LEY 30/92. T IV. ACTIVIDAD DE LAS ADMONES

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opsiciones de psicologo de servicios sociales y oposiciones de auxiliar administrativo procedimiento administrativo Karteikarten am LEY 30/92. T IV. ACTIVIDAD DE LAS ADMONES, erstellt von MaríaJosé Fatuarte Troya am 05/09/2014.
MaríaJosé Fatuarte Troya
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DERECHOS DE LOS CIUDADANOS EN SUS RELACIONES CON LAS ADMONES PÚBICAS - A conocer en cualquier momento los procedimientos de los que sean interesados y a obtener copias - A identificar a atuoridades y personal implicado. - A obtener copia sellada y devolución de originales - A usar las lenguas oficiales - A formular alegaciones y presentar documentación en cualquier momento previo a la audiencia. - A no presentar documentos no exigidos. - A ser tratados con respeto y deferencia - Acceso a los registros y archivos, segú ley - A exigir las responsabilidades de las admones.
LENGUA USADA EN LOS PROCEDIMIENTOS - En AGE castellano, (pero los interesados que se dirijan a organos de AGE con sede en una CCAA pueden usar su lengua) - La admón cambiará al castellano los documentos que tengan que salir fuera
ACCESO A REGISTROS Y SUS DOCUMENTOS - A cualquier expediente terminado - Acceso a documentos que contengan datos de la intimidad de las personas, reservado a éstas. - Acceso a documentos que no tengan datos de intimidad también por quienes acrediten interés legítimo y directo. *Acceso denegado x interés público, o x intereses de terceros más dignos de protección, o cuando diga ley.
NO ACCESO A LOS EXPDIENTES QUE CONTENGAN - Información sobre actuaciones del AGE o de CCAA - Información sobre Defensa Nacional o Seguridad del Estado - Investigación de delitos si puede ponerse en peligros la protección de derechos de terceros. - Materias protegidas por el secreto comercial o industrial - Actuaciones administrativas derivadas de política monetaria.
ACCESO A EXPEDIENTES REGIDOS POR SUS PROPIAS DISPOSICIONES: - Normativa sobre materias clasificadas. - Datos sanitarios personales de los pacientes. - Archivos regulados por legislación del régimen electoral - Archivos de fines exclusivamente estadísticos - Registro Civil y Registro de Penados y Rebeldes - Archivos de AAPP por parte de Diputados, Senadores... - Consulta de fondos documentales de los Archivos Históricos
FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LOS ESCRITOS QUE LOS CIUDADANOS DIRIGEN A LOS ÓRGANOS - En el registro del órgano al que se dirijan. - En el registro de cualquier órgano de AGE, o de CCAA, o de locales si tienen convenio - En Correos - En representaciones diplomáticas y consulares.
OBLIGACIÓN DE RESOLVER DE LAS AAPP - AAPP están obligadas a dictar resolución expresa y a notificar, cualquiera que sea su forma de iniciación *Excepto terminación por pacto/convenio y
PLAZO PARA RESOLVER EXPEDIENTES - Plazo máximo fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento, siempre < 6 meses. - Si normas no fijan plazo, será de 3 meses (desde la fecha de acuerdo de iniciación o desde la fecha en la que la solicitud ha entrado en el órgano competente: ojo a Correos)
PLAZO MAXIMO LEGAL PARA RESOLVER SE PUEDE SUSPENDER EN LOS CASOS: - Cuando haya requerimiento para subsanaciones - Cuando sea necesario un pronunciamiento de un órgano de Comunidades Europeas - Cuando se soliciten informes preceptivos y determinantes. - Cuando se necesiten pruebas técnicas y análisis contradictorios - Cuando se inicien negociaciones para pacto o convenio
SILENCIO ADMIVO EN PROCEDIMIENTOS INICIADOS A SOLICITUD DEL INTERESADO -Las solicitudes quedan estimadas (menos las referidas al derecho de petición o que supongan facultades relativas al dominio público)
SILENCIO ADMIVO EN PROCEDIMIENTOS INICIADOS DE OFICIO - Si se deriva el reconocimiento de derechos, se considerará desestimado - En procedimientos sancionadores se producirá la caducidad.
COMPUTO DE PLAZOS - Si el plazo es fijado en días, son hábiles (menos domingos y festivos) - Si el plazo es fijado en días se cuenta a partir del siguiente al de la notificación/publicación o estimación/desestimación. - Si el plazo es fijado en meses o años, se cuenta desde el día siguiente al de la notificación/publicación - Si el último día es inhábil, se extiende al primer hábil siguiente. - Si un día es hábil en una CCAA/local e inhábil en la sede (o al revés) se considera inhábil
AMPLIACIÓN DE PLAZOS - Admón puede conceder ampliación si no excede de la mitad. - Con necesaria notificación a los interesados - Tanto la petición como la decisión se han de dar antes del vencimiento del plazo. - Contra acuerdos de ampliación o su denegación no cabe recurso.
TRAMITACIÓN DE URGENCIA - Los plazos se reducirián a la mitad. - Contra el acuerdo que declare tramitación de urgencia no cabe recurso
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