Erstellt von ITZEL Reyes
vor etwa 8 Jahre
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Frage | Antworten |
301. El objetivo de la ley de puertos es: | R: Regular los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias. |
302. Se le llama protección marítima portuaria a: | R: Medidas, mecanismos, acciones o instrumentos que permitan un nivel de riesgo aceptable. |
303. Auxiliarán en la conservación del orden y seguridad del recinto portuario: | R: Corporaciones federales, estatales, municipales de policías. |
304. Es un grupo de coordinación interinstitucional para la aplicación de medidas de protección portuaria y la atención de incidente portuarios: | R: CUMAR. |
305. Coadyuvar en el cumplimiento de los tratados o convenios internacionales en los que México sea parte en materia de protección marítima y portuario, es una función de: | R: Centro Unificado para la Protección Marítima Portuaria. |
306. El CUMAR tiene entre otras funciones: | R: Aplicar las medidas de reacción del capítulo XI-2 del Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar. |
307. Dentro de la ley de puertos es el nivel que establece en todo momento medidas mínimas de protección marítima y portuaria: | R: Nivel de protección 1. |
308. Dentro de la ley de puertos es el nivel que establece medidas adicionales de protección marítimo y portuaria, por aumentar el resigo de que ocurra un seceso: | R: Nivel de protección 2. |
309. Nivel que establece las medidas específicas adicionales de protección marítima y portuaria, por un tiempo limitado, cuando sea probable o inminente un suceso: | R: Nivel de protección 3. |
310. Dentro de la ley de puertos, funge como instancia coordinadora de las acciones que realicen las autoridades de los tres órdenes de gobierno: | R: El CUMAR. |
311. ¿Cuántos niveles existen de protección marítima y portuaria? | R: Tres. |
312. Como parte de sus funciones, el CUMAR aplica las disposiciones y medidas de reacción que se dispongan en el: | R: Capítulo XI-2 del Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974. |
313. El Capítulo XI-2 del Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 se aplica en: | R: Materia de protección marítima portuaria. |
314. Las corporaciones federales auxiliarán en la conservación del orden y seguridad del recinto portuario, a solicitud de: | R: Capitanía de puerto. |
315. Funge como instancia coordinadora de las acciones que realicen las autoridades de los tres órdenes de gobierno en materia de protección marítima y portuaria. | R: CUMAR. |
316. La organización y funcionamiento del CUMAR se regulará en el: | R: Reglamento que al efecto se expida. |
317. Regula las terminales, marinas e instalaciones portuarias, la protección y formas de administración, es objeto de: | R: Ley de puertos. |
318. Tiene por objeto regular la prestación de los servicios portuarios: | R: Ley de puertos. |
319. Es el auxilio que prestan las corporaciones federales, estatales y municipales de policía: | R: Conservación del orden y seguridad del recinto portuario. |
320. Para que se cumplan los niveles de protección marítima y portuaria se aplicarán las disposiciones establecidas en: | R: El código de protección a buques e instalaciones portuarias. |
321. Los instrumentos del delito, así como las cosas que sean objeto o producto de él ___ sí son de uso prohibido. | R: Se decomisarán. |
322. Sí los instrumentos del delito son de uso licito, solo se decomisarán cuando. | R: El delito sea intencional. |
323. En que supuestos se destruirán los instrumentos del delito u objeto decomisado a juicio de la autoridad que este conociendo, en los términos previstos por el código de procedimientos penales. | R: Cuando se trate de sustancias nocivas o peligrosas. |
324. En que supuestos se conservarán los instrumentos del delito u objetos decomisados a juicio de la autoridad que este conociendo, en los términos previstos por el código de procedimientos penales | R: Para fines de docencia o investigación. |
325. ¿Cómo se procederá en el caso de bienes que se encuentren a disposición de la autoridad, que no se deban destruir y que no se puedan conservar o sean de costoso mantenimiento? | R: De venta inmediata en subasta pública. |
326. Es el delito que comete el que forme parte de una asociación o banda de tres o más personas con propósito de delinquir. | R: Asociación delictuosa. |
327. Cuando el miembro de la asociación delictuosa sea o haya sido servidor público de alguna corporación policía, además de la pena aumentada de presión, se le impondrá | R: La destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar otro. |
328. Para los efectos del código penal federal, la reunión habitual, ocasional o transitoria, de tres o más personas que sin estar organizadas con fines delictuosos, cometen en común algún delito, se considera como. | R: Pandilla. |
329. Cuando el miembro de la pandilla se o haya sido servidor público de alguna corporación policiaca, además de la pena privativa de libertad aumentada, se le impondrá. | R: La destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar otro. |
330. Es el delito que se comete en contra de un servidor público o agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas. | R: Delitos cometidos contra funcionarios públicos. |
331. Para efectos del Código Penal Federal, en materia de narcóticos, es la acción que se entiende por manufacturar, fabricar, elaborar prepara o acondicionar algún narcótico. | R: Producir. |
332. Para efectos del Código Penal Federal, en materia de narcóticos, es la acción que se entiende por vender, comprar, adquirir o enajenar algún narcótico. | R: Comerciar. |
333. En qué porcentaje o fracción será aumentadas las penas que en su caso resulten aplicables por los delitos previstos en el artículo 194 del Código Penal Federal cuando son cometidos por servidores públicos encargados de prevenir, denunciar, investigar o juzgar la comisión de los delitos contra la salud o por un miembro de las fuerzas armadas mexicanas en situación de retiro, de reserva o en activo. | R: Una mitad. |
334. Además de las penas aumentadas que en su caso resulten aplicables por los delitos previstos en el artículo 194 del Código Penal Federal cuando son cometidos por un miembro de las fuerzas armadas mexicanas en situación de retiro, de reserva o en activo se les sancionara con: | R: La baja definitiva de la fuerza armada a la que pertenezca. |
335. Para efectos del Código Penal Federal, es toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal centralizada o en la del Distrito Federal. | R: Servidor Público. |
336. Los servidores públicos que para impedir la ejecución de una ley, decreto o reglamento, el cobro de un impuesto o el cumplimiento de una resolución judicial, pida auxilio a la fuerza pública o la emplee con ese objeto, cometen el delito de: | R: Abuso de autoridad. |
337. Cuando el servidor público ejerciendo sus funciones o con motivo de ellas hiciere violencia a una persona sin causa legitima o la vejare o la insultare, comete el delito de: | R: Abuso de autoridad. |
338. Cuando el servidor público indebidamente retarde o niegue a los particulares la protección o servicio que tenga obligación de otorgarles o impida la presentación o el curso de una solicitud, comete el delito de: | R: Abuso de autoridad. |
339. Cuando el servidor público estando encargado de administrar justicia, bajo cualquier pretexto, aunque sea el de obscuridad o silencia de la ley, se niegue injustificadamente a despachar un negocio pendiente ante él, dentro de los términos establecidos por la ley, comete el delito de: | R: Abuso de autoridad. |
340. Cuando el encargado o elemento de una fuerza pública, requerido legalmente por una autoridad competente para que le preste auxilio se niegue a dárselo o retrase el mismo injustificadamente, comete el delito de: | R: Abuso de autoridad. |
341. Cuando el servidor público teniendo conocimiento de una privación ilegal de la libertad no la denunciase inmediatamente a la autoridad competente o no la haga cesar, también inmediatamente, si esto estuviere en sus atribuciones, comete el delito de: | R: Abuso de autoridad. |
342. El servidor público que haga que se le entreguen fondos, valores u otras cosas que no se le haya confiado a él y se los apropie o disponga de ellos indebidamente, comete el delito de: | R: Abuso de autoridad. |
343. El servidor público que obligue al inculpado a declarar, usando la incomunicación, la intimidación o la tortura, comete el delito de: | R: Abuso de autoridad. |
344. El servidor público que omita el registro de la detención correspondiente o dilatar injustificadamente poner al detenido a disposición de la autoridad correspondiente, comete el delito de: | R: Abuso de autoridad. |
345. El servidor público que incumpla con la obligación de impedir la ejecución de las conductas de privación de la libertad, comete el delito de: | R: Abuso de autoridad. |
346. El servidor público que con cualquier pretexto, obtenga de un subalterno parte de los sueldos de éste, dádivas u otro servicio, comete el delito de: | R: Abuso de autoridad. |
347. El servidor público que, independientemente de que haya participado en la detención legal de una o varias persona, propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento bajo cualquier forma de detención, comete el delito de: | R: Desaparición forzada de personas. |
348. El servidor público que haya sido condenado por el delito de desaparición forzada de personas, además de la pena de prisión, se le aplicará: | R: La destitución del cargo y se le inhabilitará de uno a veinte años para desempeñar cualquier cargo, comisión o empleo público. |
349. El servidor público que con motivo de la querella, denuncia realice una conducta ilícita u omita una lícita que lesione los intereses de las personas que las presenten o aporten, comete el delito de: | R: Intimidación. |
350. El servidor público que por sí, o por interpósita persona, utilizando la violencia física o mora, inhiba a cualquier persona para evitar que ésta o un tercero denuncie, formule querella o aporte información relativa a la presunta comisión de una conducta sancionada por la legislación penal o por la ley federal de responsabilidad de los servidores públicos, comete el delito de: | R: Intimidación. |
351. Las autoridades federales, estatales o municipales que desempeñen funciones de seguridad, recogerán las armas a las personas que las porten sin licencia: | R: Previa expedición obligatoria de recibo correspondiente. |
352. La Secretaría dela Defensa Nacional, recogerá las armas a todas aquellas personas: | R: que hayan hecho mal uso de las armas. |
353. El arma recogida por no llevar el interesado la licencia le será devuelta, cuando: | R: Realice previo pago de la multa y exhibición de la licencia. |
354. El funcionario que recoja una arma deberá informarlo de inmediato a su superior, quien lo hará del conocimiento: | R: Del registro federal de armas de la Secretaría de la Defensa Nacional. |
355. Es el plazo para exhibir la licencia cuando el arma sea recogida al interesado: | R: 15 días. |
356. Causa para que alguno de los miembros del organismo disciplinario, deba de excusarse de intervenir en el asunto a ventilarse: | R: Tenga interés directo o indirecto. |
357. Causa para que alguno de los miembros del organismo disciplinario, deba de excusarse de intervenir en el asunto a ventilarse: | R: Sea pariente por consanguinidad o afinidad de las personas que vayan a juzgarse. |
358. Causa para que alguno de los miembros del organismo disciplinario, deba de excusarse de intervenir en el asunto a ventilarse: | R: Tenga relación de amistad o enemistad u otra nacida de cualquier acto civil. |
359. Es la facultad para calificar la recusación o la excusa del presidente del organismo disciplinario. | R: El Comandante. |
360. Acción que debe tomar el presidente del organismo disciplinario, cuando de las actuaciones se desprenda que de los hechos investigados resulta la probable comisión de un delito. | R: Declararse incompetente. |
361. Es uno de los requisitos necesarios para que el personal naval, comparezca ante los organismos disciplinarios. | R: Por orden escrita del Alto mando correspondiente. |
362. Es la disposición que se aplica, al personal que proponga la recusación en forma dolosa, en el procedimiento disciplinario. | R: Código de justicia militar. |
363. Es uno de los requisitos necesarios para que el personal naval, comparezca ante los organismos disciplinarios. | R: El expediente del interesado. |
364. Es uno de los requisitos necesarios para que el personal naval, comparezca ante los organismos disciplinarios. | R: Los elementos de juicio necesarios para conocer de las faltas. |
365. Temporalidad de la sustitución que ocurra cuando un miembro del organismo, sea consignado como presunto responsable de la comisión de una falta o delito y resultare culpable. | R: Definitiva. |
366. Al frente de la Secretaría de Marina, estará el Secretario, quien para el desahogo de los asuntos de su competencia se auxiliará de: | R: Servidores públicos, unidades administrativas, órganos colegiados, unidades operativas. |
367. Son los servidores públicos de los que se auxiliará el Secretario de Marina para el desahogo de los asuntos de su competencia: | R: Subsecretario, Oficial Mayor, Inspector y Contralor General de Marina, Jefe de Estado Mayor de la Armada. |
368. Son las unidades administrativas de las que se auxiliara el Secretario de Marina para el desahogo de los asuntos de su competencia: | R: Unidad de atención y procuración a la ciudadanía, Unidad Jurídica, Universidad Naval y Direcciones Generales. |
369. Son las Direcciones Generales de las que se auxiliara el Secretario de Marina para el desahogo de los asuntos de su competencia. | R: De Construcciones navales, de Servicios, de Investigación y Desarrollo, de Recursos Humanos, y de Administración y Finanzas. |
370. Son los órganos colegiados de los que se auxiliara el Secretario de Marina para el desahogo de los asuntos de su competencia. | R: Junta de Almirantes y Junta Naval. |
371. Las fuerzas navales, regiones, zonas, sectores y otras que se establezcan, el cuartel general del Alto Mando, la Unidad de Inteligencia Naval, y Unidad de Operaciones Especiales de la Armada de México, constituyen: | R: Unidades operativas. |
372. Es el Mando Supremo de las Fuerzas Armadas: | R: El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. |
373. Ejerce el alto mando de la Armada y administra el Poder Naval de la Federación. | R: El Secretario de Marina. |
374. Para la mejor organización del trabajo el Secretario de Marina podrá delegar cualquiera de sus facultades en los servidores públicos subalternos, excepto aquellas indelegables, expidiendo el acuerdo que deberá publicarse en: | R: El Diario Oficial de la Federación. |
375. Es una de las facultades indelegables del Secretario de Marina: | R: Ejercer el Alto Mando de la Armada y administrar el Poder Naval de la Federación. |
376. Es una de las facultades indelegables del Secretario de Marina: | R: Someter a la aprobación del Presidente, la organización jurisdiccional de las Regiones y Zonas Navales. |
377. Es una de las facultades indelegables del Secretario de Marina: | R: Dar cuenta al Congreso de la Unión, del estado que guardan los asuntos del al Secretaría e informar del mismo. |
378. Establecer los programas de construcción, reparación, renovación y actualización de la infraestructura, es una de las facultades del: | R: Subsecretario. |
379. Establecer los programas de investigación oceanográfica, hidrográfica y meteorológica, es una de las facultades del: | R: Subsecretario. |
380. Impulsar la investigación científica y desarrollo de nuevas tecnologías que requiera la Armada, es una de las facultades del: | R: Subsecretario. |
381. Establecer la coordinación operativa del sistema nacional de alerta de tsunamis, es una de las facultades del: | R: Subsecretario. |
382. Atender, investigar y resolver las quejas y denuncias presentadas en contra del persona de la Secretaría, es una facultad del: | R: Inspector Contralor General de Marina. |
383. Impulsar programas y acciones para promover la ética y honestidad en el servicio público y la cultura de la legalidad, es una facultad del: | R: Inspector y Contralor General de Marina. |
384. Fungir como enlace y realizar la coordinación de la Secretaría con las Fuerzas Armadas e instituciones nacionales y extranjeras, es una facultad del: | R: Jefe de Estado Mayor General de la Armada. |
385. Administrar el servicio de búsqueda y rescate para la salvaguarda de la vida humana en la mar, es una facultad del: | R: Jefe de Estado Mayor General de la Armada. |
386. Planear, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas, atribuciones y funciones encomendadas a las áreas a su cargo, son facultades comunes de: | R: El rector de la Universidad Naval, de los Jefes de Unidad y de los Directores Generales. |
387. Planear, coordinar, supervisar y evaluar las actividades académicas de la Universidad Naval, garantizando la pertinencia en la formación de sus discentes, así como implementar mecanismos que aseguren la calidad tecnológica y administrativa de sus servicios, es una atribución especifica del: | R: Rector de la Universidad Naval. |
388. Propiciar el acercamiento con los organismos nacionales e internacionales de derechos humanos y, en general, con la sociedad, para solucionar conflictos derivados de las operaciones navales en la defensa y seguridad nacionales, es una atribución especifica del: | R: Jefe de la unidad de atención y procuración a la ciudadanía. |
389. Desahogar las instancias judiciales o de carácter contencioso-administrativo en los que la Secretaría sea parte, incluido el ofrecimiento de pruebas, formulación de alegatos, interposición de toda clase de recursos y seguimientos de los mismos, es una atribución especifica del: | R: Jefe de la Unidad Jurídica. |
390. Supervisar los asuntos penales del orden militar, federal o común, atribuidos a servidores públicos de la secretaría, así como de los asuntos disciplinarios del personal naval, es una atribución especifica del: | R: Jefe de la Unidad Jurídica. |
391. Le corresponde administrar, mantener y desarrollar los establecimientos de construcción, reparación y mantenimiento de unidades de superficie y vehiculaos militares. | R: Dirección General de Construcciones Navales. |
392. Le corresponde supervisar el apoyo técnico necesario para mantener en condicione operativas el armamento naval. | R: Dirección General de Servicios. |
393. Ejercer el mando naval en la jurisdicción, con el fin de cumplimentar las disposiciones del Alto Mando para la consecución de los planes y objetivos concebidos para la operación de las unidades administrativas y operativas en la sede del Alto Mando. | R: Cuartel General del Alto Mando. |
394. Le corresponde establecer las normas, lineamientos, objetivos y estrategias para dirigir y operar un sistema de inteligencia que apoye al Secretario en la toma de decisiones para preservar la seguridad nacional. | R: Unidad de Inteligencia Naval. |
395. Le corresponde establecer la coordinación y cooperación en materia de inteligencia, con dependencias y organismos nacionales e internacionales, lo anterior, con base en los instrumentos jurídicos que para tal efecto se suscriban. | R: Unidad de Inteligencia Naval. |
396. Deberá observar puntualmente, lo que el código de conducta establece, evitando los conflictos de interés, anteponiendo los objetivos institucionales. | R: Servidor Público. |
397. De acuerdo al Código de conducta, deberá ser garante y respetar los derechos humanos de las personas. | R: Servidor Público. |
398. Para ser imparcial en la toma de decisiones, el servidor público de la Secretaría de Marina, no debe permitir subordinarse a intereses que resulten contrarios a los objetivos institucionales, manteniendo: | R: Autonomía. |
399. Es el valor que obliga al servidor público a actuar sin conceder preferencias o privilegios indebidos a organización o persona alguna. | R: Imparcialidad |
400. En la toma de decisiones, motivo para que el servidor público, se excuse de intervenir, por motivo de su encargo, de cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos. | R: Intereses personales, familiares o de negocios. |
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