Art. 769.1 Lec.- En relación con los procesos matrimoniales y de menores, será tribunal competente para conocer de ellos, cuando cada cónyuge residan en el mismo partido judicial…
El del lugar en que contrajeron matrimonio
El del lugar del domicilio conyugal
El del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado, a elección del demandante o de los cónyuges que soliciten la separación o divorcio de mutuo acuerdo
El del lugar donde se hallen los demandados, o el de su última residencia, a elección del demandante
Art. 769.1 Lec.- En relación con los procesos matrimoniales y de menores, será tribunal competente para conocer de ellos, cuando cada cónyuge resida en un partido judicial distinto…
El del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado, a elección del demandante
Art. 769.1 Lec.- En relación con los procesos matrimoniales y de menores, será tribunal competente para conocer de ellos, cuando los demandados no tuvieren domicilio ni residencia conocido…
Podrá ser el del domicilio del actor
Art. 769.3 Lec.- En los procesos que versen exclusivamente sobre guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos reclamados por un progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores, será competente el Juzgado de Primera Instancia del lugar…
Del último domicilio común de los progenitores
Del domicilio de los menores
Del domicilio del actor
Del domicilio del demandado
Art. 769.4 LEC.- En los procesos matrimoniales y de menores…
a) El tribunal examinará de oficio su propia competencia
b) El tribunal sólo examinará a instancia de parte sui propia competencia
c) Serán nulos los acuerdos de las partes que se opongan a las reglas de determinación de la competencia establecidas en la LEC
d) Son correctas las opciones a) y c)
Art. 770 LEC.- Las demandas de separación y divorcio, salvo las que se formulen de común acuerdo, se sustanciarán por los trámites…
Del juicio ordinario
Del juicio verbal, con algunas especialidades
Especialmente establecidos para ellos
Del juicio ordinario con una serie de modificaciones contenidas en la ley
Art. 770.1 LEC.- En los procesos matrimoniales, junto con la demanda se habrá de acompañar…
El certificado de inscripción de matrimonio
En su caso, los certificados de las inscripciones de nacimiento de los hijos en el Registro Civil
En su caso, los documentos que permitan evaluar la situación económica de los cónyuges
Todas las opciones anteriores son correctas
Art. 770.2 Lec.- Formulada reconvención, el actor dispondrá para contestarla de…
Tres dias
Cinco dias
Diez dias
Quince dias
Art. 770.3 Lec.- A la vista de los procesos matrimoniales…
No será preceptivo que concurren las partes por sí mismas, siempre que en su nombre comparezcan sus procuradores
Sera obligatoria la asistencia de los abogados respectivos de las partes
Será preceptiva la presencia de abogados y procuradores de las partes, no de las mismas partes
No será preceptiva la presencia de las partes, de sus abogados ni de sus procuradores, aun la ausencia de todos ellos determinará el archivo de las actuaciones
A la vista deberán concurrir las partes por sí mismas, con apercibimiento de que su incomparecencia sin causa justificada podrá determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por la parte que comparezca