Tratándose de Centros Cambiarios, señale los casos en los que es necesario que se lleve a cabo la aprobación de las operaciones:
1. Montos superiores a 10,000 dólares con persona física.
2. Montos superiores a 5,000 dólares con persona física.
3. Montos superiores a 50,000 dólares con persona moral.
4. Montos superiores a 8,000 dólares con persona moral.
5. Previo a la celebración de operaciones con usuarios de Alto Riesgo.
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