Erstellt von Arantxa Gringa
vor fast 4 Jahre
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Universidad Regional Autónoma de los Andes "Uniandes"
Nombre: Arantxa Grijalva
Curso: Primero Híbrido "A"
Tema:
Vicios del Consentimiento
Es todo hecho, manifestación o actitud con la que se anula o restringe la plena libertad o el pleno conocimiento con que debe formularse una declaración.
Se manifiestan normalmente a través del dolo, el error, la violencia o fuerza de hacer valer una vía de derecho y la violencia.
1. ERROR: Puede ser de hecho o de derecho. Invalidan el contrato si recaen sobre el motivo que determinó la voluntad.
1.1- ERROR DE HECHO:
Consiste en la falta de apreciación o ignorancia que tiene el agente de un hecho, persona o cosa, materia de su declaración de voluntad.
1.2- ERROR DE DERECHO:
Consiste en la falta de conocimiento que tiene el agente de la ley, de una norma jurídica. Pero cabe recalcar que " el desconocer de la ley, no libera de responsabilidad."
EL ERROR NO DEBE SER DE MALA FE, DE LO CONTRARIO SE CONVIERTE EN DOLO.