Erstellt von Ernesto Pacho Escobedo
vor mehr als 3 Jahre
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PROCESO ELECTORAL 2020-2021
Las instituciones y la legislación electoral que integran el sistema electoral mexicano en sus dos niveles son:
A nivel federal, el sistema electoral está conformado por el Instituto Nacional Electoral, autoridad administrativa regulada por el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), autoridad jurisdiccional regulada por el artículo 99 constitucional, y la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) organismo especializado encargado de prevenir e investigar los delitos electorales a nivel federal adscrito a la Fiscalía General de la República (FGR), que se encuentra regulada por el artículo 102 constitucional.
En el ámbito local, el sistema electoral de cada una de las entidades federativas está constituido por un Organismo Público Local (OPL), un tribunal electoral local y una autoridad local especializada en materia de delitos electorales.
Organización política federal
Una de las principales atribuciones del Poder Legislativo es la de elaborar las leyes; este poder se constituye en el Congreso de la Unión, integrado por 500 diputaciones y 128 senadurías que se eligen cada tres y seis años, respectivamente. Por su parte, el Poder Ejecutivo se encarga, entre otras funciones, de hacer cumplir las leyes, y se deposita en la Presidencia de la República, la cual se renueva cada seis años.
El Poder Judicial se ocupa de impartir justicia a través de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el TEPJF, los tribunales colegiados y unitarios de circuito y los juzgados de distrito. Unicamente los poderes Legislativo y Ejecutivo se renuevan mediante elección popular.
Organización política local y municipal
En la Ciudad de México las alcaldías están integradas por una alcaldesa o alcalde y un concejo, que se eligen cada tres años.
Los poderes Legislativo y Ejecutivo locales también se renuevan mediante elección popular, al igual que los integrantes del ayuntamiento y la alcaldía.
2. Características del voto
El voto en México es:
Universal. Tienen derecho al voto los ciudadanos y las ciudadanas que cumplan con los requisitos establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, sin distinción alguna ya sea por origen étnico, religión, sexo, discapacidad, expresión de género, apariencia, condición social o cualquier otro motivo.
Libre. El elector o la electora tiene la plena facultad para ejercer su derecho al voto conforme a su propia voluntad.
Secreto. La preferencia de cada ciudadano y ciudadana se expresa en privado, de manera reservada dentro del cancel y sin ser observado/a.
Directo. La ciudadana o el ciudadano elige por si mismo/a a sus representantes o gobernantes, sin intermediarios.
Personal. El elector o la electora debe acudir personalmente a la casilla que le corresponda para depositar su voto sin que nadie intervenga en su decisión.
Intransferible. El ciudadano o la ciudadana no puede facultar o ceder su derecho a ninguna persona para la emisión de su voto.
3. Marco geográfico electoral
Se refiere al espacio geográfico que determina la distribución de la y los ciudadanos que pueden votar en el territorio nacional, y sirve de base para la planeación y organización de los procesos electorales.
El país se clasifica en distintos niveles de desagregación:
Sección electoral. Es la delimitación territorial más pequeña de la geografía electoral; cada una tiene como mínimo 100 personas electoras y como máximo 3000. En cada sección electoral se instala, por los menos, una casilla.
Distrito electoral. Es una de las partes en que se divide el territorio nacional con fines electorales y está conformado por secciones electorales.
Distrito electoral federal. El territorio nacional se divide en 300 distritos electorales, cada uno conformado por un número similar de ciudadanos y ciudadanas; por cada distrito electoral uninominal se elige por el principio de mayoría relativa (MR) una diputada o un diputado propietario y una o un suplente.
3. Marco geográfico electoral
Municipio/alcaldía. Son la base de la división territorial y organizacional, política y administrativa de las entidades.
5. Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores
El Padrón Electoral es la lista que se conforma con la información básica de las y los mexicanos mayores de 18 años que presentaron solicitud para su incorporación, con la finalidad de obtener su Credencial para Votar y así poder ejercer su derecho al voto.
La Lista Nominal de Electores es la relación de las personas incluidas en el Padrón Electoral, ordenadas por distrito y sección a quienes se les ha expedido y entregado su Credencial para Votar.
1. Autoridades electorales federales
1.1 Instituto Nacional Electoral (INE)
Es la autoridad administrativa encargada de organizar las elecciones federales, es decir, la elección del titular de la Presidencia de la República y de las diputaciones y senadurías que integran el Congreso de la Unión así como de organizar en coordinación con los Organismos Públicos Locales las elecciones locales en los estados de la República y en la Ciudad de México.
Es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, y en su integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y la ciudadanía. El INE es independiente en sus decisiones y funcionamiento, y profesional en su desempeño.
Los órganos distritales tienen su sede en la cabecera de cada uno de los distritos electorales. Los órganos locales se encuentran en la capital de cada estado y en la Ciudad de México.
El INE tiene los siguientes fines:
Contribuir al desarrollo de la vida democrática del país.
Preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos.
Integrar el Registro Federal de Electores.
Asegurar a la ciudadanía el ejercicio de los derechos políticos-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones.
Garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones, así como ejercer las funciones que le otorga la Constitución en los procesos electorales locales.
Velar por la autenticidad y efectividad del sufragio.
Promover el voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática.
Garantizar la paridad de género y el respeto de los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral.
Fungir como autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión.
Para los procesos electorales federales
Declaración de validez y el otorgamiento de constancias en la elección de diputaciones
Educación cívica en procesos electorales federales
Garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género así como el respeto de los derechos políticos y electorales de las mujeres
Otras atribuciones
Organizar la elección interna de partidos políticos
Elegir y remover a las y los consejeros electorales de los Organismos Públicos Locales
Suscribir convenios con órganos del Poder Ejecutivo federal
Emitir criterios generales para garantizar el desarrollo de los mecanismos de participación ciudadana
Verificar el porcentaje requerido para la presentación de iniciativas de leyes o decretos por parte de la ciudadanía
Asumir directamente la realización de las actividades propias de la función electoral que corresponde a los Organismos Públicos Locales
Delegar las atribuciones a los Organismos Públicos Locales
Atraer a su conocimiento cualquier asunto de la competencia de los Organismos Públicos Locales
Los partidos políticos nacionales con registro ante el INE son:
1. PAN
2. PRI
3. PRD
4. PVEM
5. PT
6. MC
7. Morena
8. Partido Encuentro Solidario (PES)
9. Redes Sociales Progresistas (RSP)
10. Fuerza Social por México
2. Coaliciones
Los partidos políticos nacionales y locales pueden formar coaliciones para la elección de diputaciones federales y para las elecciones locales, ya sea de gubernatura (en los estados), de jefatura de gobierno (en la Ciudad de México), de diputaciones locales de mayoría relativa e integrantes de ayuntamientos o alcaldías.
Coalición total
Los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso federal o local la totalidad de las candidaturas bajo una misma plataforma electoral.
Coalición parcial
Es aquella en que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso federal o local al menos al 50% de candidatos o candidatas a puestos de elección popular con una misma plataforma electoral.
1. Autoridades electorales federales
1.3. Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE)
Plantea legalidad en los procesos electorales en conjunto con el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
La Fiscalía tiene la tarea de prevenir, investigar y perseguir los delitos electorales que se establecen en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, entre los que se encuentra la violencia política contra las mujeres en razón de género. Su objetivo es atender de manera rápida y eficiente las denuncias que reciba sobre la comisión de delitos electorales, para investigar y perseguir eficazmente a las o los probables responsables, así como informar a las y los ciudadanos cuales son los delitos electorales y el proceso que sigue a partir de que se ha cometido.
2. Autoridades electorales locales
2.2. Tribunales electorales locales
Las y los magistrados electorales son los responsables de resolver los medios de impugnación interpuestos en contra de todos los actos y resoluciones electorales locales, en términos de las leyes locales.
2.3. Autoridades locales especializadas en materia de delitos electorales
Son los órganos encargados de prevenir, investigar y sancionar los hechos considerados como delitos electorales cometidos en cada entidad.
3. Candidaturas independientes
Uno de los derechos de las y los ciudadanos es poder ser votados para todos los cargos de elección popular, siempre y cuando se cumplan los requisitos, condiciones y términos que establece la ley. Candidata o candidato independiente se define como la ciudadana o el ciudadano mexicano que solicita y obtiene por parte de la autoridad electoral su registro para una candidatura a un cargo de elección popular sin necesidad de que un partido político la o lo postule.
Para lograr el registro de su candidatura independiente las y los aspirantes tienen que conseguir un determinado
El Proceso Electoral Federal 2020-2021 inicia con la primera sesión del Consejo General del INE en septiembre de 2020 derivado de que a nivel federal solo se elegirán las diputaciones del Congreso de la Unión, el proceso concluirá con la declaración de validez de las elecciones de las diputaciones federales o en su caso las resoluciones que emita el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Al celebrarse un proceso electoral concurrente, ambas elecciones-federal y local- comparten las tres etapas del proceso, sin embargo, para el caso de los estados que eligen gubernatura se contempla la etapa de dictamen y declaración de validez de dicha elección. Por lo tanto, este proceso electoral ordinario comprende las siguiente etapas:
1. PREPARACIÓN de la elección
2. JORNADA Electoral
3. RESULTADOS y declaraciones de validez de las elecciones
4. DICTAMEN y declaraciones de validez de la elección (en los estados que elijan gubernatura)
Extraordinaria
Se instala cuando las condiciones de las vías de comunicación, geográficas o socioculturales de una sección electoral son de difícil acceso para las y los electores que habitan en ella.
Cuando el número de electores/as es mayor de 750 también se instalan casillas contiguas extraordinarias.
Especial
Se instala para que puedan votar las y los electores que están fuera de la sección o de distrito electoral que corresponde a su domicilio. En cada distrito electoral se pueden instalar hasta 10 casillas especiales.
Representantes de partidos políticos y candidatos/as independientes.
Observadoras y observadores electorales
Preparación de la documentación y material electoral
Documentación electoral son todos los documentos que se utilizan el día de la Jornada Electoral, por ejemplo, actas, boletas y listas nominales, mientras que el material electoral lo constituyen todos los elementos físicos, como son urnas, canceles, marcadora de credenciales y líquido indeleble, entre otros.
Durante los procesos electorales concurrentes se instalan casillas únicas, para recibir, contar y registrar los votos de las elecciones tanto federales como locales, y se integran con nueve funcionarios y/o funcionarias:
Un presidente o presidenta: es la máxima autoridad en la casilla, responsable de que la ley se cumpla, y se encarga de cuidar las condiciones de la casilla para garantizar el ejercicio del voto de las y los electores.
Dos secretarios o secretarias: son quienes llenan las actas y los documentos de la Jornada Electoral, tanto de las elecciones federales como de las locales y comprueban que el nombre de la o el elector figura en la Lista Nominal de Electores correspondiente.
Tres escrutadores o escrutadoras: son quienes cuentan y clasifican los votos que se depositaron en las urnas, y auxilian al resto de las y los funcionarios en las actividades dentro de la casilla.
Tres suplentes generales: son quienes en caso de ausencia de alguna o algún funcionario propietario se integran en la mesa directiva de casilla.
Durante la Jornada Electoral las y los ciudadanos participa
Observadores y observadoras electorales
Las y los ciudadanos que solicitaron y obtuvieron su acreditación por parte del INE para observar el desarrollo del proceso electoral, incluyendo la Jornada Electoral.
También participan
Capacitadores/as-asistentes electorales
Supervisores/as electorales
Personal del INE y del OPL
Personal de la Oficialía Electoral
Fuerzas de seguridad púbica
Jueces y notarios públicos
Personas que acompañen a FMDC y a personas electoras con discapacidad.
3. Resultados y declaraciones de validez de las elecciones
Esta etapa del proceso inicia cuando se remite el paquete electoral al órgano que corresponda, y finaliza con los cómputos y declaraciones de validez que realicen los consejos del INE y las autoridades del OPL y, en su caso, con las resoluciones que en última instancia emita el TEPJF.
Las actividades que las autoridades electorales realizan en esta etapa están orientadas a dar a conocer con certeza, transparencia y con la mayor rapidez posible los resultados obtenidos en las elecciones, por lo que se llevan a cabo las acciones siguientes:
Cargos de elección popular a renovarse
En esta ocasión celebraremos elecciones concurrentes, es decir, que las elecciones locales se realizan en la misma fecha de la elección federal: el próximo 6 de junio de 2021.
Los principios mediante los cuales se designan los cargos son:
Mayoría relativa (MR)
El partido o candidatura que obtiene el mayor número de votos en determinada área geográfica es quien gana, aun cuando la diferencia sea de un voto.
Representación proporcional (RP)
Es la asignación de cargos con base en el porcentaje de votación general obtenida por cada partido político en una región geográfica.
En todo el país se votará para elegir las 500 diputaciones federales, de la siguiente forma:
300 diputaciones de mayoría relativa, una diputación por cada distrito electoral uninominal federal.
200 diputaciones de representación proporcional; se asignan 40 diputaciones por cada una de las cinco circunscripciones en las que se divide el territorio nacional.
Además, en todo el país se realizarán en total 79 elecciones locales en las que se elegirán diversos cargos, como gubernat
preparación y distribución de la documentación y materiales electorales, garantizar el día de la elección la integración, instalación y funcionamiento de las casillas e informar sobre el desarrollo de la Jornada Electoral a través del Sistema de Información sobre el desarrollo de la Jornada Electoral (SIJE), el conteo rápido y el Programa de Resultados Electorales Preliminares, así como apoyar en la operación y funcionamiento de los mecanismos de recolección y traslado de los paquetes electorales, además de auxiliar en el cómputo distrital.
Así, las y los SE y CAE realizan actividades de capacitación y de asistencia electoral.
Capacitación
Es el proceso de enseñanza-aprendizaje por el cual las y los CAE facilitan la construcción de conocimientos y el desarrollo de habilidades en las y los ciudadanos sorteados y funcionarios/as de casilla, con el fin de que realicen sus actividades de manera correcta el día de la Jornada Electoral.
Trabajo bajo presión
Capacidad de cumplir con las actividades y los objetivos de forma satisfactoria, planificando el tiempo y las actividades, aun en situaciones adversas (de tiempo o sobrecarga de actividades)
Orientación al servicio
Capacidad para atender con empatía las necesidades de las y los ciudadanos en apego a los intereses y objetivos institucionales.
Manejo y resolución de problemas
Capacidad de identificar, analizar y solucionar situaciones cotidianas inesperadas o de conflicto que se presenten en el desarrollo de sus actividades, siguiendo los lineamientos institucionales y el trabajo colaborativo.
Planeación
Capacidad de establecer metas y plazos para alcanzar los objetivos institucionales, considerando la disposición de recursos, tiempo y espacios.
Habilidad instruccional
Capacidad para adecuar y transmitir saberes teóricos y prácticos de manera clara y dinámica comprobando y retroalimentando su comprensión para consolidarla o corregirla.
Para CAE son:
Persuasión y negociación
Capacidad de sensibilizar, influir y convencer para establecer acuerdos y compromisos c
Para facilitar la capacitación es conveniente que sepas que existen cuatro a través de los cuales las personas seleccionan la información que reciben:
Visual
Se adquiere la información a través de imágenes, la o el participante prefiere esquemas, ilustraciones y videos.
Auditivo
Se aprende a través de voces, recordar sonidos y música. Se prefieren las explicaciones orales.
Kinestésico
Se aprende asociando la información con sensaciones y movimientos del cuerpo.
Lector-escritor
Se prefiere la información en palabras y texto. Al escribirla, el conocimiento se refuerza.
Muchas personas tienen preferencia por alguna modalidad, pero también hay quienes son multimodales, es decir, procesan la información en más de una forma, se les facilita el aprendizaje y tienen mayores posibilidades de éxito que las demás. Por esto es necesario que utilices diferentes métodos de enseñanza y de retroalimentación para que todas las personas logren el procesamiento de la información que les brindes y así adquieran los conocimientos que se requieren.
Explicar a la o el ciudadano sorteado la forma en que fue seleccionado/a.
Sensibilizar y motivar a la o el ciudadano sorteado/a sobre la importancia de su participación como funcionario/a de casilla y tome conciencia de su papel fundamental en las elecciones.
Dar a conocer a la o el ciudadano las principales actividades que realizan las y los funcionarios de casilla el día de la Jornada Electoral.
1.1. Primera insaculación de ciudadanos y ciudadanas
Esta etapa comienza con la primera insaculación, que es el procedimiento objetivo, imparcial, con máxima publicidad y automático, por medio del Multisistema ELEC, en el que los 300 consejos distritales y las juntas distritales ejecutivas (JDE) sortean de la Lista Nominal de Electores, con corte al 15 de enero de 2021, al 13% de las y los ciudadanos de cada sección electoral, sin que en ningún caso el número de la ciudadanía sorteada sea menor de 50. La insaculación se lleva a cabo tomando como base el mes-calendario resultado del sorteo del Consejo General en la sesión realizada en diciembre de 2020.
Una vez concluida la primera insacu
Revisita
Es cuando la o el CAE regresa el domicilio de la o el ciudadano sorteado que anteriormente fue visitado, pero no localizado, por lo que deberá acudir en horarios y fechas más adecuados para su localización.
El propósito es conocer la posibilidad de su participación y, en su caso, notificarlo y brindarle la capacitación.
Notificación
Este es el acto mediante el cual se entrega la carta-notificación a la o el ciudadano sorteado o algún familiar o vecino/a con el propósito de informarle que ha sido seleccionado/a para participar como funcionario/a de casilla.
Para llevar el control sobre la entrega de las cartas-notificación, hay cuatro categorías de notificación:
Notificación efectiva
Es cuando la o el ciudadano sorteado-o algún familiar o vecino/a-recibe la carta-notificación y existe la posibilidad de que cumpla con los requisitos de ley, acepte participar y reciba su capacitación en algún momento.
Ciudadanas o ciudadanos notificados que no cumplen con los requisitos de ley
Son aquellos casos en los que la o el ciudadano sorteado o algún familiar recibe la carta-notificac
1.4. Segunda insaculación y designación de funcionarios y funcionarias por cargo
Una vez conformada la lista de las y los ciudadanos que cumplen con los requisitos de ley para que se desempeñen como funcionarios y funcionarias de casilla, los consejos distritales realizan la segunda insaculación o segundo sorteo para seleccionar de esa lista a quienes integrarán las casillas de cada sección electoral, de acuerdo con lo siguiente:
El primer criterio para la asignación de los cargos es el apellido paterno, en orden alfabético a partir de la letra sorteada por el Consejo General. Se seleccionan nueve ciudadanos por casilla por tratarse de una elección local
concurrente con la federal.
El segundo criterio es la escolaridad que manifestaron tener las y los ciudadanos. De acuerdo al grado de escolaridad, y considerando el número de casillas a instalar aprobado para cada sección, se asignan los cargos de manera horizontal:
Primero a la o el presidente
Después a la o el primer secretario
Posteriormente a la o el segundo secretario
Después al primer, segundo y tercer escrutador o escrutado
2. Segunda etapa de capacitación
El objetivo de la segunda etapa de capacitación a las y los funcionarios de mesa directiva de casilla es que conozcan las actividades y funciones específicas que desempeñarán el día de la Jornada Electoral, con énfasis en el escrutinio y cómputo de votos, el llenado correcto de cada una de las actas, y el armado de los paquetes electorales, de la urna y el cancel. Además, se busca fomentar el trabajo en equipo y propiciar el compromiso por parte de las y los funcionarios.
Esta capacitación se impartirá en dos modalidades:
Preferentemente virtual, a través de una plataforma digital
Presencial, la cual podrá ser grupal o individual, de manera complementaria a la virtual
En la segunda etapa la capacitación se refuerza con simulacros y prácticas de la Jornada Electoral.
2.1. Entrega de nombramientos a funcionarios y funcionarias de mesa directiva de casilla
Los consejos distritales, a través de las y los CAE, notifican personalmente a las y los integrantes de las mesas directivas de casilla entregándoles su respectivo nombramiento, que es el documento of
Entre las actividades que las y los funcionarios de casilla practican durante los simulacros se encuentran los siguientes:
Armado de cancel y urnas
Llenado de actas de la Jornada Electoral y de escrutinio y cómputo
Llenado de formatos
Clasificación de los votos
Conteo de los votos
Integración de los expedientes y paquetes electorales
Representación de situaciones que pueden presentarse en las casillas
Para poder llevar a cabo el simulacro se requiere lo siguiente:
Asistencia de un mínimo de seis participantes y de 18 como máximo
De acuerdo con el número de funcionarios y funcionarias que asistan al simulacro, a cada quien se le asigna un papel a representar, considerando los diferentes actores que participan en el desarrollo y la vigilancia de la Jornada Electoral.
2. El Protocolo para adoptar las medidas tendientes a garantizar a las personas trans el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación en todos los tipos de elección y mecanismos de participación ciudadana (Protocolo de inclusión de personas trans)
3. Las medidas para garantizar el voto y la participación de las personas en igualdad de condiciones y sin discriminación.
3.1. Protocolo de inclusión de personas con discapacidad
El Protocolo tiene como propósito crear condiciones que permitan que las personas con discapacidad que así los deseen puedan participar como funcionarias de casilla de manera efectiva y sin discriminación.
Los distintos tipos de discapacidad se encuentran clasificados de conformidad con lo establecido en el Protocolo de inclusión de personas con discapacidad y en el Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, y son los siguientes:
Discapacidad física o motriz
Dificulta o imposibilita la movilidad funcional de algunas partes del cuerpo así como la coordinación de movimientos y la manipulación de obje
Existen diversos tipos de discapacidad, y algunos no son visibles, como el autismo, en el caso de discapacidad intelectual o psicosocial.