Erstellt von Manuel Rodríguez
vor mehr als 6 Jahre
|
||
Art. 2. Cuál es el objeto de la 31/95 de 8 de noviembre
Art. 2. Qué principios generales establece la Ley
Art. 2. Qué carácter tendrán las disposiciones de carácter laboral contenidas en esta ley
Art. 3. En qué actividades no será aplicará esta ley
Art. 4. Qué se entenderá por prevención
Art. 4. Qué se entenderá por riesgo laboral
Art. 4. Qué se valorará para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad
Art. 4. Qué se considerará como daños derivados del trabajo
Art. 4. Qué se entenderá como riesgo laboral grave e inminente
Art. 4. Qué se entenderá como procesos, actividades, operaciones, equipos o productos potencialmente peligrosos
Art. 5. Con la participación de quién se llevará a cabo la elaboración de la política preventiva
Art. 5. Dónde promoverán las Adm. Públicas la mejora de la educación en materia preventiva
Art. 5. Con qué Ministerios establecerá una colaboración permanente el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Art. 7. Qué funciones desarrollarán las Adm. Públicas competentes en materia laboral
Art. 7. En qué términos sancionarán las infracciones las Adm. Públicas competentes
Art. 14. Qué derechos forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo
Art. 15. Con arreglo a qué principios generales aplicará el empresario las medidas preventivas
Art. 16. Qué deberá incluir el plan de prevención de riesgos laborales
Art. 16. Qué incluirá el empresario en la planificación para cada actividad preventiva
Art. 16. Cuándo realizará el empresario controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores en la prestación de sus servicios, para detectar situaciones potencialmente peligrosas
Art. 16. Las actividades de prevención deberán ser modificadas cuando lo aprecie quién
Art. 16. Qué podrán hacer de forma simplificada las empresas en atención al número de trabajadores y a la naturaleza y peligrosidad de las actividades realizadas
Art. 16. Quién llevará a cabo una investigación cuando aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultan insuficientes
Art. 17. Quién debe velar por el uso efectivo de los EPIs
Art. 17. Cuándo deben utilizarse los EPIs
Art. 18. A quién tendrán derecho a efectuar propuestas los trabajadores
Art. 19. Cómo debe ser la formación que debe garantizar el empresario a cada trabajador
Art. 20. El empresario deberá analizar las posibles situaciones de emergencia teniendo en cuenta qué
Art. 20. En materia de qué el empresario deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias
Art. 20. Con qué periodicidad debe el empresario comprobar el correcto funcionamiento de las medidas de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores
Art. 20. Para la aplicación de las medidas de emergencia, el empresario organizará las relaciones necesarias con servicios externos, en qué materias en particular
Art. 21. A qué estará obligado el empresario cuando los trabajadores estén o puedan estar expuestos a un riesgo grave e inminente
Art. 21. Qué porcentaje de los representantes de los trabajadores es necesario para la paralización de una actividad cuando el empresario no adopte las medidas para garantizar la seguridad
Art. 21. Cuando la mayoría de los representantes de los trabajadores acuerde parar una actividad, a quién se comunicará de inmediato dicho acuerdo
Art. 21. Qué plazo tiene la autoridad laboral para decidir sobre la paralización de una actividad acordada por la mayoría de los representantes de los trabajadores
Art. 21. Cuando no resulte posible reunir con urgencia al órgano de representación del personal, quién podrá decidir la paralización de una actividad ante riesgo grave e inminente
Art. 22. En función de qué el empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud
Art. 22. De quién es necesario un informe previo para realizar la vigilancia periódica de salud a un trabajador que no dé su consentimiento y en qué casos
Art. 22. A quién se limitará el acceso a la información médica de carácter personal
Art. 22. Quién será informado de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección
Art. 23. Qué documentación deberá elaborar y conservar el empresario a disposición de la autoridad laboral
Art. 23. Los empresarios deberán conservar a disposición de la autoridad laboral competente la relación de los accidentes y enfermedades profesionales que hayan causado una incapacidad laboral superior a cuántos días
Art. 23. En qué casos el empresario notificará por escrito a la autoridad laboral los daños para la salud de los trabajadores
Art. 23. En qué momento las empresas deberán remitir a la autoridad laboral la documentación sobre accidentes y enfermedades profesionales que hayan causado una incapacidad laboral superior a 1 día
Art. 24. Quién adoptará las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas
Art. 24. Quién debe vigilar el cumplimiento de la normativa de prevención por contratistas y subcontratistas
Art. 26. Qué incluirán, cuando resulte necesario, las medidas de protección de trabajadoras embarazadas
Art. 26. Previa consulta a quién el empresario determinará la relación de los puestos exentos de riesgos para trabajadoras embarazadas
Art. 26. El cambio de puesto o función de una trabajadora embarazada se llevará a cabo de conformidad con qué
Art. 26. Si el cambio de puesto de una trabajadora embarazada no resultara técnica y objetivamente posible, cómo podrá declararse a la trabajadora
Art. 26. Se podrá declarar el pase de una trabajadora a suspensión de contrato por riesgo durante la lactancia de hijos menores de qué edad
Art. 26. En qué condiciones las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
Art. 27. En la evaluación previa a la incorporación a un puesto de un menor de 18 años, qué tendrá especialmente en cuenta el empresario
Art. 27. En base a qué artículo de qué ley el empresario debe informar a los menores de 18 y a sus padres o tutores que hayan intervenido en la contratación de los posibles riesgos y de las medidas adoptadas
Art. 27. Quién establecerá las limitaciones a la contratación de jóvenes menores de 18 años en trabajos que presenten riesgos específicos
Art. 28. El empresario adoptará las medidas necesarias para garantizar que, con carácter previo al inicio de su actividad, los trabajadores procedentes de ETTs reciban información acerca de los riesgos y en particular en lo relativo a qué
Art. 28. Los trabajadores procedentes de ETTs recibirán una formación suficiente y adecuada, teniendo en cuenta qué
Art. 28. A quién deberá informar el empresario de la incorporación de los trabajadores procedentes de ETTs
Art. 28. A quién corresponderá el cumplimiento de las obligaciones en materia de información en las relaciones de trabajo a través de ETTs
Art. 28. En las relaciones de trabajo a través de ETT de qué es responsable la empresa usuaria
Art. 28. En las relaciones de trabajo a través de ETT de qué es responsable la ETT
Art. 29. Los trabajadores utilizarán correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario de acuerdo con
Art. 29. A quién informará de forma inmediata un trabajador acerca de una situación que entrañe, por motivos razonables, un riesgo
Art. 29. El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo de qué ley
Art. 29. El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos tendrá la consideración de qué
Art. 30. Qué deberá hacer el empresario en cumplimiento del deber de prevención de riesgos profesionales
Art. 30. En cumplimiento del deber de prevención de riesgos profesionales, cuántos trabajadores designará el empresario para ocuparse de dicha actividad
Art. 30. Qué deberán tener los trabajadores designados por el empresario para formar el servicio de prevención
Art. 30. Los trabajadores designados para formar el servicio de prevención deben ser suficientes en número teniendo en cuenta qué
Art. 30. Para la realización de la actividad de prevención qué deberá facilitar el empresario a los trabajadores
Art. 30. Cuándo puede asumir el empresario las funciones del servicio de prevención
Art. 30. A qué deberá someter su sistema de prevención el empresario que no hubiere concertado este con una entidad externa
Art. 30. Con qué deberán contar las personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de auditoría del sistema de prevención
Art. 30. Qué permitirá entender el vencimiento del plazo máximo del procedimiento de autorización para desarrollar la actividad de auditoría del sistema de prevención sin haberse notificado resolución expresa al interesado
Art. 31. Si la designación de 1 o varios trabajadores fuera insuficiente para la realización de las actividades de prevención, q quién deberá recurrir el empresario
Art. 31. Qué se tendrá en cuenta para el establecimiento de los servicios de prevención en las Administraciones públicas
Art. 31. Qué se entenderá como servicio de prevención
Art. 31. Los servicios de prevención deberán estar en condiciones de proporcionar a la empresa el asesoramiento y apoyo en lo referente a:
Art. 31. Qué carácter tendrá el servicio de prevención
Art. 31. En un servicio de prevención, qué deberá ser suficiente y adecuado a las actividades preventivas a desarrollar
Art. 31. En un servicio de prevención, los medios deben ser apropiados para cumplir sus funciones en función de qué circunstancias
Art. 32. Quién no podrá desarrollar directamente las funciones correspondientes a los servicios de prevención ajenos
Art. 32. A cargo de qué pueden participar las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la SS en las sociedades mercantiles de prevención constituidas a este único fin
Art. 32 bis. En qué casos será necesaria la presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos
Art. 32 bis. Que se considera recursos preventivos a los que el empresario podrá asignar la presencia
Art. 32 bis. Cuándo el empresario podrá asignar la presencia de forma expresa a 1 o varios trabajadores que no forman parte del servicio de prevención ni son trabajadores designados
Art. 33. Sobre qué decisiones el empresario deberá consultar a los trabajadores con la debida antelación
Art. 34. Con cuántos trabajadores ha de contar la empresa para que la participación de éstos en las cuestiones relacionadas con la prevención se canalice a través de sus representantes
Art. 34. A quién corresponde la defensa de los intereses de los trabajadores en materia de prevención de riesgos
Art. 34. Qué competencias ejercerán los representantes del personal
Art. 35. Quiénes son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos
Art. 35. Habrá 2 Delegados de Prevención en empresas de:
Art. 35. Habrá 3 Delegados de Prevención en empresas de:
Art. 35. Habrá 4 Delegados de Prevención en empresas de:
Art. 35. Habrá 5 Delegados de Prevención en empresas de:
Art. 35. Habrá 6 Delegados de Prevención en empresas de:
Art. 35. Habrá 7 Delegados de Prevención en empresas de:
Art. 35. Habrá 8 Delegados de Prevención en empresas de:
Art. 35. Cuántos Delegados de Prevención habrá en empresas de 50 a 100 trabajadores
Art. 35. Cuántos Delegados de Prevención habrá en empresas de 101 a 500 trabajadores
Art. 35. Cuántos Delegados de Prevención habrá en empresas de 501 a 1000 trabajadores
Art. 35. Cuántos Delegados de Prevención habrá en empresas de 1001 a 2000 trabajadores
Art. 35. Cuántos Delegados de Prevención habrá en empresas de 2001 a 3000 trabajadores
Art. 35. Cuántos Delegados de Prevención habrá en empresas de 3001 a 4000 trabajadores
Art. 35. Cuántos Delegados de Prevención habrá en empresas de 4001 en adelante trabajadores
Art. 35. Hasta qué número de trabajadores el Delegado de Prevención será el Delegado del Personal
Art. 35. En empresas con qué número de trabajadores habrá 1 Delegado de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal
Art. 38. Cuál es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos
Art. 38. En qué empresas se constituirá un Comité de Seguridad y Salud
Art. 38. Por quién está formado el Comité de Seguridad y Salud
Art. 38. Quién participará con voz pero sin voto en las reuniones del Comité de Seguridad y Salud
Art. 38. Quién puede participar con voz y sin voto cuando lo solicite alguna de las representaciones en el Comité de Seguridad y Salud
Art. 38. Cuándo se reunirá el Comité de Seguridad y Salud
Art. 38. Quién regulará las normas de funcionamiento del Comité de Seguridad y Salud
Art. 38. Qué podrán acordar con sus trabajadores las empresas que cuenten con varios centros de trabajo dotados de Comité de Seguridad y Salud
Art. 41. A qué están obligados los fabricantes, importadores y suministradores de maquinaria, equipos, productos y útiles de trabajo
Art. 41. A qué están obligados los fabricantes, importadores y suministradores de productos y sustancias químicas
Art. 41. A qué están obligados los fabricantes, importadores y suministradores de elementos para la protección de los trabajadores
Art. 41. Qué información deberán suministrar los fabricantes, importadores y suministradores de elementos para la protección de los trabajadores