La ❌ de cada fase del proceso electoral se fijará en el ❌ de convocatoria por el ❌, según lo establecido en el artículo 197 el decreto de convocatoria.
La primera fase inicia un día ❌ de la convocatoria, es el ❌ de postulación e inscripción de candidaturas a cargos populares y la propaganda electoral está ❌ durante este periodo.
La segunda fase será para ❌ de todos los candidatos a cargos de elección popular; que dará inicio ❌ días antes de la fecha en que se celebren las elecciones generales hasta ❌ horas antes de la elección convocada.
La tercera fase consiste en la ❌ de las elecciones, cómputo y calificación de los votos ❌ en las elecciones generales y diputados al Parlamento Centroamericano.
La ❌ se origina a lo interno de cada partido político o comité cívico electoral y la inscripción es propia de las autoridades correspondientes del ❌.