Entre la convocatoria y la celebración de una sesión, ordinaria o extraordinaria, de la Junta de Gobierno Local, no puede transcurrir:
Menos de 48 horas
Menos de 24 horas
Menos de dos días
Menos de un día
Señale la respuesta incorrecta. Las votaciones en las Entidades Locales pueden ser:
Nominales
Secretas
Extraordinarias
Ordinarias