Modalidades y Beneficios Laborales en el Perú Elaborado por Manuel Paredes Aranzamendi

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Elaborado por Manuel Paredes Aranzamendi
Manuel  Paredes
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Manuel  Paredes
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Modalidades y Beneficios Laborales en el Perú Elaborado por Manuel Paredes Aranzamendi
  1. Tipos de contratos de trabajo
    1. Contrato a plazo indeterminado o indefinido
      1. tiene fecha de inicio pero no una fecha de terminació
        1. Una manera de comprobar es a través de los boletos de pago o remuneración, ahí consta la fecha de inicio
        2. Contrato a plazo fijo o determinado
          1. Sujeto a Modalidad. Es aquel donde la prestación de servicios se da por un tiempo determinado y se celebra por una necesidad específica.
        3. Beneficios laborales
          1. Gratificaciones
            1. Se otorgan en Fiestas Patrias y en Navidad y equivalen proporcionalmente al tiempo trabajado en el semestre
            2. Descanso Remunerados
              1. Los descansos remunerados son tres:
                1. • Descanso semanal obligatorio, que es el derecho a descansar 24 horas consecutivas por semana que preferiblemente debe ser el día domingo
                  1. Descanso en días feriados, de acuerdo a Ley, los trabajadores tienen derecho a descansar los siguientes días feriados
                    1. El trabajo realizado en estos días feriados sin que sea sustituido por otro debe ser pagado con una sobretasa del 100%.
                  2. Vacaciones anuales
                    1. Es el derecho a descansar 30 días calendario por cada año completo de servicios
                    2. Compensación por Tiempo de Servicios
                      1. Este beneficio se otorga a los trabajadores que cumplan una jornada mínima de 4 horas y que hayan laborado por lo menos un mes; equivale a una remuneración
                        1. Este beneficio no es un concepto remunerativo, por lo que no está sujeto a descuento por Pensiones ni por Renta de Trabajo.
                        2. Asignación familiar
                          1. Es el derecho de los trabajadores que tengan a su cargo uno o más hijos menores de 18 años a percibir una asignación equivalente al 10% del ingreso mínimo legal y que para este año asciende al monto de S/.55.00
                            1. En el caso de que el o los hijos cumplan más de 18 años y se e3ncuentran realizando estudios superiores o universitarios, la asignación deberá seguir siendo otorgada hasta por un plazo máximo de 6 años.
                            2. Seguro de Vida
                              1. El trabajador tiene derecho a un seguro de vida a cargo de su empleador una vez cumplidos cuatro años de labor; sin embargo el empleador facultativamente podrá tomar el seguro a partir de los tres meses de servicio; siendo los periodos trabajados acumulables para efecto de cumplir el requisito
                                1. De acuerdo a Ley, los beneficiarios de este seguro de vida son el cónyuge y/o conviviente, y los descendientes; sólo a falta de estos les corresponderá a los ascendientes y hermanos menores de 18 años
                                2. Utilidades
                                  1. Es el derecho constitucional laboral de participar en un porcentaje en las ganancias de sus empleadores al ser empresas generadoras de renta de tercera categoría (denominadas también rentas empresariales) y que se otorga en un plazo máximo de 30 días de que el empleador ha presentado su declaración anual de impuestos a la Renta
                                  2. REMUNERACION MINIMA VITAL
                                    1. Cuando el trabajador cumpla con la jornada ordinaria máxima legal o contractual, tendrá derecho a percibir la remuneración mínima vital que se establezca conforme a Ley. Si éste labora en jornadas inferiores a cuatro (4) horas diarias, su remuneración no podrá ser menor a la parte proporcional de ésta.
                                  3. Subdivisión de los tipos de contratos sujetos a modalidad
                                    1. Temporal:
                                      1. inicio de actividad, necesidad mercado, reconvención empresarial.
                                      2. Ocasional
                                        1. ocasionalidad, suplencia y emergencia.
                                        2. Accidental
                                          1. específico, temporada e intermitente
                                          2. Contrato a tiempo parcial
                                            1. Este tipo de contrato, a diferencia de los contratos por plazo indeterminado o fijo, no cuentan con el beneficio de vacaciones, pago de CTS y del derecho a la indemnización por despido arbitrario.
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