Erstellt von Ricardo Alvarado
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Teoría Política clase 1 Teoría de la Sociedad. Estudia principalmente el hombre y su comportamiento en la sociedad. En un principio en la teoría política se estudiaba las características del hombre para saber cómo gobernarlo y ahora se estudia para saber cómo debe ser protegido, a través de la tutela y garantía de derechos fundamentales. 3 características fundamentales La mundanidad La sociabilidad La Politicidad. La Dignidad Humana La Mundanidad Significa que el hombre está inserto en el mundo físico, real. La mundanidad genera dos consecuencias, el hombre interactúa con la naturaleza y sus recursos, y así mismo los af3ecta a través de conductas. El ser humano tiene necesidades mundanas y estas deben ser satisfechas. La Sociabilidad. Es la condición que tiene el ser humano por la cual vive necesariamente en sociedad. Vive en sociedad porque no puede satisfacer por sí solo las necesidades propias. Mario Verdugo dice: “El hombre no existe, sino que coexiste, el hombre no vive, sino que convive”. Es decir, es parte de su esencia vivir en sociedad. La Politicidad. Se refiere a la sociedad organizada, por tanto la sociedad requiere en primer lugar de orden, regulación y por último, que esté dotada de poder político a través del cual se toman decisiones importantes. Aristoteles decía que el ser humano es un animal político, es decir, que instintivamente el hombre busca ordenar la sociedad mediante normas y procedimientos. El Contractualismo. El ser humano vive originalmente en un estado de Naturaleza y es mediante un acuerdo o pacto que las personas, por su propia conveniencia, salen de este estado de naturaleza y dan paso a formar una comunidad organizada política y jurídicamente. La Dignidad Humana. El ser humano es un ser Digno por naturaleza y por tanto merece respeto y consideración. Art. 1° CPR “Todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos” capítulo primero sobre bases de la institucionalidad. Si el ser humano es sujeto de Derecho y obligaciones, el hombre debe comportarse de acuerdo a ello. De la dignidad emanan los Derechos Humanos y con su nacimiento nace la obligación de respetarlos. La Sociedad. Concepto. Es un gran número de personas que obran conjuntamente para satisfacer sus necesidades colectivas y que comparten una cultura común. Características. 1° Está compuesta por un gran número de personas. 2° Es una unidad diversa de sus miembros o distinta de los individuos que la componen. 3° Persiguen un objetivo común, el bien común. Concepción Mecanicista. Esta señala que la sociedad no es otra cosa que la suma del uno por uno de todos los individuos que la componen, por tanto los individuos son las únicas realidades existentes y los grupos sociales son sólo ficciones o abstracciones. Por tanto no existen ni los fines sociales, ni las necesidades sociales, sólo existen los fines individuales y las necesidades individuales. Concepción Organicista. La sociedad es un ente único, independiente de los sujetos que la componen. Esta concepción reconoce la realidad individual y a la vez una realidad social. Por tanto existen fines sociales y necesidades sociales, además de fines individuales y necesidades individuales. Agrupaciones Humanas. Las agrupaciones se pueden dividir según su naturaleza entre necesarias y voluntarias: Las necesarias son aquellas que el hombre inevitablemente debe formar como el Estado y la familia. Las voluntarias no constituyen una exigencia de la naturaleza humana, el hombre las va creando de acuerdo a su mayor o menor grado evolutivo como, la Iglesia, los partidos políticos, sindicatos, etc. Desde el punto de vista de la eficacia se clasifican entre perfectas e imperfectas: Perfectas. Son aquellas que poseen los elementos necesarios para satisfacer de una mejor forma las necesidades colectivas y personales de sus miembros, el Estado. Imperfectas. Son aquellas que requieren de otras agrupaciones humanas para satisfacer las necesidades humanas. La sociedad está compuesta por tres niveles: 1° nivel Individual. 2° Nivel Asociativo. 3° Nivel Estatal 1 ° Nivel Individual. La sociedad está compuesta por individuos. 2° Nivel Asociativo. Un conjunto de personas deciden voluntariamente unirse en torno a un fin. En Derecho estos grupos se denominan grupos o cuerpos intermedios. Estos grupos en conjunto reciben el nombre de sociedad civil y le dan dinamismo a la sociedad en general. 3° Nivel Estatal. Solamente las sociedades más evolucionadas logran agruparse estatalmente, de esta forma sew genera un cuerpo más extenso y poderoso con potestades o facultades para dictar normas obligatorias y ejecutarlas incluso mediante la fuerza. La Política. Relación entre el nivel individual y el asociativo. En que las personas individuales ejercen su derecho de asociarse, los individuos forman grupos intermedios mediante el ejercicio de su Derecho fundamental, la libertad de asociación, reconocida en el Art 19 n°5 de la CPR. Existe una necesidad recíproca entre el primer y el segundo nivel. Relación de nivel individual con el Estatal. El Estado se puede vincular con el individuo de dos formas. Primero, estableciendo normas que regularán el comportamiento del individuo. El Estado establece normas de conducta al sujeto imperado y a su vez en una segunda forma, está al servicio del individuo como lo señala el Art 1° inc 4° CPR “El estado está al servicio de la persona humana…” Es decir, protege al individuo y a su vez toma las medidas necesarias para facilitar la máxima realización personal, todo esto por el principio de servicialidad. Relación entre los grupos intermedios y el Estado. El principio rector es el principio de subsidiaridad. Los grupos intermedios deben contar con la suficiente autonomía para que puedan desarrollar plenamente todas sus actividades, los grupos intermedios deben cumplir los asuntos para los que fueron creados y dentro del marco legal. El principio de subsidiaridad tiene dos fases, la positiva es que el Estado debe actuar cuando los particulares no están capacitados para hacerlo, ya sea porque no quieren o no pueden. La fase negativa significa que el Estado no puede intervenir en aquellas actividades que los particulares y los grupos intermedios pueden actuar. Teoría Política clase 2 La Política. La Política se manifiesta cuando existen ideologías distintas dentro de la sociedad. La Política se centra en el estudio de la pluralidad de sujetos, ya que al haber solamente una o dos personas no hay sociedad. Existen diversos sentidos de la Política: Política en el Sentido Amplio.- Max Weber se refiere a ella como “Cualquier actividad de dirección con capacidad de toma de decisiones en grupo, para alcanzar cualquier fin”. Política en el Sentido Estricto o Restrictivo.- Se refiere a la toma de grandes decisiones en relación con el Estado, relacionada con la actividad encaminada a la búsqueda y el ejercicio del poder político. Fase Agonal y Arquitectónica. Fase Agonal.- Es la etapa en que las distintas fuerzas políticas luchan para alcanzar el poder, así se desarrolla la búsqueda del poder por los partidos políticos y los grupos de poder. Se desenvuelve en las campañas y propagandas políticas, también en los programas de gobierno. Esta actividad se encuentra regulada en cada Estado para que las fuerzas políticas participen en igualdad de condiciones. Fase Arquitectónica.- Se refiere al desarrollo y ejercicio del poder cuando este fue alcanzado mediante alguna de las actividades desarrolladas en la fase agonal. Una vez alcanzado el poder se comienza a construir el modelo social a seguir, todo dentro de un marco jurídico objetivo para que actúe el sujeto, por tanto, debe someterse primeramente a la Constitución y las Leyes. Mando y Obediencia. La actividad política se centra en la lucha de poder, esta lucha tiene sentido cuando existe la disputa del mismo. El contenido del poder.- Involucra primero el poder de mandar, así como el de tomar decisiones trascendentales porque afecta la vida de otros. La relación que se produce entre el sujeto que detenta el poder y los miembros de la sociedad es una relación bilateral, de mando y obediencia. El mando supone alteridad (ejercer el poder respecto de otro). El concepto de mando debe diferenciarse del concepto de autoridad y mandato. La Autoridad. Es la existencia de una ascendencia moral de un sujeto por sobre otro. Mando y mandato no son lo mismo, el mando se relaciona con el poder que ejerce un sujeto sobre otro y el mandato es una relación contractual mediante el cual una persona le encarga a otra realizar uno o más negocios, por tanto, quien ejerce el poder ejerce el mando. En el sentido anterior el Primer mandatario será el primer servidor del pueblo por mandato del mismo. La Obediencia. Cuando estudiamos la obediencia, lo hacemos asociada al sujeto destinatario del mando, el cual puede tomar dos actitudes respecto del mismo, obedecer o desobedecer. *Si obedece la relación se mantiene y se perfecciona. *Si desobedece no se perfecciona la relación y quien tiene el mando podrá tomar dos posturas: -Obtener el cumplimiento por la fuerza. -O desistir generando el fracaso de la relación. *Otra situación intermedia, es cuando el actor reconoce el poder de quien lo detenta y aún así insiste en desobedecer. ¿Por qué se obedece? Según María Ángela Vivanco “Se puede explicar la obediencia por dos circunstancias por adhesión íntima o por razones externas. Por adhesión íntima el sujeto obedece con el íntimo convencimiento de que lo mandado debe ser cumplido de esa manera (relación de mando perfecta). Razones externas. Se refiere a que la persona obedece para evitar el caos o la anarquía, o bien porque se le impone mediante la fuerza o violencia de mando, o bien porque teme que se le aplique fuerza o violencia en su contra. DERECHO POLÍTICO Y DISCIPLINAS AFINES. El Derecho Político: Adolfo Posada señala “El objeto de estudio del Derecho Político son dos instituciones el Estado y el Derecho”. Para Georg Jellinek “El Derecho Político no es una disciplina que continúe después de la Teoría del Estado, sino que es parte de esta. La Teoría del Estado estaría compuesta por el elemento Jurídico Derecho Político y los aspectos sociológicos del Estado”. Hanz Kelsen dice “La Teoría del Derecho Político se identifica con la Teoría General del Estado y que una y otra son básicamente la misma cosa” Para nosotros el Derecho Político es el centro de atención del Estado que se estudia como un ente de naturaleza más bien jurídica que sociológica, así como también sus relaciones más básicas y esenciales con los aspectos que la componen. Pablo Lucas Verdú señala que “Es aquella rama del Derecho interno que estudia las normas e instituciones reguladas de los poderes estatales y de las libertades fundamentales en el contexto histórico y sociopolítico. Relación del Derecho Político con otras Disciplinas. Con el Derecho Público. El derecho regula la conducta de los sujetos con carácter bilateral, regula las relaciones del Estado con los individuos u otros estados en caso del Derecho Público, tanto interno como internacional. Esta rama del Derecho da origen al Derecho Privado interno o al derecho internacional privado. El Derecho político es entonces una rama del Derecho Público existiendo entonces una relación de género a especie. Relación con el Derecho Constitucional. El Derecho político entrega las bases sobre las cuales se estructurará más tarde el Derecho Constitucional. Entonces así como el derecho político aborda los conceptos de Estado, poder, soberanía, etc. El Derecho Constitucional establece la regulación normativa de esos elementos. Relación con la economía Política. La economía política utiliza para su estudio elementos propios de la economía misma, así como de la política, fijar las políticas públicas en materia económica es precisamente aquello que es estudiado y regulado por esta disciplina. Por tanto, la información que entrega el Derecho político es vital para los estudios de economía política. Relación con la Filosofía Política. Se preocupa por definir los aspectos de los conceptos que luego estudiará el Derecho Político, la filosofía política aporta conceptos o ideas fundamentales en torno a la ética, fundamento y rectitud en lo que al gobierno y ejercicio del poder se refiere. Relación con la Ciencia Política. La ciencia política también estudia el fenómeno Estado y se preocupa de la política. El Derecho Político estudia a la política en el marco jurídico que la regula, en cambio la ciencia política analizará las causas, principios y proporciones de la política en la comunidad. TEORIA DEL ESTADO. Concepto de Estado. EL vocablo Estado. Se utiliza por primera vez por Maquiavelo en su obra “El Príncipe” de 1515 “Todos los Estados, todas las dominaciones que ejercen y han ejercido soberanía sobre los hombres han sido y son todas repúblicas o principados”. Jean Bodin en su obra los seis libros de la república también usaría el término Estado en 1576. En el siglo XVII y XVIII Motesquieu lo haría también en su obra El espíritu de las leyes. Definiciones del Término Estado. Opinones de los Tratadistas. 1.- Concepto Sociológico del Estado o Conceptos Políticos del Estado. Se caracteriza esta concepción por poner especial interés en el Estado como una forma de sociedad dotada de un poder central que lo dirige y gobierna. En esta concepción se destaca la sociedad y el Poder. George Bordeau postula que el Estado es una forma de poder político, es el poder institucionalizado, dotado de una organización establecida que permite dirigirlo correctamente. De esta corriente provienen los creadores del socialismo Marx y Engels, para ellos “El estado se define como una fuerza o poder organizado al servicio del interés de una clase social que impone a través del Derecho y la coerción un ordenamiento de las actividades humanas al servicio de dichos intereses. De esta forma el Estado nace como producto de la división de la sociedad en clases, y constituye un fenómeno transitorio que deberá desaparecer cuando acabe el conflicto de clases y sean remplazadas las relaciones capitalistas de producción por las relaciones de producción socialista. Herman Heller dice “El Estado es un grupo capaz de dominar un territorio, revestido de una unidad soberana de acción y decisión”. Si se levanta una forma de poder que niega la existencia del Estado la ciudadanía tiene dos opciones, someterse o revelarse. En Conclusión. Estos conceptos aluden a dos focos de atención, el Estado como cuerpo social organizado y el Estado como sociedad política dotada de un poder soberano, por tanto vuelve a aludir al concepto de sociedad y poder. Concepto Jurídico del Estado. Según Hanz Kelsen “El Estado no es una entidad natural, proviene del mundo de las normas o de los valores, el Estado por esencia es un sistema de normas o la expresión para designar la unidad de tal sistema de normas”, para Kelsen el Estado y las normas son lo mismo, el Estado es la forma en que se perfeccionan las normas jurídicas. Georg Jellinek plantea “El Estado es una corporación, es decir, una entidad netamente jurídica y no social. Esta corporación está formada por el pueblo, por el poder de mando originario y debe estar asentada en un determinado territorio”. Concepto Deontológico o Finalista del Estado. Esta postura asigna al Estado una razón de ser, pero lo cierto es que no basta que el Estado persiga un fin, sino que este fin debe ser noble y este es el bien común. André Hauriou define al Estado como una agrupación humana fijada en un territorio determinado en la que existe un orden social, político y jurídico orientado hacia el bien común, establecido y aumentado por una autoridad dotada de poderes de coerción. 2. Concepto Utilitario. Para definir al Estado debemos referirnos a los elementos del Estado, los discutibles y los indiscutibles. Elementos indiscutibles: -Elemento humano, compuesto por el pueblo, nación o población. -Elemento espacial o físico, compuesto por el territorio. -Elemento Político, compuesto por la soberanía o poder político. Elementos Discutibles: -Elemento Jurídico, es el ordenamiento jurídico o Derecho. -Elemento finalista, que es la búsqueda del bien común. Por tanto Estado según la concepción utilitaria es: “La Organización Política de un grupo humano establecido en un territorio, sobre el cual se ejerce un poder soberano y que cuenta con un ordenamiento jurídico que lo regula y busca el logro del bien común. Teoría Política clase 3 Evolución del Estado en la Historia La Antigüedad. En la época pre-estatal existía el caudillo como líder, por lo mismo no merece mayor análisis. Egipto. En Egipto existía una relación del soberano con una estructura organizativa de tipo religioso, desprovisto de un ordenamiento jurídico. No existía un espíritu institucional ya que se seguía al líder por su valor religioso. Grecia. Se organizaba bajo la estructura de ciudades Estado denominadas Polis y que denotaban un evidente avance institucional. Dos de las Polis suelen utilizarse como modelos históricos de gobierno, Atenas y Esparta, por existir una democracia en la primera, y una aristocracia en la segunda. Jurídicamente no podemos decir que tuvieran una organización Jurídica, pero se respetaba las decisiones políticas de sus gobernantes, incluso Aristóteles y Paltón identifican la Política con la Virtud. Roma. La Monarquía (del 753-510 a.C.). EN esta época se destaca el Senado y la Asamblea Curiada en la que se elegía un Rey. En este periodo se votaba en la asamblea a los candidatos ofrecidos por el Senado en dos votaciones, la primera era de carácter político-civil y la segunda era una ratificación de los Dioses, por tanto el poder seguía ligado a los Dioses. La República (509-27 a.C.). Durante esta época Roma es interesante porque poseía un sistema mixto constituido por el Tribunado de la Plebe, asociado a un elemento democrático, el Senado, asociado a la Aristocracia y el Consulado que es la monarquía o elemento monárquico propiamente tal. El Imperio (del 27 a.C. al s. V d.C.). Es el período más importante por existir en él un germen de Estado. En cuanto al Derecho podríamos decir que existía un modelo jurídico propio, sin perjuicio de ello la regulación más importante se llevó a cabo en el Derecho privado más que en el Público. En cuanto a su Administración Roma tenía una sociedad compleja y ordenada, cuya organización se imponía a los territorios colonizados. Polibio postulaba el ciclo fatal de la Política (o ciclo fatal de las formas de gobierno). Según él todos los pueblos están destinados a pasar por épocas históricas iniciando con una Monarquía. En ella, cuando una persona detenta todo el poder, se corrompe degenerando entonces en una Tiranía, entonces el tirano es derrocado por un grupo de virtuosos que suelen ser de las clases sociales más acomodadas dando lugar a una Aristocracia. Al morir estos virtuosos sus hijos o herederos reciben el poder, pero ellos ya no son virtuosos y pasa a ser una oligarquía (gobierno de unos pocos privilegiados). Esta oligarquía origina el disgusto de la población que termina tomando el poder y llega entonces una Democracia, pero ellos no poseen el conocimiento y se cae en la Demagogia (oclocracia, gobierno de una muchedumbre) y se vuelve nuevamente al inicio del ciclo. La Edad Media. Se destaca por el dominio de la Iglesia en un sistema de carácter inquisitivo, es decir, no hay un gran avance en la figura del Estado durante esta época. Es durante esta época que cae el Imperio Romano de occidente por causa de las invasiones bárbaras, dividiendo Europa y generando pequeñas organizaciones en que la Iglesia detentó el poder y evitó el desarrollo de la figura del Estado. San Agustín de Hipona y el idealismo Cristiano (su obra es la Ciudad de Dios), señala que el que gobierna debe ajustarse a los designios divinos y así tendrá una ciudad de Dios, de forma contraria, si se aleja de la mano de Dios tendría una ciudad impía. Santo Tomás de Aquino. Santo Tomás diferenciará entre los tipos de Leyes: Ley Eterna. Es la Ley Universal con la que Dios ordena todo lo creado, Dios ordena la creación. Ley Natural. La Ley Natural es la impresión que deja en el hombre la Ley Eterna o la ley de Dios, es decir, cómo interpreta el hombre la ley de Dios. Ley Divina. Son los 10 Mandamientos. Ley Positiva. Es aquella que elabora el hombre y busca el bien común. Santo Tomás también establece el Derecho a rebelión de los súbditos cuando el gobernante se aleja del bien común y esto implica dos circunstancias, primero, dejar de acatar las órdenes del gobernante y segundo, la posibilidad de derrocar al injusto, pero evitando el Magnicidio (matar a una figura importante). El Renacimiento. Con la caída del Imperio Romano de Oriente se inicia la época Moderna y en ella encontramos el Renacimiento. Durante el renacimiento se pierde el sello religioso que había marcado la edad Media, pasando a ser el Estado y la Política algo más pragmático. Nicolás Maquiavelo, inspirado en el Arte de la Guerra de Sun Tzu, en su obra el Príncipe, analiza el fenómeno del poder, cómo obtenerlo y cómo mantenerlo. En este sentido señala que puede obtenerse por armas propias (meritocracia) o ajenas (por herencia o por dinero), pero que siempre se podrá mantener de mejor manera si es por mano propia. Primeramente había que eliminar a las dinastías vencidas y tener una buena relación con el ejército. El Humanismo. Es una corriente que nace durante el Renacimiento, todavía con cierta tendencia religiosa, pero centrada en el hombre y su capacidad de razonamiento, se destaca Tomás Moro y su obra la utopía, Erasmo de Rotterdam, etc. Con el Humanismo surge la corriente Protestante en que destaca Martín Lutero y Juan Calvino y con esta corriente surge especialmente los Derechos Humanos. El Modelo político Renacentista se caracteriza por la figura del Rey con un poder importante, preocupado de reafirmar su presencia territorial por medio de la creación de nuevos imperios, como lo hizo España y Portugal. La Era Moderna. Esta se extiende desde la caída del Imperio Romano de Oriente el el S. XV hasta la revolución francesa en 1789. Se caracteriza por el absolutismo monárquico que se extendió hasta fines del siglo XVIII. Económicamente se destaca el mercantilismo, es decir, la compra de mercancías entre Estados con el objeto de acumular riquezas. En este período destaca Jean Bodin y su obra los seis Libros de la República, en esta obra desarrolla por primera vez la teoría de la soberanía desde la perspectiva del poder Real y los Derechos de la Majestad, en que se justifica los Derechos y atribuciones de la Monarquía. Thomas Hobbes, El Leviatán. Recurre a una figura contractualista para explicar que los hombres hemos renunciado a nuestro poder y Derechos para entregárselos a un Estado que nos dirige. La Época Contemporánea. Se inicia con la Revolución Francesa en 1789. En esta época se pone término al sistema absolutista iniciando el gobierno del pueblo, inspirado por las ideas de la Ilustración, mismas que impulsan la creación de un Ordenamiento Jurídico objetivo no dependiente de la voluntad del Rey y obligatorio tanto para gobernantes como para gobernados. Uno de los autores más importantes es Montesquieu que postulaba la separación de los poderes del Estado, o principio de separación de poderes en su obra El Espíritu de las Leyes. Jean Jacques Rousseau y su obra el Contrato Social, en ella señala que el Poder del Estado nace de la voluntad soberana del pueblo, los miembros de la sociedad hacen un contrato que da origen al poder del Estado. En Norteamérica en 1776 con la independencia surgirían pensadores ilustrados como Benjamin Franklin y Thomas Jefferson. Es en esta época que surgen dos corrientes importantes, el Socialismo y el Liberalismo. El Liberalismo. Se ampara en la libertad del individuo en sus distintos ámbitos, destacando el Derecho de propiedad, entre sus autores más importantes están Jhon Locke y Adam Smith. En cambio en el Socialismo encontramos a Marx y Engels, cuya mayor preocupación radica en las diferencias de clases, postulando que el proletariado debe vencer a la clase burguesa y de esa forma terminar el Estado (el poder del Estado existe, pero es transitorio). Estas ideologías llevan al mundo a dividirse en dos bandos (LA guerra fría), bloque capitalista y el bloque comunista, es en este contexto en que los países del tercer mundo debían tomar partido por alguno de los dos bandos. Algunos autores postulan que al caer el muro de Berlín estos bloques desaparecen y que en la actualidad rige un Capitalismo democrático. En la actualidad el Poder soberano de un Estado tiene límite, primeramente en los Derechos que emanan de la naturaleza humana (Derechos Humanos) y segundo, ya que el Estado debe propender a resguardar y garantizar los Derechos fundamentales de las personas y su realización personal. El Origen del Estado. Teoría Naturalista. La teoría Naturalista señala que tiene relación con la fijación del momento en que nacen los seres humanos, la necesidad de vivir en sociedad y de organizarse políticamente. A) Aristóteles. En su obra la Política postula que el hombre es sociable por naturaleza y por tanto tenía que vivir en sociedad, además señala que el hombre es esencialmente político. Para Aristóteles el hombre que no vive en la Polis o es una bestia, o es un Dios. Por tanto, para Aristóteles el Estado no nace por la decisión de sus miembros, sino que es parte de la naturaleza de sus miembros, es por esto que se le cataloga como Naturalista. Además señala que el Estado está por sobre la familia y el individuo. B) Santo Tomás de Aquino. Para Santo Tomás el Estado nace naturalmente porque ello deriva de la condición social del hombre. Para el Ser humano es natural vivir en sociedad y por tanto es natural que viva en un gobierno que lo rija y lo dirija. La diferencia con Aristóteles radica en que Santo Tomás señala que las leyes Eternas se impregnan en el hombre a través de las Leyes naturales y para esta organización se crea la ley Positiva, creada por el hombre. Sin perjuicio de lo anterior esta ley positiva debe ir en concordancia con la ley natural. Según Santo Tomás quien gobierna se vincula por dos vías con Dios, adquiere el poder por autoridad divina y además porque su poder se encuentra vinculado a la Ley Natural. C) Germán Bidart Campos. Argentino del siglo XX, reedita las ideas Aristotélico-tomistas y dice que no sólo el hombre tiende a vivir en sociedad, sino que la convivencia también se politiza, de lo contrario la sociedad se deterioraría y caería en la anarquía. Clase 4 Teoría Realista En la Teoría realista el Estado no surge como un hecho natural del hombre. El Estado nace como una obra del hombre que se origina a causa del ejercicio del poder. A) Leon Duguit. El Estado designa a cualquier sociedad humana donde exista una diferenciación política, es decir, una diferenciación entre gobernantes y gobernados. Para este autor el Estado surge como el hecho de ejercer la fuerza, siendo entonces el Estado no una entidad jurídica, sino una realidad histórica. b) Karl Marx. Para Karl Marx el Estado tiene su origen en la división de la sociedad en clases, la burguesía y el proletariado. El Estado, como herramienta de la clase dominante, oprima al proletariado. El Estado es entonces una herramienta de dominación que controla los medios de producción, la propiedad e incluso la Religión. El Proletariado debe, según Marx, recobrar el poder derrocando a la burguesía. En una fase superior, cuando el proletariado recupere el poder el Estado debe ser eliminado puesto que no habrá a quien oprimir. Para los autores Realistas es imprescindible el elemento fuerza, poder y dominación para explicar el origen del estado. Teoría Contractualista. El Termino contractualismo es en sí mismo un contrato, un acto jurídico, un acuerdo de voluntades entre dos o más partes destinado a crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones. Los contractualistas señalan que los hombres viven en un Estado de Naturaleza, sin ninguna organización y los Estados surgen como consecuencia de acuerdos o contratos, celebrados por los miembros de la sociedad. 1. Thomas Hobbes. En su obra Leviatán describe a un monstruo con ese nombre. Un gigante compuesto por cuerpos humanos aglomerados uno sobre otro y que le dan vida. El Leviatán se alimenta de seres humanos que le dan más fuerza. Es tan poderoso que genera terror en la población. Lo cierto es que el Leviatán surge en una segunda fase, la primera fase corresponde al estado de Naturaleza caracterizada por la anarquía y el caos, poniendo al hombre en la necesidad de preservar su vida. Para Hobbes el hombre goza de un Derecho de Naturaleza que es la libertad que cada individuo posee para preservar su propia vida y realizar todo lo que su juicio le aconseje. “El hombre es el lobo del Hombre”, decía Hobbes. El hombre tiene incluso la libertad de matar a otro hombre y es la razón la que le dicta lo debe o no hacer. Si la razón es la que gobierna al hombre, a través de ella descubre ciertas leyes naturales como la de buscar la paz. La Libertad de Hobbes busca preservar: La vida, la integridad física y la corporal. La voluntad de asociarse se manifiesta a través de un pacto social que es fruto de la razón y no de la naturaleza y tienen las siguientes características. -Es un acto de voluntades, cada persona se obliga a designar entre todos a un hombre o una asamblea de hombres a quien o quienes se les otorgará el derecho de representar a todos. -Es un pacto que sólo opera si todos lo aceptan -Existe una renuncia total de los derechos del individuo. -Todos se obligan a respetar las leyes que se acuerden, las cuales obedecen siempre a la razón cuyo fin último será la paz social. -Hay una entrega total de las libertades individuales a este representante, pero además este acuerdo es irrevocable. -Quien intente salir del pacto será severamente castigado mediante la coacción. Es aquí cuando comienza la segunda fase, la del Leviatán y que genera un terror tal que nadie está en condición de desobedecer. 2. Inmanuel Kant en el siglo XVII también va a seguir esta tendencia, es decir, que existe una primera fase de caos, pero se diferencia en que la aparición del pacto o contrato social es una necesidad moral y no de supervivencia. 3. John Locke. 40 años después de Hobbes este autor aporta una nueva visión contractualista. En su obra dos tratados sobre el gobierno civil, específicamente en el segundo ensayo, analiza el nacimiento del Estado y el estado de naturaleza en el que se encuentran los hombres antes de él. Locke postula que en la primera fase reina la libertad, pero lo cierto es que no es absoluta porque se debe obedecer siempre a la ley natural. Según Locke la Ley natural cuenta con dos postulados básicos. Primero, que nadie está habilitado para destruirse a sí mismo ni a sus posesiones, y el segundo, señala que nadie puede dañar a otro ni a sus posesiones. En sus orígenes Locke postula que la propiedad no era privada, sino que era común, pero que cuando el individuo agrega su trabajo, transforma la cosa común en propia. Si bien no existe, para Locke, una guerra natural previa al contrato o pacto, si existe una tendencia al conflicto por una incorrecta interpretación de la ley Natural. Por tanto, existe la necesidad de generar un pacto entre todos los individuos que conforman la sociedad, y este pacto tiene por objeto principal proteger a las personas entre sí, sus derechos y posesiones. Locke plantea que las personas no renuncian a todos sus derechos, sino solamente a los necesarios para mantener con vida a la sociedad, acordando tres grandes materias: -La ley positiva y su contenido. -La existencia de un Juez imparcial. -La fijación de un poder común que aplique la ley. El ente que se formará como producto del pacto social será dirigido sobre la base de las mayorías, porque si lo fuera en base a la unanimidad se generaría una parálisis social. Esta mayoría debe estar gobernada por la ley natural. Locke plantea que si nos e cumple el pacto, se genera la nulidad del mismo volviendo al estado de naturaleza. 4. Jean Jacques Rousseau. En su obra El Contrato Social describe al estado de naturaleza como uno en que el hombre es esencialmente bueno, debido precisamente a su naturaleza asocial, ya que no necesita de otros para sobrevivir. Según Rousseau solamente la familia existiría como sociedad natural y ello solamente se explica por la necesidad de procreación y para proteger a los hijos antes de su emancipación. Cuando el hombre comienza a vivir en sociedad es cuando surgen los problemas para él, iniciando la segunda fase, el Estado Social. El autor plantea que para recuperar la libertad perdida a causa de la vida en sociedad se plantea como solución el “Contrato Social” acordando que: -Cada individuo se obedece a sí mismo y así cada persona recupera su libertad, esto porque quien dirigirá esta sociedad organizada no es un tercero que los ordena, sino que es la voluntad general, misma que es una voluntad nueva que a diferencia de la individual, no comete errores. Las características de la voluntad general son: -Es única porque ninguna voluntad la supera ni se le opone. -Es inalienable, no se puede entregar a otro sujeto o entidad. -Es indivisible, es decir, no es posible dividir el poder en partes más pequeñas. -Es imprescriptible, no se extingue por el transcurso del tiempo, no se pierde por no ejercerse y tampoco se adquiere por este medio. -Es infalible, no comete errores, no falla, porque es expresión de la máxima racionalidad. De esta forma quien gobierna es siempre la voluntad general, sin embargo el sistema ideal sería que los ciudadanos se gobernaran a sí mismos, sin intervención de terceros (democracia directa). En esta teoría un pilar fundamental es el principio de soberanía popular (el poder reside en el pueblo), además sirve como antecedente para ideologías totalitarias actuando a nombre del pueblo. ELEMENTOS DEL ESTADO. ELEMENTO HUMANO. Cuando hablamos del elemento humano nos preguntamos ¿cuál es el grupo humano que surge del elemento humano? Y para responder debemos analizar los siguientes conceptos. Población. Es el conjunto de personas que se encuentran y conviven dentro de un determinado territorio. La población está compuesta por hombres y mujeres, nacionales y extranjeros, personas con y sin derechos políticos. Todo ser humano que reside en un territorio determinado forma parte de la población. Todos los miembros de la población: -Tienen derechos civiles y entendemos por derechos civiles todos aquellos que se tienen por ser persona. -No todos los integrantes de la población tienen derechos políticos, la facultad de elegir y de ser elegido para cargos públicos. La población es estudiada por diversas ciencias, destacando dentro de ellas la demografía y la demología. La demografía analiza a la población en su aspecto cuantitativo, o sea, mide y estudia la relación cantidad y distribución. La demología estudia a la población en sus aspectos cualitativos, vale decir, a las formas de encontrar una mejor población, una mejor calidad de vida para ella. En este sentido debe propender a un mejoramiento de la población y su calidad de vida mediante procedimientos, educación, nutrición, etc. Pueblo. Está compuesto por aquellos que no sólo tienen derechos y obligaciones civiles, sino que además por aquellos que tienen derechos y obligaciones políticos. Es aquella parte de la población que tienen derechos y obligaciones políticas (los ciudadanos), reciben este nombre y se entienden por tales a aquellas personas que pueden ejercer los referidos derechos y obligaciones políticas. Los derechos que pueden ejercer los ciudadanos y por tanto, que pertenecen al pueblo son: 1. Derecho al sufragio. Se ejerce en los casos que la constitución señala, elecciones y plebiscitos. 2. Derecho a optar a cargos públicos de elección popular. 3. Los demás derechos que confiera la constitución y las leyes. La Nación. Es una entidad compuesta por un conjunto de personas unidas por una serie de vínculos o elementos comunes, tales como una tradición, raza, costumbres, religión, etc, que elabora y crea una identidad nacional. Para entender este concepto existen dos escuelas. Escuela Alemana: Aquí el factor determinante es el origen territorial común y el factor étnico. Escuela Francesa: Son los acuerdos que existen entre los miembros de la nación acerca de algunos elementos comunes y especialmente por la idea del bien común. La nación es una entidad permanente, independiente de los individuos que la forman, en cambio la población y el pueblo son mutables y varían según sus individuos y no tienen permanencia. Conclusión: Jaime Guzmán señalaba que el elemento humano es la cara material del Estado, llamada también población, la población es un elemento constitutivo del Estado, no hay Estado sin población. En efecto, al hablar del elemento humano nos referimos a la población. ELEMENTO FÍSICO O ESPACIAL. El Territorio es el espacio en el cual el Estado ejerce su soberanía en forma absoluta. El territorio le pertenece entonces a la persona que ejerce el derecho de dominio en él, la relación entre el Estado y su territorio es de carácter político y no civil, es decir, se ejerce soberanía sobre él, pero no dominio. Por otra parte no puede confundirse, se ejerce soberanía relativa sobre los buques de guerra o barcos en altamar, locales de representación diplomática en el extranjero, aeronaves de guerra y públicas en altamar, barcos mercantiles con bandera nacional del Estado al que pertenecen. Lo cierto es que cuando se reconoce un territorio se generan consecuencias: Consecuencias positivas: El Estado aplica todo su ordenamiento jurídico sobre el territorio, puede usarlo e incluso disponer de él. El territorio es el espacio que le permite al Estado desarrollarse y ejercer sus poderes. Consecuencia Negativas: Ningún Estado puede penetrar en el territorio correspondiente a otro Estado sin autorización. En este sentido el territorio viene a ser un espacio inviolable de intimidad del Estado. Elementos del Territorio: 1. Tierra firme, incluyendo el suelo. 2. Las aguas interiores o terrestres. 3. Mar territorial, su lecho y subsuelo. 4. La Plataforma continental en lo relativo a la exploración y explotación de recursos naturales y 5. El espacio aéreo que cubre a la tierra firme, las aguas internacionales y el mar territorial. Según la Convención de Jamaica o CONVEMAR -Línea de Base Normal. Es la línea de baja mar a lo largo de la costa que aparece marcada en las costas reconocido por el Estado rivereño. -Línea de Base Recta. Procede en las costas desmembradas y unen diversos puntos del continente y de las islas e islotes cercanas al continente, no siguen la línea recta de la costa, sino la dirección general de ella. -línea de base Archipielágica. Son las líneas de base recta que pueden trazar los Estados archipielágicos que unen los puntos externos de las islas. Espacios Marítimos. Mar territorial. Corresponde a aquella franja de mar donde el Estado ejerce soberanía. La convención de Jamaica establece que todo Estado tiene Derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda las doce millas marinas a partir de sus líneas de base. En el caso Chileno el Art. 593 del CC. Establece que el mar territorial tendrá una extensión de 12 millas marinas a contar de la línea de base. La principal limitación del ejercicio de soberanía en el mar territorial es el derecho de paso inocente. Consiste en que los barcos de todos los Estados pueden navegar en el mar territorial de otro siempre que se trate de un paso rápido y sin detenciones. Zona Contigua. El Art 33 de la Convención de Jamaica establece que la zona contigua no podrá extenderse más allá de veinticuatro millas marinas a contar de la línea base. En esta zona el Estado podrá tomar medidas fiscalizadoras necesarias para prevenir infracciones a las leyes de regulación aduanera, fiscales, de inmigración o sanitarias y en segundo lugar sancionar las infracciones a dichas leyes y reglamentos. El Art. 593 del CC. Establece lo mismo de la convención de Jamaica pero bajo el término de mar adyacente. Zona Económica Exclusiva. De acuerdo al Art 55 de la convención de Jamaica es un área situada más allá del mar adyacente sujeta a un régimen productivo específico en el cual los Derechos y la jurisdicción de los Estados y los derechos y libertades de los demás Estados se rigen por las disposiciones de la convención. Por tanto en esta zona los Estados pueden ejercer una serie de Derechos: -Libertad de navegación y sobrevuelo. -Libertad para tender cables y tuberías. -Realizar maniobras navales. -Soberanía sobre los buques que lleven bandera del país. En Altamar. Según el Art. 55 de la Convención de Jamaica constituye todas las partes del mar no incluidas en la zona económica exclusiva, mar territorial, aguas interiores, etc. El altamar no es susceptible de apropiación, reservada sólo para fines pacíficos y todos los Estados tienen Derechos sobre él. Características: -Libertad de navegación y sobrevuelo. -Libertad para tender cables y tuberías submarinas. -Libertad para crear islas artificiales. -libertad de pesca -Libertad científica y sólo puede usarse para fines pacíficos. Clase 5 Elemento Político -El Poder Político y la Soberanía. Sabemos que el Estado es una organización política (la política es la lucha por el poder), es decir, tiene un elemento político, por tanto la política es un elemento del Estado. Concepto del Poder En el sentido amplio es la facultad de hacer o la aptitud de hacer algo, que se identifica mayormente con la capacidad de realizar. En el sentido restrictivo o estricto, nos referimos a un elemento constitutivo del Estado, según Lucas Verdú “el poder es la capacidad de una persona o conjunto de personas de imponer sus decisiones a una comunidad, determinando su obediencia y garantizándola si es menester con la coerción. Una de las características fundamentales del poder político es la soberanía, sin embargo. EL art 5 inc 1° de CPR “la soberanía reside esencialmente en la Nación”. La profesora Ángela Vivanco define la soberanía “es un atributo esencial y la cualidad distintiva del poder que se manifiesta como facultades que tiene un Estado de organizarse políticamente y de ejercer jurisdicción en su territorio. -Características del Poder Político Primero. Es un poder soberano o supremo. Que el poder soberano significa que no existe otro igual o mayor que él dentro de un territorio determinado. Segundo. Es un poder originario (no deriva ni nace de otro), sin este poder supremo la sociedad se disuelve o se somete a otro poder. Tercero. Es un poder público, por tanto, busca el bien común. Cuarto. Es un poder independiente, es decir, las decisiones las toma el poder político sin ser presionado o forzado por otra voluntad. Quinto. Es un poder coactivo, se implica de forma monopólica, nadie más puede hacer uso de esta fuerza, lo que genera a su vez otra consecuencia, es irresistible, no existe nadie que se le pueda oponer. Sexto. Es un poder racional, es decir, va dirigido a la razón de los súbditos y en beneficio de los sujetos. Séptimo. Es un poder temporal porque gobierna una época y a personas determinadas. Octavo. Es un poder limitado, tiene límites físicos o relacionados con el respeto a las personas. Noveno. Es un poder institucionalizado, es decir, que el poder lo ejerce o está representado por una institución, independiente de la persona física que lo detenta. -La legitimación del Poder Político. La legitimidad considera la capacidad de los gobernantes o instituciones políticas para creer y mantener una creencia generalizada en la población a cerca de la propiedad, justicia y valor Moral de su existencia y fundamento, por tanto la legitimidad conlleva una carga moral o valórica. Para que exista legitimidad se requiere, creencia en las estructuras, procedimientos, funcionarios, etc. Que posean la calidad de buenos, justos, correctos y adecuados. Por tanto, si la legitimidad se pierde se cae en una crisis de legitimidad que puede llevar a una crisis política. La legitimidad se entiende en dos momentos: Legitimidad de Origen. Se refiere al Hecho de quien ejerce el poder, y que quien ejerce el poder lo haga mediante medios legítimos, es decir, los medios que concede el ordenamiento jurídico. Legitimidad de Ejercicio. Sólo es legítimo si los procedimientos para ejercerlo son también legítimos. Lo cierto es que de acuerdo a Max Weber la autoridad puede ser de tres tipos, autoridad tradicional, carismática, legal racional. La Autoridad Tradicional. Se enfoca a una doctrina conservadora, a la manera de mantener las tradiciones de una sociedad determinada. La Autoridad Carismática. Se refiere al heroísmo, santidad ejemplar de una persona y en la legitimidad de los procedimientos creados por dicha persona. La Autoridad Legal Racional. Basa su legitimidad en un acuerdo pactado entre todos, expresado en la constitución, que en primer lugar limita las relaciones políticas y los procedimientos para asumir los roles que permiten adoptar las decisiones en la sociedad. También delimita las decisiones políticas. El sujeto que alcance el poder debe hacerlo legítimamente, es decir, a través de procedimientos legítimos. Para el sistema democrático la legitimidad se basa en el consentimiento libre y democrático de creer y obedecer a un gobernante en atención a que ha sido voluntaria y racionalmente ungido por el pueblo. -Los Poderes que concede la soberanía. La soberanía concede determinados poderes a sus titulares, el profesor Jaime Guzmán señala que puede ser de dos clases, interna y externa. Interna. Los Estados tienen derecho a darse la organización jurídica y política que prefieran. Externa. Los Estados tienen derecho a representarse ante los demás Estados en un plano de independencia e igualdad. Ángela Vivanco dice que existe la soberanía autónoma y de independencia: Autónoma. Se refiere a que cada Estado puede determinar libremente su organización y vivir según ella dentro de sus límites o fronteras. De Independencia. Se relaciona a la posibilidad de exigir a los demás Estados que se le reconozca su propia independencia. Aquí cobra importancia un principio del Derecho internacional, el principio de no intervención. -La Titularidad de la Soberanía. 1. Doctrina de la Soberanía Popular. Esta doctrina nace a propósito de lo postulado por Rousseau y se refiere a que cada persona que integra el pueblo forma parte del cuerpo político. De esta forma la soberanía pertenece a los ciudadanos en proporción a su número, por tanto, la soberanía según esta doctrina, se encuentra dividida, primero en cada individuo y segundo, en el pueblo, considerando al pueblo como un cuerpo. 2. Doctrina de la Soberanía Nacional. Esta doctrina surge luego de la revolución Francesa en 1789, se postula que la soberanía es un concepto único e indivisible, no puede dividirse entre los ciudadanos y por tanto el titular de la soberanía debe reunir las mismas características de unidad, indivisibilidad y permanencia. La titularidad recae en la Nación, no entendido como una agrupación de personas, sino como una entidad distinta que permanece en el tiempo. 3. La Doctrina de la Soberanía Estatal. Para esta Doctrina la titularidad de la soberanía recae en el Estado, pero sus argumentos han dado origen a dos posturas doctrinas. La Escuela Alemana (Jellineck). El Estado es un sujeto del Derecho y que por sus potestades esta debe ser expresada a través del poder político, por tanto el poder político sólo puede expresarse en el Estado. También postula que cuando el pueblo se organiza nace el Estado, por tanto no podemos hablar de él antes, ni podemos hablar de otro tipo de organización, entendiendo como soberanía a la capacidad de autodeterminarse. La otra postura doctrinaria es la postulada por Jean Jaurés “El poder político no es otra cosa que la existencia de un poder supremo superior y absoluto, por tanto la soberanía se relaciona con un poder interno que se verifica dentro del territorio del Estado. Por tanto, el Estado no es el titular de la soberanía, sino que la soberanía es parte de su esencia”, como señala el Art 5 inc 1° de la CPR cuando dice “la soberanía reside esencialmente en la Nación”. 4. Doctrina Anarquista. Pierre Proudhon, autor Francés del 1800 señalaba que las colectividades deberían ser más pequeñas, que el Estado, como entidad que organiza a muchos sujetos, debiera gobernar a pocas personas, lo que él denomina como Federalismo o mutualismo. Agrega que este grupo de personas debe auto gestionarse existiendo ahí una teoría contractualista y dicho pacto entre grupos y personas se llama pacto Federal internacional. -Límites de la Soberanía. Sabemos que la Soberanía tiene ciertos límites: 1. Límites Físicos. Solamente puede ejercerse válidamente dentro de las fronteras de un Estado, por tanto el territorio es en sí mismo un límite a la soberanía, porque no puede ejercerse fuera de él desconociendo el derecho de otro Estado. Por este motivo las leyes interiores de un Estado se rigen por el principio de territorialidad, es decir, las normas estatales solamente pueden ser aplicables en su propio territorio y no fuera de él. En este límite cobra importancia la definición de límite y Frontera. Los límites son las líneas que permiten separar o dividir el territorio de un Estado, es decir, demarcan los espacios de un territorio y otro. En cambio las fronteras se refieren al campo de acción o de competencia que le corresponde a cada Estado, por tanto, es la frontera la que permite a cada Estado saber hasta dónde puede llegar, siendo los límites meramente ilustrativos. 2. Límites Temporales. El poder político es por esencia de carácter temporal. Debe reconocer la existencia de otro poder como el Religioso o espiritual, un poder eterno. El poder político es temporal no porque sea pasajero, sino porque se ejerce en este tiempo y en este mundo. El poder temporal no solamente debe entenderse o limitarse a un poder material, sino también espiritual, como por ejemplo a través de la elaboración de propuestas educacionales, fomento de la cultura o la identidad nacional. 3. Respeto por los Derechos Humanos de las personas. Art 5 inc 2 CPR “El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”. Desde este punto de vista la Nación en su expresión política, el pueblo, podrá realizar lo que quiera dentro del Estado, pero teniendo como el límite el respeto a los Derechos Fundamentales.
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