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MISIÓN DE ESTUDIOS: ES LA CONDICIÓN DEL PERSONAL POLICIAL, AUTORIZADO POR EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ QUE PARTICIPA EN UN EVENTO ACADÉMICO FUERA DE LA INSTITUCIÓN EN EL:
PAÍS O EN PROVINCIAS
INSTITUTO O FUERZA ARMADA
PAÍS O EN EL EXTRANJERO
CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS POLICIALES
EXTRANJERO
NIVEL JERÁRQUICO QUE SE CONCEDE AL PERSONAL DE ACUERDO A LA PRESENTE NORMA.- ESTA DEFINICIÓN CORRESPONDE A:
ANTIGUEDAD
ASCENSO
JERARQUÍA
CATEGORÍA
GRADO
FALTA DE CAPACIDAD PROFESIONAL O TÉCNICA DEL PERSONAL PARA EJERCER LA FUNCIÓN POLICIAL. - ESTA DEFINICIÓN CORRESPONDE A:
INSUFICIENCIA DISCIPLINARIA
INSUFICIENCIA PARA EL SERVICIO
INSUFICIENCIA PROFESIONAL
INSUFICIENCIA EN EL DESEMPEÑO
INCAPACIDAD LABORAL
SON LOS NIVELES ALCANZADOS POR EL PERSONAL EN SU RESPECTIVA CATEGORÍA, ABARCA UNO (1) O MÁS GRADOS.- ESTA DEFINICIÓN CORRESPONDE A:
CATEGORÍAS
JERARQUÍAS
LAS EVALUACIONES ESTÁN EXENTAS DE TODO INTERÉS AJENO AL INSTITUCIONAL Y SON IMPARCIALES EN SU APLICACIÓN: ESTE PRINCIPIO RECTOR CORRESPONDE A:
PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD
PRINCIPIO DE IGUALDAD
PRINCIPIO DE MERITOCRACIA
PRINCIPIO DE OBJETIVIDAD
PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA
LOS COMPONENTES DE LA CARRERA SON LA ADMINISTRACIÓN DE LA CARRERA, EL ENFOQUE DE COMPETENCIAS A NIVEL INSTITUCIONAL Y PERSONAL; Y:
LOS PROCESOS TÉCNICOS
LOS ENFOQUES TECNICOS
LOS PROCESOS DE ADQUISICIÓN
LOS ENFOQUES HUMANÍSTICOS
LOS ENFOQUES MODERNOS
EL SUBOFICIAL DE PRIMERA DE ARMAS O DE SERVICIOS, SE ENCUENTRA COMPRENDIDO DENTRO DE LA JERARQUÍA DE:
SUBOFICIALES BRIGADIERES
SUBOFICIALES INFERIORES
SUBOFICIALES SUPERIORES
SUBOFICIALES
SUBOFICIALES TÉCNICOS
EN LA JERARQUÍA DE OFICIAL SUBALTERNO DE SERVICIOS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, CORRESPONDE EL GRADO DE:
CAPITÁN
MAYOR
COMANDANTE
TENIENTE
ALFÉREZ
CUÁL ES UN PROCESO TÉCNICO DE LA CARRERA
CALIFICACIÓN ANUAL DE DESEMPEÑO
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
NOTA ANUAL DE DISCIPLINA
PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL
ADMINISTRACIÓN DE LA CARRERA
UNO DE LOS PROCESOS TÉCNICOS DE LA CARRERA ES:
RENOVACIÓN DE CUADROS
LA ADMINISTRACIÓN DE LA CARRERA
EL ENFOQUE DE COMPETENCIAS A NIVEL INSTITUCIONAL Y PERSONAL
CALIFICACION ANUAL
TÉRMINO DE LA CARRERA
EVALUACIÓN DE PERSONAL
A PROPUESTA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PERSONAL, LAS VACANTES POR CADA ESPECIALIDAD FUNCIONAL, SON ESTABLECIDAS POR:
LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA
LA DIRECCIÓN DE ECONOMÍA DE LA PNP
LA ALTA DIRECCIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
LA DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
ESPECIALIDADES FUNCIONALES.- UNA ESPECIALIDAD FUNCIONAL QUE EJERCE EL PERSONAL DE ARMAS ES:
TRÁNSITO Y SEGURIDAD VÍAL
CRIMINALÍSTICA
SEGURIDAD PÚBLICA
INVESTIGACIÓN ESPECIAL
TURISMO Y MEDIO AMBIENTE
UNA ESPECIALIDAD FUNCIONAL QUE EJERCE EL PERSONAL DE ARMAS ES:
SEGURIDAD INTEGRAL
INFANTERÍA
TECNOLOGÍA INFORMÁTICA
LA CAPACITACIÓN, ESPECIALIZACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PROFESIONAL SE IMPLEMENTAN A TRAVÉS DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN CONTINUA Y LA:
ESCUELA DE POSGRADO DE LA PNP.
ESCUELA DE CRIMINALÍSTICA
ESCUELA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL
ESCUELA DE OFICIALES
ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN
ES EL PUESTO LABORAL ESPECÍFICO ESTABLECIDO EN EL CUADRO DE ORGANIZACIÓN, QUE SE ASIGNA AL PERSONAL CON EMPLEO, DE ACUERDO A LAS LISTAS DE RENDIMIENTO PROFESIONAL O TÉCNICO, ESPECIALIDADES FUNCIONALES Y ANTIGUEDAD.
EMPLEO
ASIGNACIÓN
REASIGNACIÓN
DESIGNACIÓN
CARGO
A IGUALDAD DE GRADO,SERÁ CONSIDERADO DE MAYOR ANTIGUEDAD QUE EL PERSONAL DE SERVICIOS.ESTAMOS HABLANDO DEL PERSONAL :
DE SERVICIOS
CAPACITADO
ESPECIALIZADO
EN ACTIVIDAD
DE ARMAS
EL GRADO EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD OTORGA:
MANDO Y EMPLEO
CAPACIDAD DE ADMINISTRAR
TRABAJO Y TAREAS
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES
ATRIBUTOS Y FACULTADES
DEL CURSO DE ADAPTACIÓN INSTITUCIONAL; SE DESARROLLA DURANTE:
LOS TRES (3) PRIMEROS MESES DEL PERÍODO DE ASMILACIÓN CON CARÁCTER OBLIGATORIO
EL PRIMER MES DEL PERÍODO DE ASMILACIÓN CON CARÁCTER OBLIGATORIO
LOS CUATRO (4) PRIMEROS MESES DEL PERÍODO DE ASMILACIÓN CON CARÁCTER OBLIGATORIO
LOS CINCO (5) PRIMEROS MESES DEL PERÍODO DE ASMILACIÓN CON CARÁCTER OBLIGATORIO
LOS SEIS (6) PRIMEROS MESES DEL PERÍODO DE ASMILACIÓN CON CARÁCTER OBLIGATORIO
LA CAPACITACIÓN, ESPECIALIZACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PROFESIONAL SE IMPLEMENTAN A TRAVÉS DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN CONTINUA Y LA ESCUELA DE POSGRADO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, DE ACUERDO A LA POLÍTICA Y PLANES EDUCATIVOS QUE DESARROLLE LA:
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PERSONAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA
DIRECCIÓN EJECUTIVA ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE SEGURIDAD INTEGRAL
DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
EL PROCESO DE ASIMILACIÓN ESTÁ A CARGO DE:
LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PERSONAL
LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE SEGURIDAD INTEGRAL
LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN
PARA ACCEDER A LAS BECAS EN LOS CURSOS EQUIVALENTES A LOS PROGRAMAS DE PERFECCIONAMIENTO PROFESIONAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, SE REQUIERE PREVIAMENTE HABER LOGRADO VACANTE EN LOS PROCESOS DE ADMISIÓN A LA ESCUELA DE POSGRADO Y ESTAR AUTORIZADO MEDIANTE:
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PERSONAL
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL
RESOLUCIÓN SUPREMA
SEÑALE UNO DE LOS CRITERIOS PARA DETERMINAR LA PRECEDENCIA EN EL GRADO:
PARA EL PERSONAL INCORPORADO POR ASIMILACIÓN, LA ANTIGUEDAD SE DETERMINA EN ATENCIÓN AL ORDEN DE MÉRITO DE SU INCORPORACIÓN
A MAYOR GRADO, MENOR ANTIGUEDAD
EN LOS GRADOS DE ALFÉREZ Y SUBOFICIAL DE TERCERA, LA ANTIGÜEDAD SE DETERMINA EN ATENCIÓN AL ORDEN DE MÉRITO OBTENIDO AL INGRESO DE LA RESPECTIVA ESCUELA DE FORMACIÓN
A IGUALDAD DE GRADOS PRIMA EL DE MENOR TIEMPO DE SERVICIOS PRESTADOS EN EL GRADO
PARA EL PERSONAL INCORPORADO POR ASIMILACIÓN, LA ANTIGUEDAD SE DETERMINA EN ATENCIÓN AL ORDEN DE MÉRITO DE SU FORMACION
A MAYOR GRADO MENOR ANTIGUEDAD
EN LOS GRADOS DE ALFÉREZ Y SUBOFICIAL DE TERCERA, LA ANTIGUEDAD SE DETERMINA EN ATENCIÓN AL ORDEN DE MÉRITO OBTENIDO AL EGRESO DE LA RESPECTIVA ESCUELA DE FORMACIÓN
PARA EL PERSONAL INCORPORADO POR ASIMILACIÓN LA ANTIGUEDAD SE DETERMINA EN ATENCION AL ORDEN DE MERITO DE SU ASIMILACION
A IGUALDAD DE GRADOS EL PERSONAL DE SERVICIOS SERÁ CONSIDERADO DE MAYOR ANTIGUEDAD QUE EL PERSONAL DE ARMAS
A IGUALDAD DE GRADO PRIMA EL DE MENOR TIEMPO DE SERVICIOS PRESTADO EN EL GRADO
LAS DISPOSICIONES DEL PRESENTE DECRETO LEGISLATIVO ALCANZAN A TODOS LOS OFICIALES Y SUBOFICIALES DE ARMAS Y DE SERVICIOS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD, DISPONIBILIDAD Y RETIRO.- CORRESPONDE A:
FINALIDAD
OBJETO
OBJETIVO
DEFINICIÓN
ÁMBITO DE APLICACIÓN
LA UBICACIÓN DEL PERSONAL EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD EN UN CARGO ESPECÍFICO, ACORDE A LAS ESPECIALIDADES FUNCIONALES, AL CUADRO DE ORGANIZACIÓN Y AL CUADRO DE PERSONAL Y QUE SE EJECUTA ANUALMENTE CONFORME A LOS CAMBIOS GENERALES DE COLOCACIÓN.- CORRESPONDE A:
CUADRO DE ORGANIZACIÓN
CUADRO DE MÉRITO DE ASCENSO
ESCALAFÓN
ESPECIALIDAD FUNCIONAL
EL GRADO CONFERIDO AL PERSONAL, TIENE CARÁCTER:
LIMITADO
TEMPORAL
VITALICIO
INDETERMINADO
REGULAR
ATRIBUTOS Y RESPONSABILIDADES CORRESPONDIENTES AL GRADO DEL PERSONAL POLICIAL.- A MAYOR GRADO, MAYOR RESPONSABILIDAD. LA RESPONSABILIDAD ES:
DENEGADA
INDELEGABLE
DELEGABLE
LIMITADA
OBLIGATORIA
DISEÑAR LA ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA CARRERA, CON EL FIN DE ESTABLECER LAS OPORTUNIDADES DEL DESARROLLO PERSONAL, PROFESIONAL Y TÉCNICO, CON ÉNFASIS EN LA DISCIPLINA Y LOS MÉRITOS.- CORRESPONDE A:
OBJETIVO DE LA ORGANIZACIÓN DE LA CARRERA
ALCANCE DE LA ORGANIZACIÓN DE LA CARRERA
DEFINICIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LA CARRERA
FINALIDAD DE LA ORGANIZACIÓN DE LA CARRERA
ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN DE LA CARRERA
PARA EL PERSONAL INCORPORADO POR ASIMILACIÓN, LA ANTIGÜEDAD SE DETERMINA:
EN ATENCIÓN AL ORDEN DE MÉRITO DE SU INCORPORACIÓN
EN ATENCIÓN AL RANGO DE MÉRITO OBTENIDO AL EGRESO
EN ATENCIÓN AL CUADRO DE MÉRITO DE EGRESO DE LA ESCUELA
EN ATENCIÓN AL PUESTO DE MÉRITO DE SU INGRESO
EN ATENCIÓN AL CUADRO DE MÉRITO DE SU UNIVERSIDAD O INSTITUTO
CORRESPONDE A UN GRADO:
OFICIALES GENERALES
TENIENTE GENERAL
SUBOFICIALES TECNICOS
SUBOFICIALES DE SERVICIOS
ES EL PERIODO EN EL QUE PERMANECE EL PERSONAL PROFESIONAL Y TÉCNICO QUE SE INCORPORA A LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, HASTA LA OBTENCIÓN DE LA EFECTIVIDAD EN EL GRADO.- ESTE ENUNCIADO CORRESPONDE A:
MAESTRÍA
CAPACITACIÓN
ASIMILACIÓN
ESPECIALIZACIÓN
PASANTÍA
LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PERSONAL DIFUNDIRÁ A NIVEL NACIONAL EL PROGRAMA DE BECAS NACIONALES E INTERNACIONALES, QUE SERÁN ASIGNADAS MEDIANTE:
CONCURSO
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN DE LA JEFATURA
CONVOCATORIA
NINGÚN OFICIAL DE ARMAS PODRÁ PRESTAR SERVICIOS EN UNA MISMA UNIDAD POR UN PERIODO MAYOR DE DOS (02) AÑOS; EXEPCIONALMENTE, LO PODRÁ HACER POR:
UN PERIODO ADICIONAL DE TRES (3) AÑOS
UN PERIODO ADICIONAL DE CUATRO (4) AÑOS
UN PERIODO ADICIONAL DE DOS (2) AÑOS
UN PERIODO ADICIONAL DE UN (1) AÑO
UN PERIODO ADICIONAL DE UN (1) MES
EXCEPCIONALMENTE, EL DIRECTOR GENERAL PODRÁ DISPONER LA REASIGNACIÓN DEL PERSONAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ:
CUANDO CUMPLAN LAS NORMAS Y DISPOSICIONES DE COMANDO
CUANDO EL CASO LO AMERITE
INMEDIATAMENTE
SE ENCUENTRE INCURSO EN HECHOS QUE ATENTEN CONTRA LOS BIENES JURÍDICOS DE LA INSTITUCIÓN
A SOLICITUD DEL INTERESADO
EL PERSONAL POLICIAL QUE SEA ASIGNADO A CARGOS EN ENTIDADES DIFERENTES A LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ Y MINISTERIO DEL INTERIOR, DEBERÁ TENER UNA PERMANENCIA QUE:
NO EXCEDERÁ DE CUATRO (04) AÑOS EN UN MISMO GRADO O CUATRO (04) AÑOS EN TODA LA CARRERA.
NO EXCEDERÁ DE CUATRO (04) AÑOS EN UN MISMO GRADO O DOS (02) AÑOS EN TODA LA CARRERA.
NO EXCEDERÁ DE DOS (02) AÑOS EN UN MISMO GRADO O CUATRO (04) AÑOS EN TODA LA CARRERA.
NO EXCEDERÁ DE DOS (02) AÑOS EN UN MISMO GRADO O DOS (02) AÑOS EN TODA LA CARRERA
NO EXCEDERÁ DE DOS (02) AÑOS EN UN MISMO GRADO O TRES (03) AÑOS EN TODA LA CARRERA.
EL DESTAQUE DE OFICIALES GENERALES, SUPERIORES Y SUBALTERNOS, SE APRUEBA POR:
RESOLUCIÓN SUPREMA, RESOLUCIÓN MINISTERIAL Y RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
RESOLUCION DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PERSONAL
EL CARGO ES DESEMEPEÑADO EN CONDICIÓN DE:
TITULAR, ENCARGADO E INTERINO
TITULAR, ENCARGADO Y ACCIDENTAL
TITULAR, ENCARGADO Y SUPLENTE
TITULAR, ENCARGADO Y PROVISIONAL
TITULAR, ENCARGADO Y SUPLETORIO
RESPECTO A LA ASIGNACIÓN DEL CARGO PARA AGREGADO POLICIAL, ES DESEMPEÑADO POR:
OFICIALES SUPERIORES DE ARMAS O DE SERVICIOS
OFICIALES GENERALES O CORONELES DE SERVICIOS
OFICIALES SUPERIORES MAYORES O COMANDANTES DE SERVICIOS
OFICIALES SUPERIORES MAYORES O COMANDANTES DE ARMAS
OFICIALES GENERALES O CORONELES DE ARMAS
EL REGLAMENTO DE INCENTIVOS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, SE APROBARÁ MEDIANTE:
RESOLUCIÓN GENERAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
DECRETO SUPREMO
RESOLUCIÓN JEFATURAL
DECRETO MINISTERIAL
LA CONDECORACIÓN DE LA ÓRDEN AL MÉRITO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ SE OTORGARÁ EN LAS CATEGORÍAS SIGUIENTES EXCEPTO:
POR SERVICIOS MERITORIOS
POR ACCION DISTINGUIDA
POR APROBACION DEL CONSEJO DE CALIFICACIÓN
POR ESFUERZO INTELECTUAL
POR SERVICIOS EXCEPCIONALES
PROMOVER AL PERSONAL AL GRADO INMEDIATO SUPERIOR, EN CONSIDERACIÓN A SUS CAPACIDADES, CONOCIMIENTOS, HABILIDADES Y APTITUDES, ASÍ COMO POR LA EVALUACIÓN OBJETIVA DE SUS MÉRITOS Y DEMÉRITOS, NOS REFERIMOS A:
LA FINALIDAD DEL ASCENSO
EL ALCANCE DEL ASCENSO
EL ESFUERZO DEL ASCENSO
EL CONCEPTO DEL ASCENSO
EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL ASCENSO
LOS ASCENSOS SE CLASIFICAN DE LA SIGUIENTE MANERA:
POR SELECCIÓN, CONCURSO Y FELICITACIÓN
POR CONCURSO, EXCEPCIÓN Y SERVICIOS
POR SELECCIÓN, CONCURSO Y EXCEPCIÓN
POR SELECCIÓN, EXCEPCIÓN Y FELICITACIÓN
POR SELECCIÓN, INCENTIVO Y PREMIACIÓN
CONSTITUYE UN FACTOR DE EVALUACIÓN, TANTO PARA OFICIALES Y SUBOFICIALES:
EXPERIENCIA PERSONAL
FORMACIÓN EDUCATIVA
FORMACIÓN PROFESIONAL Y TÉCNICA
EXPERIENCIA PARA EL SERVICIO POLICIAL
MORAL Y ÉTICA
LA ASIGNACIÓN DE CARGOS EN LAS AGREGADURÍAS POLICIALES SE PRODUCE DE ACUERDO CON LAS SIGUIENTES ETAPAS:
EXAMEN DE SELECCIÓN - NOMBRAMIENTO
VERIFICACIÓN DE APTITUD - ASIGNACIÓN
CONVOCATORIA - DESIGNACIÓN DEL CARGO
EVALUACIÓN Y SELECCIÓN - ASIGNACIÓN DEL CARGO
EXAMEN DE SELECCIÓN - RATIFICACIÓN
LISTAS DEL RENDIMIENTO PROFESIONAL O TÉCNICO.- LA NOTA MÁXIMA ES DE CIEN (100) PUNTOS. SE PUBLICAN ANUALMENTE EN EL MES DE:
DICIEMBRE
ENERO
MARZO
JULIO
AGOSTO
EL PERSONAL FEMENINO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ QUE PARTICIPA EN EL PROCESO DE ASCENSOS ENCONTRÁNDOSE EN ESTADO DE GESTACIÓN, ES EXONERADO DE LOS EXÁMENES QUE PONGAN EN RIESGO SU SALUD O LA DEL CONCEBIDO ASIGNÁNDOLES NOTA APROBATORIA, CON EXCEPCIÓN DEL:
EXAMEN DE TIRO POLICIAL
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS
EXAMEN MÉDICO
EXAMEN DE RECONOCIMIENTO MÉDICO
EXAMEN DE ESFUERZO FÍSICO
EN LA CALIFICACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS DEL SERVICIO. TODO EFECTO O CONSECUENCIA NEGATIVA EN LA SALUD DERIVADO DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO POLICIAL QUE NO PUEDE SER REFERIDO A OTRA CAUSA, CORRESPONDE.
ACCIÓN DE ARMAS
ACTO DEL SERVICIO
CONSECUENCIA DEL SERVICIO
OCASIÓN DEL SERVICIO
ACTO AJENO AL SERVICIO
PARA ASCENDER A GENERAL SE REQUIERE CUMPLIR LAS CONDICIONES SIGUIENTES:
REGISTRAR LA CONDECORACIÓN DE LA ORDEN AL MÉRITO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, POR LA CAUSAL SERVICIOS MERITORIOS, EN LOS GRADOS QUE CORRESPONDAN A LOS AÑOS DE SERVICIOS
HABER SIDO SANCIONADO EN LA JERARQUÍA DE OFICIAL SUPERIOR POR COMISIÓN DE INFRACCIONES MUY GRAVES
NO HABER SIDO SANCIONADO EN LA JERARQUÍA DE OFICIAL SUPERIOR POR COMISIÓN DE INFRACCIONES LEVES, GRAVES O MUY GRAVES
REGISTRAR LA CONDECORACIÓN DE LA ORDEN AL MÉRITO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, POR LA CAUSAL DE ACCIÓN DISTINGUIDA, EN LOS GRADOS QUE CORRESPONDAN A LOS AÑOS DE SERVICIOS
HABER SIDO SANCIONADO EN LA JERARQUÍA DE OFICIAL SUPERIOR POR COMISIÓN DE INFRACCIONES GRAVES O MUY GRAVES
SON DECLARADOS APTOS LOS OFICIALES Y SUBOFICIALES DE ARMAS Y DE SERVICIOS, QUE REUNAN LOS REQUISITOS SIGUIENTES :
TENER UN PROMEDIO NO MENOR DE SETENTA Y CINCO (75) PUNTOS EN EL FACTOR RENDIMIENTO PROFESIONAL CORRESPONDIENTE AL GRADO QUE OSTENTA
NO REGISTRAR EN EL AÑO DEL PROCESO SENTENCIA JUDICIAL CONSENTIDA O EJECUTORIADA, CON CONDENA DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, EFECTIVA O INHABILITACIÓN PARA EL CARGO
TENER UN PROMEDIO NO MENOR DE SESENTA (60) PUNTOS EN EL FACTOR RENDIMIENTO PROFESIONAL CORRESPONDIENTE AL GRADO QUE OSTENTA
NO REGISTRAR EN EL AÑO DEL PROCESO SENTENCIA JUDICIAL CONSENTIDA, CON CONDENA DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, EFECTIVA O INHABILITACIÓN PARA EL EMPLEO
NO REGISTRAR EN EL AÑO DEL PROCESO SENTENCIA JUDICIAL CONSENTIDA O EJECUTORIADA, CON CONDENA DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, EFECTIVA O INHABILITACIÓN PARA EL PUESTO