¿Cuál es la Ley de Bases de Régimen Local vigente?
Ley 3/1987, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
Ley 5/1984, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
Según el artículo 112 de la Ley de Bases de Régimen Local:
el Presupuesto es la expresión única, cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que se prevean realizar durante el correspondiente ejercicio económico.
el Presupuesto es la expresión única, cifrada, conjunta y sistemática de las pretensiones que se deberían realizar durante el correspondiente ejercicio económico.
el Presupuesto es la expresión continuad, numérica, conjunta y sistemática de las obligaciones a realizar durante el correspondiente ejercicio económico,
Se encuentran entre los principios presupuestarios:
El principio de suficiencia económica, capacidad y unidad
Principio de universalidad, estabilidad presupuestaria y publicidad
Principio de anualidad, equilibrio y capacidad económica
El Presupuestos de las entidades locales debe quedar definitivamente aprobado:
antes del 31 de Octubre
antes del 1 de Enero del año siguiente
antes del 31 de Diciembre
¿Qué ocurre si termina el año natural y el presupuesto siguiente no está aprobado?
Se prorrogan automáticamente los créditos del ejercicio anterior
Media el Gobierno autonómico con carácter urgente
Se convoca un pleno extraordinario para crear el nuevo presupuesto
La clasificación de los gastos en el Presupuesto se produce por:
programas, asientos y unidades económicas
programas económicos, apuntes y categorías
programas, categorías económicas y unidades orgánicas
¿Quién tiene la obligación de formar el presupuesto?
Alcalde
Alcalde y Concejales
Junta de Gobierno
¿Qué documentación debe unirse al presupuesto para su elevación al pleno?
Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior, anexo de personal de carrera, anexo de inversiones venideras y relación de las sociedades mercantiles cuyo capital pertenezca íntegro a la entidad local.
Memoria y liquidación del presupuesto del ejercicio anterior detallado
Memoria explicativa, liquidación del presupuesto del ejercicio anterior, anexo de personal, anexo de inversiones venideras, informe económico financiero, entre otros.
Los documentos que integran el Presupuesto son:
Planes, estados y anexos
Estados, anexos y bases de ejecución
Anexos, movimientos y estados
¿La plantilla es un documento indispensable que debe acompañar al proyecto de presupuesto?
Si
No
Solo la plantilla de funcionarios de carrera
¿A quién corresponde la aprobación del Presupuesto?
A la Junta de Gobierno
Al Alcalde
Al Pleno de la Corporación Local
¿Dónde se publica el Presupuesto aprobado?
En el BOE
En el tablón de anuncios de la Corporación Local
En el Boletín Oficial de la Corporación, en el Boletín Oficial de la Provincia y en su caso de la Comunidad Autónoma
El remanente de Tesorería esta integrado por:
Derechos pendientes de cobro, fondos líquidos a 31 de diciembre y obligaciones reconocidas y liquidadas no satisfechas el último día del ejercicio
Déficit del ejercicio anterior, sobrantes de partidas y liquidaciones pendientes
Apelaciones de crédito y derechos pendientes de cobro.
Aquellos créditos que: "debidamente explicitados, incrementen la cuantía, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por vía reglamentaria" :
Tendrán la condición de créditos ampliables
Tendrán la condición de créditos anexos
Tendrán la condición de créditos presupuestarios suplementarios
¿Cuáles son las fases de ejecución del presupuesto de gastos?
1. Autorización del gasto 2. Disposición o compromiso del gasto 3. Elevación a tesorería 4. Ordenación de pago
1. Autorización del gasto 2. Informe preceptivo de intervención 3. Reconocimiento o liquidación de la obligación 4. Ordenación de pago
1. Autorización del gasto 2. Disposición o compromiso del gasto 3. Reconocimiento o liquidación de la obligación 4. Ordenación de pago