Erstellt von Jeferson Fontecha
vor etwa 10 Jahre
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PRESUPUESTOS DE GASTOS
Es una entidad local, la cual autoriza cuanto puede gastar el gobierno, esta determina el máximo y donde debe hacer la realización del gasto; esto se hace durante el periodo determinado (un año).
De acuerdo con el artículo 23 de la Ley 38 de 1989, el presupuesto de gastos se discrimina en tres grandes rubros:
1° Gastos de funcionamiento
2° Servicio de la deuda
3° Gastos de inversión.
el gasto publico social es una norma que marca una nueva orientación dentro del derecho constitucional colombiano.
El artículo 4° del Decreto 111 de 1996, dicta que esta norma es la solución de las necesidades básicas insatisfechas de salud, educación saneamiento ambiental entre otros;programadas tanto en funcionamiento como en inversión”.