El remito se extiende por triplicado: el original firmado por el comprador se entrega al adquirente; el duplicado, con la conformidad del vendedor por los efectos que los ha recibido, queda en poder del vendedor y se destina a la sección facturación para que proceda a la emisión de la factura. Por último el triplicado permanece en la sección depósito como constancia de las mercaderías salidas
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