución
- 12 DICIEMBRE
1923
- Un nuevo reglamento general
para la Organización y Servicio
de la Policía, por parte del
Presidente José Luis Tamayo,
la Policía de Orden y
Seguridad cambió a la nueva
identidad de Policía Nacional,
manteniendo su carácter civil,
y asimismo, organizada en
cuerpos provinciales
- SIGLO XXI
- 2008
- La Constitucional
establece
- CARACTER
- obediente y no
deliberante, de
carácter civil,
armada, técnica,
jerarquizada,
disciplinada,
profesional y
altamente
especializada
- MISIÓN
- atender la seguridad
ciudadana y el orden
público, y proteger el
libre ejercicio de los
derechos y la seguridad
de las personas dentro
del territorio nacional