Erstellt von katerinne.huerta
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1. MARCO LEGAL DE LOS MECANISMOS DE CONTROL: Constitución Política de Colombia: Artículos 267, 268 y siguientes. Ley 42 de enero 26 de 1993: “Sobre la organización del sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen” Decreto – Ley 267 del 22 de febrero del 2000: “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Controlaría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones.”1. MARCO LEGAL DE LOS MECANISMOS DE CONTROL: Ley 1474 del 12 de julio de 2011: “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.”
LEY 42 DE 1993 (Enero 26)Sobre la organización del sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercenEL CONGRESO DE COLOMBIADECRETA:DISPOSICIONES GENERALESNOTA: Ver la Exposición de Motivos de la Ley 42 de 1993; Ver las Sentencias de la Corte Constitucional C-529 de 1993, 46 de 1994 , 484 de 2000 y 131 de 2002; Ver el Decreto Nacional 272 de 2000; Ver la Circular de la Contraloría Distrital 117 de 2002 y la Resolución 9 de 1999Artículo 1º.- La presente Ley comprende el conjunto de preceptos que regulan los principios, sistemas y procedimientos de control fiscal financiero; de los organismos que lo ejercen en los niveles nacional, departamental y municipal y de los procedimientos jurídicos aplicables.Artículo 2º.- Son sujetos de control fiscal los órganos que integran las ramas legislativa y judicial, los órganos autónomos e independientes como los de control y electorales, los organismos que hacen parte de la estructura de la administración nacional y demás entidades nacionales, los organismos creados por la Constitución Nacional y la ley que tienen régimen especial, las sociedades de economía mixta, las empresas industriales y comerciales del Estado, los particulares que manejen fondos o bienes del Estado, las personas jurídicas y cualquier otro tipo de organización o sociedad que maneje recursos del Estado en lo relacionado con éstos y el Banco de la República
LEY 1474 DE 2011(Julio 12)Reglamentada por el Decreto Nacional 734 de 2012, Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 4632 de 2011por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.EL CONGRESO DE COLOMBIADECRETA:CAPÍTULO IMedidas administrativas para la lucha contra la corrupciónArtículo 1°. Inhabilidad para contratar de quienes incurran en actos de corrupción. El literal j) del numeral 1 del artículo 8° de la Ley 80 de 1993 quedará así:Las personas naturales que hayan sido declaradas responsables judicialmente por la comisión de delitos contra la Administración Pública cuya pena sea privativa de la libertad o que afecten el patrimonio del Estado o quienes hayan sido condenados por delitos relacionados con la pertenencia, promoción o financiación de grupos ilegales, delitos de lesa humanidad, narcotráfico en Colombia o en el exterior, o soborno transnacional, con excepción de delitos culposos.Esta inhabilidad se extenderá a las sociedades en las que sean socias tales personas, a sus matrices y a sus subordinadas, con excepción de las sociedades anónimas abiertas.La inhabilidad prevista en este literal se extenderá por un término de veinte (20) años.
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