Erstellt von Mario Quezada Espinoza
vor etwa 9 Jahre
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Proceso de formación de Ley Se encuentran en los artículos 65 a 75 de la Constitución, Nuestro ordenamiento contempla las siguientes fases o etapas en la elaboración de la ley. | 1.- Iniciativa y origen 2.-Discusión 3.-Aprobación 4.-sanción 5.-Promulgación 6.-Publicación. |
1.- Iniciativa Legal: "Es la facultad entregada por la Constitución a ciertos órganos para proponer al Congreso la dictacion de una ley" | -Se llama "Mensaje" si la iniciativa proviene del jefe de Estado o del Gobierno. -Se llama "Moción" si proviene del parlamento. En ciertos Estados la iniciativa puede corresponder a los ciudadanos. como brasil, suiza, Colombia, argentina y españa |
Por regla general, la iniciativa corresponde a los parlamentarios y al presidente, sin embargo hay determinadas materias que son iniciativa exclusiva del PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. como por ejemplo las relativas a la alteración político-administrativa del país, la administración financiera y las normas relativas a tributos. | El origen de la Ley: "Se refiere a la rama del congreso en la cual es presentado un proyecto de Ley, esto es el senado o bien la cámara de Diputados" Si la iniciativa fue una moción, la cámara de origen sera aquella en la que se presento. y si fuese un mensaje, sera la cámara de origen aquella donde el ejecutivo presento el mensaje. |
2.- Discusión: "Es aquel debate que se verifica en cada una de las cámaras del congreso" luego de ingresado a tramitación un proyecto legislativo y que consta eventualmente de dos etapas. | a) la primera etapa es la cual se analizan las ideas fundamentales del proyecto con el objeto de admitirlo o desecharlo en su totalidad. b) para el caso de admitirlo se procede a una segunda etapa que consiste en analizar el proyecto en sus detalles. |
3.- La aprobación: "Es el procedimiento mediante el cual cada una de las cámaras procede a votar su conformidad con dicho proyecto de acuerdo a los quorum o porcentajes de aprobación exigidos por la carta fundamental, según sea la materia o contenido del precepto legal." | Aquí el Control de constitucionalidad es importante, en algunos casos la Constitución prevé un control preventivo de tipo obligatorio de determinados proyectos de ley. |
4.- La sanción: "Es la aceptación por parte del ejecutivo del proyecto de ley aprobado por las Cámaras." existe la posibilidad del veto presidencial, que consiste en la facultad que tiene el presidente de la República para formular observaciones o reparos a los proyectos. Para contradecir al presidente se exige una mayoría parlamentaria calificada. | 5.- La promulgación: "Es el acto por el cual el ejecutivo certifica la autenticidad de la ley y ordena su cumplimiento". se fija mediante un decreto supremo el texto definitivo del proyecto sancionado, dentro del plazo que establece la Constitución. |
6.- La publicación: "Es el acto en virtud del cual la ley se hace oficialmente conocida por todos mediante su incorporación en el diario oficial" la entrada en vigencia es el momento en que la ley comienza a regir. | Los efectos de la publicación son: a) produce en principio la entrada en vigencia de la ley. b) determina la fecha de la ley. c) opera la presunción de conocimiento de la ley. Los tramites finales se ven regulados en los artículos 6,7 y 8 del código civil. |
Articulo 6º "La ley no obliga sino una vez promulgada en conformidad a la Constitución política del Estado y publicada de acuerdo con los preceptos que siguen" | Articulo 7º "La publicación de la ley se hará mediante su inserción en el Diario Oficial, y desde la fecha de este se entenderá conocida por todos y sera obligatoria" |
Articulo 8º "Nadie podrá alegar ignorancia de la ley después que esta haya entrado en vigencia" | |
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