Zusammenfassung der Ressource
Frage 1
Frage
DONDE REGULA EL CÓDIGO PENAL ESTOS COMPORTAMIENTOS
Antworten
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EL XIX Y EL XX
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XVII Y XV
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VII Y IX
Frage 2
Frage
QUE DISPONE EL ARTICULO 408 ?
Antworten
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“La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación
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El funcionario público deberá dejar de promover siempre los delitos
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El funcionario cuidara de la continuidad de los delitos