Erstellt von Ángel Martínez Soria
vor mehr als 8 Jahre
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Frage | Antworten |
Art. 1089 | Las obligaciones nacen de la ley, de los contratos y cuasi contratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga cualquier género de culpa o negligencia. |
Art. 1091 | Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse a tenor de los mismos. |
Art. 1254 | El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio. |
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