Introducción al Derecho de Javier Arias.

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Cap 6-10.
Sara Jiménez
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Sara Jiménez
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LEY NATURAL JUICIO QUE CON BASE EN EVIDENCIA EMPÍRICA ES VÁLIDO. EXPLICA RELACIONES CAUSA-EFECTO.
NORMA DE CONDUCTA UN JUICIO DE VALOR QUE BUSCA ASIGNAR UNA CONDUCTA PREVIAMENTE EXPUESTA EN UNA NORMA. EL DEBER SER.
IMPUTACIÓN DE LA NORMA DE CONDUCTA GENERA UNA RELACIÓN ENTRE LA CONDUCTA Y LA SANCIÓN. EN VIRTUD DE UNA NORMA JURÍDICA SE ATRIBUYE UNA RESPONSABILIDAD POR DETERMINADOS HECHOS.
FALACIA NATURALISTA DE UN HECHO EMPÍRICO NUNCA SE PUEDE INFERIR UN ENUNCIADO MORAL.
FALACIA DE LA FALACIA HAY ENUNCIADOS DESCRIPTIVOS QUE ENTRAÑAN ENUNCIADOS EVALUATIVOS, CUANDO SE VALIDAN PORQUE SE ESTÁN VALORANDO.
DISTINTOS TIPOS DE ACTOS DE SEARLE: (1) DE OMISIÓN, (2) PROPOSICIONALES, (3) ILOCUCIONARIOS Y (4) PERLOCUCIONARIOS 1. EMITIR PALABRAS O ORACIONES. 2. REFERIR ALGO O PREDICAR. 3. ENUNCIAR, PREGUNTAR, MANDAR, PROTEGER, ETC. 4. EXPRESAN ESTADOS DE ÁNIMO, PENSAMIENTOS O CREENCIAS.
FUNCIÓN DEL LENGUAJE "DESCRIPTIVA O INFORMATIVA" SE BRINDA INFO Y DESCRIBE UN ESTADO DE COSAS.
FUNCIÓN DEL LENGUAJE "EXPRESIVA" SE UTILIZA LENGUAJE POSITIVO O NEGATIVO PARA TRANSMITIR CONTENIDOS RELACIONADOS CON SENTIMIENTOS.
FUNCIÓN DEL LENGUAJE "DESCRIPTIVA O DIRECTIVA" SE EXIGEN CONDUCTAS ESPECÍFICAS
PROPOSICIÓN SIMPLE ES LA FROMA BÁSICA PARA CONSTRUIR UN RAZONAMIENTO
PROPOSICIÓN COMPUESTA EN ESTA LA RELACIÓN ENTRE EL SUJETO Y EL PREDICADO SE DA POR RELACIONES DE OPOSICIÓN, ADICIÓN O CONDICIÓN.
TIPOS DE PROPOSICIÓN "DECLARATIVAS, DESCRIPTIVAS O ENUNCIATIVAS" INFORMAN SOBRE UN HECHO.
TIPOS DE PROPOSICIÓN "EXCLAMATIVAS" SON EXCLAMATIVAS, PERO, SON PROPOSICIONES SI ENCUBREN ÓRDENES
TIPOS DE PROPOSICIÓN "INTERROGATIVAS" SE UTILIZAN PARA SOCILITAR INFO, PERO, SON PROPOSICIONES SI EXPRESAN VERDADEROS MANDATOS.
TIPOS DE PROPOSICIÓN "IMPERATIVAS" ESTAS INCLUYEN ÓRDENES, CONSEJOS, ENTRE OTRAS.
TEORÍA IMPERATIVISTA SE FUNDAMENTA EN QUE EL E. PRODUCE NORMAS COACTIVAS (MANDATOS). SUS 3 ELEMENTOS SON: IMPERATIVIDAD, ESTATALIDAD Y COACTIVIDAD.
TEORÍA ANTIIMPERATIVISTA LA NORMA ES UN JUICIO HIPOTÉTICO (NO CATEGÓRICO), PARA MODIFICAR UNA CONDUCTA.
FUERZA VINCULANTE ES ESTAR FACULTADO O AUTORIZADO PARA FORMULAR UN MANDATO.
ALFRED ROSS & LA FUERZA VINCULANTE LA FUERZA VINCULANTE SE DERIVA DE QUE LA NORMA SEA SENTIDA COMO SOCIALMENTE VINCULANTE.
REGLAS DE HART PRIMARIAS Y SECUNDARIAS PRIMARIAS: MANDATO RESPALDADO POR UNA AMENAZA O SANCIÓN. SECUNDARIAS: CONFIEREN FACULTADES Y PUEDEN ALTERAR O EXTENDER LAS PRIMARIAS (ADJUDICACIÓN, CAMBIO Y RECONOCIMIENTO).
LA REGLA DE RECONOCIMEINTO DE HART ES LA REGLA QUE MEDIANTE EL HECHO SOCIAL PERMITE SUSTENTAR JUICIOS DE VALIDEZ SOBRE TODAS LAS NORMAS DEL SISTEMA
VALIDEZ MATERIAL ES CUANDO SU CONTENIDO NO ENTRA EN CONTRADICCIÓN CON NINGUNA OTRA NORMA.
VALIDEZ FORMAL ES CUANDO HAN SIDO RESPETADAS LAS NORMAS EXIGIDAS PARA SU PRODUCCIÓN (JERARQUÍA LÓGICA).
VALIDEZ SEGÚN BOBBIO ES LA QUE TIENE QUE VER CON LA VIGENCIA DE LA NORMA: PLENA VIGENCIA, NO SE CONTRADICE Y SE PROMULGA POR UN ÓRGANO COMPETENTE.
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LA NORMA SEGÚN BOBBIO - ¿LA NORMA ES JUSTA? - ¿LA NORMA ES VÁLIDA? - ¿LA NORMA ES EFICAZ?
RASGOS DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO "COACCIÓN" FUERZA LEGÍTIMA PARA OBLIGAR EL CUMPLIMIENTO
RASGOS DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO "SISTEMATIZACIÓN" EL AGRUPAMIENTO DE DISTINTO TEMAS JURÍDICOS EN RAMAS Y SUS PROCEDIMIENTOS.
RASGOS DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO "INSTITUCIONALIZACIÓN" EL E. ES LA CABEZA PARA HACER CUMPLIR EL D.
RASGOS DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO "UNIDAD" CONCEBIR EL ORDENAMIENTO JURÍDICO COMO UN CONJUNTO DE NORMAS COMPLETO.
TIPOS DE NORMAS SEGÚN KELSEN "DE PRODUCCIÓN" REGULAN LA CREACIÓN DE NORMAS COACTIVAS.
TIPOS DE NORMAS SEGÚN KELSEN "COACTIVAS" SON LAS QUE REGULAN LAS PRESCRIPCIONES QUE DEBEN SEGUIR LOS DESTINARIOS Y HAY SANCIÓN SI SE DESOBEDECEN.
TIPOS DE NORMAS SEGÚN KELSEN "DE EJECUCIÓN" REGULAN LA FORMA EN QUE SE DEBEN IMPONERSE LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS.
CLASES DE LEYES "ORGÁNICAS" MANDATOS PARA LA REGULACIÓN DEL CONGRESO.
CLASES DE LEYES "ESTATUTARIAS" ESTÁN INSTITUIDAS PARA LA REGULACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS D.(S) DE MÁXIMA IMPORTANCIA.
CLASES DE LEYES "LEYES MARCO" REGULACIONES A LAS QUE SE DEBE AJUSTAR EL GOBIENRO EN MATERIAS RELATIVAS.
CLASES DE LEYES "LEYES DE FACULTADES EXTRAORDINARIAS" LEYES PARA EXPEDIR NORMAS CUANDO LA NECESIDAD LO EXIJA.
CLASES DE LEYES "LEYES DE CONVOCATORIA A ASAMBLEA CONSTITUYENTE O REFERENDO" SE DISPONEN PARA QUE EL PUEBLO CONVOQUE A ASAMBLEA CONSTITUYENTE O REFERENDO.
CLASES DE LEYES "LEYES APROBATORIAS" SE PUEDEN APROBAR TRATADOS O CONVENIOS INTERNACIONALES.
CLASES DE LEYES "LEYES ORDINARIAS" SON LAS LEYES QUE EXPIDE EL CONGRESO.
SUJETO DE D. TITULAR DE LOS D.(S) CONTENIDOS DENTRO DEL D. OBJETIVO.
PERSONA SER CON CAPACIDAD PARA EJERCER D.(S) Y CONTRAER OBLIGACIONES. REQUIERE DE VOLUNTAD.
PERSONALIDAD JURÍDICA ES LA ATRIBUCIÓN DE D.(S) Y OBLIGACIONES QUE DA LA LEY A LA PERSONA.
ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA 1. NOMBRE. 2. IDENTIDAD PERSONAL Y GÉNERO. 3. CAPACIDAD DE GOCE. 4. DOCIMICILIO. 5. NACIONALIDAD. 6. PATRIMONIO. 7. ESTADO CIVIL.
TIPOS DE PERSONAS "PERSONAS NATURALES" TODOS LOS INDIVIDUOS DE LA ESPECIE HUMANA.
TIPOS DE PERSONAS "PERSONAS JURÍDICAS" ES EL TÉRMINO PARA LOS SUJETOS DE D.(S) Y OBLIGACIONES NO HUMANOS.
PERSONAS JURÍDICAS DE D. PRIVADO "CORPORACIONES" SOCIEDADES: SU FIN ES LUCRATIVO. ASOCIACIONES: NO BUSCAN LUCRO.
PERSONAS JURÍDICAS DE D. PRIVADO "FUNDACIONES" ORGANIZACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
PERSONAS JURÍDICAS DE D. PÚBLICO ES CREADA POR AUTORIZACIÓN LEGAL CON FINES PÚBLICOS.
PERSONAS JURÍDICAS "PATRIMONIOS AUTÓNOMOS" ES UN CONJUNTO DE BIENES O PATRIMONIOS AFECTOS A UN FIN COLECTIVO.
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