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Articulo 1o. Constitucional prohíbe la esclavitud y la ( discriminación, riqueza, sociedad equitativa ) motivada por origen étnico o nacional, de genero, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.