Erstellt von Daniel Felipe He9839
vor etwa 9 Jahre
|
||
LA PARTICIPACIÓN
En este sentido, puede hablarse de la participación ciudadana a través de las elecciones, los referendos o los plebiscitos. El método más habitual de participación es el sufragio cada una determinada cantidad de tiempo para escoger a los representantes del pueblo. Esto se conoce como democracia representativa (la gente elige a los integrantes del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo).
Más allá de la participación electoral, la participación ciudadana en política puede concretarse a través de otros mecanismos, como la acción en organizaciones no gubernamentales o las manifestaciones públicas. Por ejemplo: “Necesitamos de la participación de la gente para bloquear este proyecto autoritario del gobierno”, “El plebiscito contó con una participación masiva de la ciudad”.
DEMOCRACIA PARTICIPATIVA
Democracia participativa es una expresión amplia que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que la que les otorga tradicionalmente la democracia representativa. La democracia participativa permite una participación ciudadana mayor que en democracia pero menor que en la llamada democracia directa
DEMOCRACRACIA REPRESENTATIVA El gobierno representativo es la forma de gobierno en la que el titular del poder político (el soberano) no ejerce este por sí mismo, sino por medio de representantes. Estos desempeñan las funciones de la soberanía, se enfrentan a los problemas públicos y ejercen los distintos poderes del Estado: formulan las normas jurídicas (poder legislativo), las hacen cumplir a través de la actuación política gubernamental (poder ejecutivo) y resuelven jurídicamente los conflictos que se planteen (poder judicial). Cuando el pueblo es el titular del poder político y elige democraticamente a sus representantes para la integración de las instituciones políticas que ejercen los diversos atributos del mando, se habla de democracia representativa.
Artículo 40 de la constitución política de Colombia
artículo 40.
Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede:
1. Elegir y ser elegido.
2. Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática.
3. Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas.
4. Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen la Constitución y la ley.
ley 134 de 1994
La presente Ley Estatutaria de los mecanismos de participación del pueblo regula la iniciativa popular legislativa y normativa; el referendo; la consulta Popular, del orden nacional, departamental, distrital, municipal y local; la revocatoria del mandato; el plebiscito y el cabildo abierto.
Establece las normas fundamentales por las que se regirá la participación democrática de las organizaciones civiles.
La regulación de estos mecanismos no impedirá el desarrollo de otras formas de participación ciudadana en la vida política, económica, social, cultural, universitaria, sindical o gremial del país ni el ejercicio de otros derechos políticos no mencionados en esta ley
Inactiva legislativa única: se da en aquellos sistemas en donde solamente tiene la iniciativa legislativa el órgano que tiene a su vez atribuido el poder legislativo, y sólo este puede iniciar el procedimiento.
Referendo: El propósito de un referendo consiste en que los proyectos de interés para la comunidad sean autorizados y ejecutados; es decir, el referendo es una instancia a la que el pueblo puede acudir en caso de que la corporación encargada de aprobar la ley no la acepte o simplemente deje vencer el plazo para discutirla y aprobarla
Plebiscito: Es una consulta en la que se somete una propuesta a votación para que los ciudadanos se manifiesten en contra o a favor
Cabildo Abierto: es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.
Revocación de mando: es un procedimiento de participación civil y político por el cual el cuerpo electoral, como titular de la soberanía popular y a través del sufragio, puede remover a un funcionario electo antes de expirar el período para el cual fue seleccionado para ser el presidente o alcalde de un pueblo o ciudad.
Consulta popular: es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual se convoca al pueblo para decida acerca de algún aspecto de vital importancia. La consulta popular puede ser tanto nacional como departamental, municipal, distrital o local.