Wähle von der Aufklappliste, um den Text zu vervollständigen.
Según la LOCGE, Art 81.- Las instituciones de sistema financiero públicas y privadas, por intermedio del órgano de control competente, proporcionarán a la Contraloría General del Estado, sin restricción alguna, información sobre las operaciones o transacciones determinadas por esta con motivo de la práctica de la ( Consultoría, Auditoría, Fiscalización, Contratación ).