Los trabajadores pueden desobeder las órdenes del empresario...
Si son peligrosas y suponen un grave riesgo para la salud.
Cuando sean ilegales.
Cuando afecten a su vida privada.
Las tres respuestas anteriores son verdaderas.
¿Puede renunciar un trabajador a los derechos reconocidos en su contrato de trabajo?
Sí, pero a cambio de dinero.
Sí, cuando así lo disponga el convenio colectivo.
Sí, siempre que no sean derechos reconocidos por ley o por convenio colectivo.
No, por el principio de irrenunciabilidad de derechos
Señala cuál de las siguientes situaciones está excluida del Derecho Laboral:
Un joven que trabaja en una compañía de seguros con un contrato mercantil y cobra comisión por cada póliza que realiza.
Un empleado al servicio del hogar familiar.
Un auxiliar de farmacia.
Un deportista profesional.
La Directiva es una norma de origen nacional
El principio por el que no se pueden empeorar las condiciones establecidas en los convenios colectivos se llama Principio de irrenunciabilidad de derechos.